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¿Qué trámites necesitan los abogados para acudir a domicilio ajeno?

Los materiales requeridos en el proceso de entrevista de abogado incluyen: certificado de práctica de abogado, certificado de firma de abogados, poder notarial, certificados relacionados con el cliente, etc. En determinadas circunstancias, se pueden tomar determinaciones legales basadas en asuntos específicos de la entrevista del abogado para evitar errores en la aplicación legal.

1. ¿Qué materiales se necesitan para el proceso de entrevista de abogado?

1. Certificado de ejercicio de abogado (original y copia)

2. Certificado de despacho de abogados (carta de presentación emitida por el despacho de abogados para reunirse con sospechosos y acusados ​​de delitos)

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3. Poder de defensa penal (si se trata de asistencia jurídica gratuita, se requiere carta de asistencia jurídica)

4. El documento de identidad y certificado de parentesco del cliente (normalmente el familia).

2. Disposiciones del "Reglamento sobre abogados que se reúnen con delincuentes en prisión"

Artículo 5: Cuando un abogado necesite reunirse con un delincuente detenido, podrá enviarlo por fax o por correo. , o presentarse directamente en la prisión donde se encuentra el delincuente. Presentar copias de los siguientes materiales y presentar los originales en la prisión el día de la entrevista:

(1) Certificado de ejercicio de abogado;

(2) Certificado de despacho de abogados;

(3) Un poder del propio criminal o de su tutor o parientes cercanos, una carta oficial de asistencia jurídica o documentos de respaldo relevantes para la investigación y las pruebas. cobro en otro caso.

El centro penitenciario conservará el certificado original emitido por el despacho de abogados que indique que el abogado se ha reunido con el delincuente detenido.

Si el tutor de un delincuente o un familiar cercano confía su representación a un abogado, el abogado deberá confirmar con el propio delincuente si se ha establecido una relación de cliente durante la primera reunión.

Artículo 6 Si un abogado necesita un asistente para asistir a una reunión con un criminal bajo custodia, deberá presentar a la prisión un certificado del asistente legal que se reunió con el criminal y un certificado de práctica de abogado emitido por el bufete de abogados. o solicitar un certificado de práctica de abogado.

Artículo 7 Si un abogado necesita estar acompañado por un intérprete cuando se reúna con un delincuente bajo custodia, deberá presentar una solicitud a la prisión con antelación y presentar documentos que puedan probar su identidad como intérprete.

La prisión lo revisará oportunamente y tomará una decisión sobre su aprobación dentro de los tres días. Si se le permite participar, se debe notificar a su abogado de manera oportuna. Si no se aprueba la participación, se expresarán las razones por escrito al abogado.

El traductor que acompañe al abogado a asistir a la entrevista deberá acudir a la entrevista con el aviso de aprobación penitenciaria y su certificado de identidad.

Artículo 8

Después de recibir los materiales enumerados en el artículo 5 de este Reglamento presentados por el abogado, la prisión concertará una reunión en el momento oportuno para quienes cumplan con los requisitos del artículo 4 de este Reglamento. Si se puede concertar en ese momento, se concertará en ese momento; si no se puede concertar en ese momento, la prisión deberá explicar la situación y concertar la entrevista en un plazo de 48 horas.

Artículo 9 El reo detenido podrá confiarle uno o dos abogados. Si se designan dos abogados, éstos podrán reunirse juntos o por separado. El abogado puede traer un asistente legal para ayudar con la reunión.

Artículo 10 Al encontrarse con delincuentes, los abogados deberán respetar el tiempo de trabajo y descanso del establecimiento penitenciario. Las prisiones deben garantizar el tiempo y el número de entrevistas necesarias para que los abogados desempeñen sus funciones.

Artículo 11 Cuando un abogado se reúne con un criminal bajo custodia, la prisión puede decidir si envía agentes de policía al lugar en función de las circunstancias del caso y las necesidades laborales.

No se permite que los abogados defensores sean monitoreados cuando se reúnen con delincuentes que están siendo investigados, procesados ​​o juzgados, y las prisiones no pueden enviar agentes de policía para que estén presentes.

Artículo 12 Si un abogado se encuentra con un delincuente y cree que la prisión y su personal le impiden ejercer su derecho a ejercer la abogacía, podrá quejarse ante la prisión o su autoridad superior, o ante la ciudad. donde se encuentra su bufete de abogados. Los organismos administrativos judiciales de nivel solicitan salvaguardar sus derechos para ejercer. En caso de emergencia, podrá dirigirse a la autoridad administrativa judicial del lugar donde ocurrió el incidente para proteger su derecho a ejercer.

Las circunstancias específicas de la reunión de abogados deben determinarse estrictamente en función de la situación real del caso, especialmente el manejo de asuntos relacionados, que deben manejarse estrictamente en función de la revisión del caso por parte del abogado. Si la determinación de la situación relevante no está clara, puede consultar a un abogado para obtener una definición legal.