Cómo determinar el delito de acogida

Los elementos para la identificación del delito de acogida son: elementos objetivos, el objeto de este delito son las actividades normales de los órganos judiciales elementos objetivos, este delito se manifiesta objetivamente como actos de acogida, transferencia, adquisición, venta por cuenta ajena; o disfrazar u ocultar de otras formas elementos del sujeto, el sujeto de este delito es un sujeto general, el elemento subjetivo es que este delito es subjetivamente intencional; El delito de ocultación u ocultación de productos delictivos se refiere al acto de ocultar, transferir, comprar, vender en nombre de productos delictivos, o ocultarlos u ocultarlos de otras formas, a sabiendas de que se trata de productos delictivos y de los ingresos que de ellos se generan.

El encubrimiento de un delito debe determinarse a través de los siguientes elementos:

1. El objeto de la infracción son las actividades normales de los órganos judiciales para identificar los delitos y recuperar el producto y el producto del delito.

2. Subjetivamente intencional.

3. Ocultar, transferir, adquirir, vender a sabiendas en nombre del producto del delito y el producto generado del mismo, u ocultar u ocultar el producto de otras formas.

4. El autor es una persona física mayor de 16 años y con capacidad de responsabilidad penal.

¿Cuáles son los estándares de sentencia para el delito de encubrimiento u ocultamiento de producto delictivo y producto del delito?

1. Si se constituye un delito de encubrimiento u ocultación del producto del delito, el punto de partida de la pena podrá determinarse dentro del rango correspondiente según las diferentes circunstancias siguientes: Se determina el punto de partida de la pena. dentro del rango de un mes de detención a seis meses de prisión de duración determinada.

(2) Si las circunstancias son graves, el punto de partida para la sentencia podrá determinarse dentro del rango de prisión de duración determinada de no menos de tres años pero no más de cuatro años.

2. A partir del punto de partida de la sentencia, se puede aumentar el monto de la pena y determinar la base de la pena en función del monto del delito y de otros hechos delictivos que afecten la composición de la pena. delito.

(1) Ocultar, transferir, adquirir o vender bienes robados por un monto superior a 5.000 yuanes pero inferior a 1.000 yuanes, u ocultar, transferir, adquirir o vender bienes robados varias veces, con un cantidad acumulada de más de 3.000 yuanes pero menos de 6.000 yuanes. La pena básica es una multa.

(2) La cantidad de albergar, transferir, comprar o vender bienes robados es más de 654,38 millones de yuanes pero menos de 654,38 millones de yuanes, o albergar, transferir, comprar o vender bienes robados varias veces. y la cantidad acumulada es superior a 6.000 yuanes pero inferior a 65.438 yuanes, si la cantidad supera los 10.000 yuanes, la pena básica es la vigilancia.

(3) Ocultar, transferir, adquirir o vender bienes robados por un monto superior a 15.000 yuanes pero inferior a 20.000 yuanes, u ocultar, transferir, adquirir o vender bienes robados varias veces, con un cantidad acumulada de más de 15.000 yuanes, la pena base es la detención penal.

(4) Quien oculte, transfiera, adquiera o venda bienes robados por valor de 20.000 RMB, o oculte, transfiera, adquiera o venda bienes robados varias veces y el importe acumulado alcance los 6,54385 millones de RMB, será sentenciado a pena privativa de libertad no superior a seis meses. Por cada 4.000 yuanes adicionales, la sentencia se incrementará en un mes.

De lo anterior se desprende que a la hora de identificar realmente un delito, es necesario distinguir claramente los elementos constitutivos, incluido el aspecto objetivo, el aspecto subjetivo, el objeto y el sujeto.

Base jurídica:

Derecho Penal de la República Popular China

Artículo 312

Ocultar, transferir, adquirir o vender a sabiendas por cuenta ajena o utilizando a quien oculte u oculte por otros medios, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión o vigilancia criminal, y también o únicamente multa si las circunstancias son graves; Será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también multa.

Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.