Reglamento de planificación familiar de la provincia de Shandong (modificado en 1996)
Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 La implementación de la planificación familiar es una política nacional básica de nuestro país. Para controlar el tamaño de la población, mejorar la calidad de la población y hacer que el crecimiento de la población sea compatible con el desarrollo económico y social, estas regulaciones se formulan de acuerdo con la Constitución de la República Popular China y las leyes y regulaciones nacionales pertinentes, y en conjunción con las condiciones reales de esta provincia. Artículo 2: La población debe nacer según la población planificada y los nacimientos no planificados están estrictamente prohibidos.
Tanto el marido como la mujer tienen la obligación de practicar la planificación familiar. Artículo 3 El trabajo de planificación familiar debe centrarse en la publicidad y la educación, la anticoncepción y el trabajo regular, y debe combinarse con el desarrollo de la economía rural, ayudando a los agricultores a enriquecerse mediante el trabajo duro y con la construcción de familias civilizadas y felices. Al mismo tiempo, deben adoptarse las medidas necesarias de conformidad con la ley. Artículo 4 Los gobiernos populares en todos los niveles deben fortalecer el liderazgo en el trabajo de planificación familiar, incorporar el crecimiento demográfico en el plan nacional general de desarrollo económico y social, insistir en realizar conjuntamente el trabajo de planificación familiar con la construcción económica, implementar un sistema de responsabilidad para la gestión de objetivos de población y planificación familiar. e integrar el trabajo planificado sobre fertilidad sirve como base importante para evaluar el desempeño del gobierno y el desempeño de los líderes de las unidades. Artículo 5 Los gobiernos populares de todos los niveles deben aumentar gradualmente la inversión financiera, material y tecnológica en el trabajo de planificación familiar para garantizar el desarrollo de las empresas de planificación familiar. Capítulo 2 Matrimonio tardío, maternidad tardía y control de la natalidad Artículo 6 Defiende el matrimonio y la maternidad tardía. Si un hombre tiene más de 25 años y una mujer tiene más de 23, el primer matrimonio es tardío. Se considera maternidad tardía a una mujer que queda embarazada cuando tiene más de 23 años y tiene su primer hijo según lo previsto. Artículo 7 Se recomienda que una pareja tenga un solo hijo. A las parejas que realmente tengan dificultades prácticas o circunstancias especiales se les podrá permitir tener otro hijo a intervalos, pero no se permitirá que nazca un tercer hijo bajo ninguna circunstancia. Artículo 8 Los empleados de agencias, empresas e instituciones estatales y los residentes urbanos que cumplan una de las siguientes condiciones y soliciten tener un segundo hijo pueden organizarse de acuerdo con el plan: (1) Tanto el marido como la mujer son hijos únicos; >
(2) El primer niño es diagnosticado con una discapacidad no hereditaria por un equipo de evaluación médica para niños discapacitados en o por encima del nivel municipal (prefectura) y no puede convertirse en una fuerza laboral normal;
(3) ) ha sufrido de infertilidad, adoptó un niño de acuerdo con la ley y luego quedó embarazada y solicitó tener hijos
(4) Tanto el marido como la mujer son minorías étnicas;
(5) Uno de los esposos que se han dedicado a operaciones mineras subterráneas durante más de 5 años consecutivos, aún se dedican a este trabajo y solo han dado a luz a una niña;
(6) Uno de los cónyuges es hijo único de un mártir o un soldado discapacitado de Clase B o superior
(7) Uno de los cónyuges tiene una discapacidad no hereditaria o está discapacitado debido a; trabaja y pierde la capacidad de trabajar, y solo da a luz a una niña
(8) Uno de los cónyuges se dedica a la pesca en alta mar o en alta mar Los que han estado empleados por más de 5 años consecutivos; , todavía se dedican a este trabajo y solo han dado a luz a una niña;
(9) Una de las parejas que se han vuelto a casar solo ha dado a luz a un hijo y el otro no tiene hijos. Artículo 9 Si tanto el marido como la mujer tienen residencia permanente registrada agrícola, además de lo dispuesto en el artículo 8, si cumplen una de las siguientes condiciones y solicitan el nacimiento de un segundo hijo, podrán hacer arreglos de acuerdo con el plan:
(1) Si el hombre tiene que tener La niña está casada y radicada en una familia sin hijos (por ejemplo, hay varias hermanas en la familia de la niña, pero solo se cuida a una persona);
(2) Hay más de dos hermanos, pero solo uno tiene las condiciones para tener hijos, y solo nace un hijo. Los demás hermanos y hermanas han perdido la capacidad de tener hijos y no han adoptado hijos. ;
(3) Quienes se han asentado en una isla que no está conectada con tierra firme. Artículo 10 Si tiene una sola niña y tanto la madre como la hija están registradas como hogar agrícola y solicitan otro hijo, puede tener un segundo hijo según lo planeado. Artículo 11 Las parejas que cumplan una de las siguientes condiciones y soliciten tener otro hijo pueden acordar tener otro hijo de acuerdo con el plan:
(1) Cada pareja tuvo 1 hijo antes de volver a casarse, y ambas partes serán adjudicado de conformidad con la ley. El cónyuge recién casado no tiene hijos en la familia recién formada;
(2) Ambos cónyuges son chinos repatriados o compatriotas de Taiwán, Hong Kong y Macao que se han establecido. en nuestra provincia, y sus hijos están en el extranjero o en Taiwán o Hong Kong, asentados en Macao, sin niños alrededor. Artículo 12 Para solicitar el parto conforme a lo dispuesto en los artículos 8 ó 9, 10 ó 11 de este Reglamento, la mujer deberá tener más de 30 años si va a tener un segundo hijo, y deberá tener más de 25 años. mayor si va a tener su primer hijo.
A quienes cuiden de su segundo hijo de conformidad con lo dispuesto en este reglamento, se les cobrará una determinada cantidad de cuotas de apoyo social de una sola vez que se utilizarán para la planificación familiar. formulado por el Gobierno Popular Provincial. Capítulo 3 Gestión de la planificación familiar Artículo 13 Los gobiernos populares de todos los niveles formularán científicamente planes de planificación familiar en sus respectivas jurisdicciones con base en los planes de desarrollo poblacional emitidos por el estado y los gobiernos populares en los niveles superiores, y los implementarán paso a paso en agencias, grupos. , empresas e instituciones, comités de aldea y comité de residentes. Artículo 14: Las agencias, grupos, empresas e instituciones, comités de aldeanos y comités de residentes implementarán los objetivos de fertilidad para las personas mediante debates democráticos. Al implementar indicadores de fertilidad, se debe dar prioridad a quienes cumplen los criterios de edad para contraer matrimonio y tener hijos tardíos.
Ningún departamento o unidad tiene permitido organizar nacimientos más allá del cronograma previsto. Artículo 15: Se aplica el sistema de certificado de nacimiento y sólo las parejas que posean un certificado de nacimiento pueden tener hijos.
Si desea tener su primer hijo después de casarse de acuerdo con la ley, ambos cónyuges deben presentar una solicitud y su unidad informará al gobierno popular del municipio (pueblo) y a la oficina del subdistrito para su aprobación. para emitir un certificado de nacimiento.
Para aquellos que cumplan con los requisitos del Capítulo 2 para tener otro hijo, la pareja deberá solicitarlo, lo cual será revisado por el gobierno popular del municipio (pueblo) y la oficina del subdistrito, y reportado al departamento administrativo de planificación familiar a nivel de condado para la aprobación y emisión de un certificado de nacimiento.
La autoridad emisora de certificados de nacimiento revisará las solicitudes de maternidad de las partes y expedirá certificados de nacimiento a quienes cumplan con las condiciones de maternidad dentro de los 30 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud; condiciones, los motivos deberán expresarse por escrito.