Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas sobre la Ley de demolición - ¿Cómo cambian los adultos su nombre en su tarjeta de identificación?

¿Cómo cambian los adultos su nombre en su tarjeta de identificación?

Subjetividad legal:

Según la situación real, la edad y el nombre en el documento de identidad se pueden cambiar siempre que se cumplan las normas pertinentes. Procedimientos necesarios para cambiar el nombre: 1. Solicitar en persona (para menores, los padres deben escribir la solicitud), escribir en papel A4 y bolígrafo e indicar "Después de cambiar el nombre, todas las responsabilidades y consecuencias legales correrán a cargo de mí". " 2. Comprobante de unidad de trabajo (si no tienes unidad de trabajo acude a la comunidad a sellarla) (para menores estudiando, la escuela la sellará). 3. Ambos padres de menores deben traer sus documentos de identidad, certificados de matrimonio (o certificados de divorcio y sentencias/acuerdos de divorcio) y copias de los certificados de nacimiento de sus hijos para firmar en el lugar. 4. Los mayores de 16 años deberán contar con un certificado de no antecedentes penales y ilegales expedido por la policía comunitaria, y deberán estar presentes en el lugar para recabar información. 5. Registro de hogar, original y copia del DNI. La ley es objetiva:

Artículo 17 del "Reglamento de Registro de Hogares" Cuando sea necesario cambiar o corregir el contenido del registro de hogar, el jefe de familia o él mismo deberá declarar a la autoridad de registro de hogar; la autoridad de registro de hogares hará cambios o correcciones después de revisar los hechos. Cuando la autoridad de registro de hogares lo considere necesario, podrá solicitar al solicitante pruebas de los cambios o correcciones pertinentes. Artículo 18 Los cambios de nombre de los ciudadanos se gestionarán de conformidad con las siguientes disposiciones: (1) Cuando una persona menor de 18 años necesite cambiar su nombre, él o sus padres o adoptantes deberán solicitar el registro del cambio a la autoridad de registro del hogar; (2) Aquellos que tengan 18 años. Cuando las personas mencionadas anteriormente necesiten cambiar sus nombres, deben solicitar el registro de cambio a la autoridad de registro del hogar.