Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas sobre la Ley de demolición - ¿Existe un límite de edad para que los abogados se jubilen? ¿Aún puedo ayudar a personas a comparecer ante el tribunal a la edad de 70 años? Supongo que nadie se atreve a invitar ¿no? tan viejo

¿Existe un límite de edad para que los abogados se jubilen? ¿Aún puedo ayudar a personas a comparecer ante el tribunal a la edad de 70 años? Supongo que nadie se atreve a invitar ¿no? tan viejo

Los abogados tienen una edad de jubilación, que forma parte de la seguridad social del Estado, pero conservan sus calificaciones de abogado y pueden actuar como representantes en litigios.

Los trabajadores se jubilan a los 60 años, los cuadros femeninos se jubilan a los 55 y las trabajadoras se jubilan a los 50.

La edad de jubilación estipulada en las "Medidas provisionales del Consejo Estatal para la colocación de cuadros viejos, débiles, enfermos y discapacitados" y las "Medidas provisionales del Consejo Estatal para la jubilación de los trabajadores" (Guofa [1978] núm. 104). Es decir, empleados de empresas e instituciones propiedad de todo el pueblo, agencias del partido y del gobierno y organizaciones de masas;

(1) Los hombres tienen más de 60 años, las mujeres tienen más de 50 años y han servido durante diez años consecutivos;

(2) Los hombres mayores de cincuenta y cinco años y las mujeres mayores de cuarenta y cinco años, que hayan trabajado continuamente durante diez años o más, se dediquen a actividades clandestinas, gran altitud, alta temperatura, trabajo físico particularmente pesado u otro trabajo perjudicial para la salud;

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(3) Los hombres deben tener más de cincuenta años, las mujeres deben tener más de cuarenta y cinco años, y haber trabajado ininterrumpidamente durante diez años. Se permite el retiro previa certificación del hospital y confirmación del Comité de Evaluación Laboral.