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Medidas para la Implementación de la Ley de Atención de la Salud Materna e Infantil de la República Popular China

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Estas Medidas se formulan de conformidad con la "Ley de Atención de la Salud Materna e Infantil de la República Popular China" (en adelante, la "Ley de Atención de la Salud Materna e Infantil") . Artículo 2: El trabajo de atención en salud materno infantil sigue una política de trabajo que se centra en la atención de la salud, combina la atención de la salud con la práctica clínica, está orientada a grupos, está orientada a grupos de base y se enfoca en la prevención. Artículo 3 Al preparar los presupuestos fiscales anuales y de mediano a largo plazo y asignar recursos de salud, todas las provincias, regiones autónomas y municipios darán prioridad al apoyo a la atención de la salud maternoinfantil y brindarán apoyo especial a las áreas remotas y pobres para garantizar que las madres y los bebés reciben servicios médicos y de salud. Artículo 4 La labor de atención de la salud maternoinfantil dirigida por los gobiernos populares en todos los niveles, según lo estipulado en el párrafo 1 del artículo 3 de la "Ley de atención de la salud maternoinfantil", se refiere a: (1) Integrar la atención de la salud maternoinfantil en la economía nacional. y desarrollo de la región Plan de desarrollo social, formular un plan de desarrollo para la atención de salud maternoinfantil en la región y proporcionar garantías políticas para la realización de los objetivos de planificación;

(2) Organizar y coordinar los departamentos pertinentes para cooperar con el departamento administrativo de salud dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades Hacer un buen trabajo en la aplicación, supervisión y gestión de la "Ley de Atención de la Salud Materna e Infantil";

(3) Proporcionar las condiciones necesarias, asistencia material y fondos especiales para la aplicación de la ley a las instituciones médicas y de atención de salud locales para implementar la "Ley de atención de la salud materna e infantil". Artículo 5 El Ministerio de Salud está a cargo de la labor nacional de atención de la salud maternoinfantil, y supervisa y gestiona la labor de atención de la salud maternoinfantil. Sus principales responsabilidades son:

(1) Implementar el Plan "Materno e Infantil". Ley de Atención a la Salud Infantil” y las presentes Medidas;

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(2) Formular reglamentos de apoyo y especificaciones técnicas a la “Ley de Atención a la Salud Materno Infantil”;

(3 ) Formular planes nacionales de desarrollo y medidas de implementación para la atención de la salud materna e infantil de acuerdo con los principios rectores de clasificación y clasificación;

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(4) Organizar la identificación y promoción de tecnologías apropiadas para la salud materna y atención de la salud infantil;

(5) Supervisar y gestionar el trabajo de atención de la salud maternoinfantil. Capítulo 2 Agencias y Personal de Servicios Técnicos Artículo 6 Las instituciones de atención médica de salud especificadas en la Ley de Atención de Salud Materno Infantil y estas Medidas se refieren a las instituciones de atención de salud materno infantil de todos los niveles que prestan servicios de atención de salud materno infantil de acuerdo con las Ley de Atención de Salud Materna e Infantil y otras instituciones de atención de salud materna e infantil. Organización de servicios de tecnología de atención médica. Artículo 7 Para realizar exámenes médicos prematrimoniales, las instituciones médicas y de atención de salud deben obtener la aprobación del departamento administrativo de salud del nivel distrital de la ciudad o superior y obtener una "Licencia de práctica de servicios técnicos de atención de salud maternoinfantil". Artículo 8 Las instituciones de atención médica y otras instituciones que brindan servicios técnicos para la atención de la salud maternoinfantil deben obtener la aprobación del departamento administrativo de salud a nivel de condado o superior y obtener una "Licencia profesional para servicios técnicos de atención de la salud maternoinfantil" al realizar cirugías de ligadura y cirugías de interrupción del embarazo. Artículo 9: Las instituciones de atención médica que realicen diagnósticos de enfermedades genéticas y diagnósticos prenatales deberán obtener la aprobación del departamento administrativo provincial de salud y obtener una "Licencia de Práctica de Servicio Técnico de Atención de Salud Materno Infantil". Artículo 10 El personal que realice exámenes médicos prematrimoniales, diagnóstico de enfermedades genéticas, diagnóstico prenatal, cirugías de ligadura y cirugías de interrupción del embarazo según lo estipulado en la Ley de Atención a la Salud Materno Infantil, participará en la formación de conocimientos y negocios de la Ley de Atención a la Salud Materno Infantil organizada por el departamento administrativo de salud. Quienes cumplan con los estándares de personal técnico estipulados por el Ministerio de Salud podrán realizar el trabajo técnico mencionado anteriormente sólo después de aprobar la evaluación y obtener el "Certificado de Evaluación de Tecnología de Atención de Salud Materna e Infantil" emitido por el departamento administrativo de salud.

Los departamentos de administración de salud de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central son responsables de la evaluación y certificación del personal de diagnóstico de enfermedades genéticas y diagnóstico prenatal.

La evaluación y certificación del personal de exámenes médicos prematrimoniales será responsabilidad de los departamentos administrativos de salud locales en o por encima del nivel distrital de la ciudad.

La evaluación y certificación del personal que realiza cirugías de ligadura y cirugías de interrupción del embarazo es responsabilidad de los departamentos de administración de salud locales a nivel de condado o superior. Artículo 11 El personal que realiza partos a domicilio deberá participar en la capacitación en conocimientos y capacitación empresarial sobre la Ley de Atención a la Salud Materno Infantil organizada por el departamento administrativo de salud. Sólo aquellas que cumplan con los estándares y requisitos de personal técnico estipulados por el Ministerio de Salud, aprueben la evaluación y obtengan el "Certificado de Calificación Técnica para Parteras a Domicilio" emitido por el departamento de administración de salud a nivel de condado, podrán realizar trabajos de parto a domicilio para partos normales. Artículo 12 Las instituciones de atención médica que no hayan obtenido la "Licencia de Práctica de Servicios Técnicos de Atención a la Salud Materno Infantil" y el personal que no haya obtenido el "Certificado de Evaluación Técnica de Atención a la Salud Materno Infantil" y el "Certificado de Calificación Técnica de Partería Domiciliaria" no podrán Realizar la “Ley de Atención a la Salud Materno Infantil” “Examen médico prematrimonial, diagnóstico de enfermedades genéticas, diagnóstico prenatal, cirugía de esterilización, cirugía de interrupción del embarazo y parto a domicilio según lo estipulado en”. Artículo 13 La "Licencia de Práctica de Servicio Técnico de Atención a la Salud Materno Infantil", el "Certificado de Evaluación de Tecnología de Atención a la Salud Materno Infantil" y el "Certificado de Calificación Técnica de Partera Domiciliaria" tienen una vigencia de tres años. Si los servicios técnicos de atención de salud maternoinfantil continúan prestándose después de la expiración del período de validez, la autoridad emisora ​​de la licencia original deberá reexaminarlos y aprobarlos. Capítulo 3 Atención de salud prematrimonial Artículo 14 Las instituciones de atención médica de salud deben llevar a cabo educación sobre salud prematrimonial y servicios de consulta de salud prematrimonial.

Los exámenes médicos prematrimoniales se llevan a cabo en hospitales de salud maternoinfantil del nivel de condado o superior o en instituciones médicas designadas por los departamentos administrativos de salud del nivel de ciudad distrital o superior. Artículo 15 Las instituciones de atención médica que realicen exámenes médicos prematrimoniales deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Establecer salas de examen médico prematrimonial exclusivas para hombres y mujeres respectivamente, equipadas con exámenes de rutina y equipo de examen especializado;

(2) Establecer aulas de educación sobre salud prematrimonial;

(3) Tener médicos calificados que realicen exámenes médicos prematrimoniales, hombres y mujeres, a tiempo completo. Artículo 16: El examen médico prematrimonial incluye la historia médica, el examen físico y los exámenes relacionados. Los elementos del examen médico prematrimonial se implementan de conformidad con el trabajo rutinario de atención de salud prematrimonial del Ministerio de Salud.

Las enfermedades hereditarias graves, las enfermedades infecciosas designadas y las enfermedades mentales relacionadas estipuladas en el artículo 8 de la "Ley de atención de la salud materna e infantil" serán anunciadas por separado por el Ministerio de Salud, a menos que la ley disponga lo contrario.