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¿Cuál es el nivel de los diplomáticos?

Niveles diplomáticos:

Embajador: El nombre completo es “Embajador Extraordinario y Plenipotenciario” y es el enviado diplomático de más alto nivel. Los enviados enviados por el jefe de un país al jefe de otro país gozan de una cortesía superior a la de los otros dos niveles (ministro, encargado de negocios). Tienen derecho a solicitar una audiencia con el jefe del país anfitrión y negociar con los superiores. funcionarios del país anfitrión. Sus principales responsabilidades son: Responsable de la implementación de las funciones de la representación diplomática y plena autoridad para manejar los asuntos de la representación diplomática de acuerdo con las instrucciones del gobierno del país. Un embajador en un país puede servir simultáneamente como enviado a otro país o a dos o más países, pero el nombramiento simultáneo debe ser aprobado por el país receptor y el embajador debe presentar formalmente sus credenciales al jefe de estado del país receptor. , y viajar al país receptor de forma regular o irregular para desempeñar las funciones de embajador.

Ministro: El nombre completo es “Ministro Extraordinario y Plenipotenciario” o “Ministro Plenipotenciario”. La Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 estipula que los ministros son la segunda clase de enviados diplomáticos y son enviados por el jefe de Estado. Reciben la cortesía sólo superada por los embajadores, pero su estatus sustantivo, deberes y privilegios e inmunidades diplomáticos de los que disfrutan son los mismos. los mismos que los de los embajadores. Su nombramiento requiere el consentimiento previo del país receptor. Además, algunos países tienen ministros en sus embajadas. Estos ministros se diferencian de los ministros extraordinarios y plenipotenciarios: no son el jefe de la embajada y no son enviados por el jefe del país de origen al jefe del país receptor. diplomáticos en la embajada que ocupan el segundo lugar después del embajador. El nombramiento no requiere el consentimiento previo del Estado receptor.

Consejero: título para diplomáticos.