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Texto completo del Reglamento sobre la Aplicación de la Ley de la República Popular China sobre Guardado de Secretos de Estado

Medidas para la Implementación de la Ley de la República Popular China sobre la Protección de Secretos de Estado

(emitida por Orden No. 1 de la Administración de Secretos de Estado con la aprobación de la Consejo de Estado el 25 de abril de 1990)

Capítulo 1 Disposiciones Generales

Artículo 1 Estas Medidas se formulan de conformidad con las disposiciones de la Ley de la República Popular China sobre la Protección de Secretos de Estado (en adelante, la "Ley de Secretos").

Artículo 2 El departamento nacional de trabajo de confidencialidad es una agencia funcional del Consejo de Estado y es responsable del trabajo nacional de confidencialidad de acuerdo con la "Ley de Secreto" y estas Medidas.

Los departamentos de trabajo de confidencialidad de los gobiernos locales a nivel de condado o superior, bajo la dirección del departamento de trabajo de confidencialidad superior, gestionan el trabajo de confidencialidad en sus respectivas áreas administrativas de acuerdo con las leyes, reglamentos y normas de confidencialidad.

Artículo 3 La agencia estatal central estará a cargo o guiará el trabajo de confidencialidad del sistema dentro del alcance de sus poderes, y organizará y supervisará los departamentos comerciales subordinados para implementar leyes, reglamentos y reglas de confidencialidad. ya sea solo o en conjunto con los departamentos relevantes según la situación real. Establecer reglas de confidencialidad que regulen los aspectos comerciales.

Artículo 4 Si un determinado asunto se filtra y causará una de las siguientes consecuencias, se incluirá en el ámbito específico de los secretos de Estado y sus niveles de clasificación (en adelante, el ámbito de confidencialidad):

(1) ) Pone en peligro la capacidad de consolidación y defensa del poder político del país;

(2) Afecta la unidad nacional, la unidad étnica y la estabilidad social;

( 3) Daña los aspectos políticos y económicos del país de sus intereses de actividades exteriores;

(4) Afecta la seguridad de los líderes nacionales y dignatarios extranjeros;

(5) Obstaculiza importantes trabajos de seguridad nacional ;

(6) ) Hacer que las medidas para proteger los secretos de estado sean menos confiables o ineficaces;

(7) Debilitar la fuerza económica, científica y tecnológica del país;

(8) Perder la garantía para que los órganos del Estado ejerzan sus competencias conforme a la ley.

Artículo 5 El alcance de la confidencialidad se revisará oportunamente de acuerdo con los cambios en las circunstancias. Los procedimientos de revisión se manejarán de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la "Ley de Secreto".

Artículo 6 Las agencias y unidades que involucran secretos de estado llevarán a cabo inspecciones y educación periódica sobre la confidencialidad, implementarán diversas medidas de confidencialidad y concienciarán a su personal sobre el alcance de la confidencialidad y los diversos sistemas de confidencialidad relacionados con su trabajo.

Capítulo 2 Determinación del nivel de clasificación, cambio de clasificación, clasificación y desclasificación

Artículo 7 Todas las agencias y unidades determinarán el nivel de clasificación, cambiarán el nivel de clasificación y la desclasificación de acuerdo con las regulaciones y deberán aceptar el trabajo de sus agencias superiores y el trabajo de confidencialidad relacionado Departamento de orientación y supervisión.

Artículo 8 Todas las agencias y unidades determinarán con prontitud el nivel de confidencialidad de los asuntos secretos de Estado que surjan de conformidad con las disposiciones del alcance de la confidencialidad, a más tardar diez días.

Artículo 9: Una vez determinado el nivel de clasificación, si el organismo o unidad que determinó el nivel de clasificación descubre que el alcance de la confidencialidad no se ajusta a la normativa, lo corregirá prontamente si el organismo superior; o el departamento de trabajo de confidencialidad correspondiente descubre que el alcance de la confidencialidad no cumple con las normas, deberá notificar de inmediato a las agencias y unidades que determinan el nivel de clasificación.

Artículo 10: Las cuestiones sobre las que no esté claro si son secretos de Estado y a qué nivel de confidencialidad pertenecen se determinarán de conformidad con las siguientes disposiciones:

(1) El máximo secreto el nivel será determinado por el departamento de seguridad nacional;

(2) El nivel de secreto será determinado por el departamento de confidencialidad de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central o su superior

(3) El nivel secreto será aprobado por la ciudad donde se encuentra el gobierno provincial o de la región autónoma y el Consejo de Estado. Determinado por el departamento de confidencialidad de la ciudad más grande o su superior.

Otras agencias podrán ejercer el derecho de determinar el nivel de clasificación especificado en el párrafo anterior en sus respectivas áreas de negocios previa aprobación del departamento de confidencialidad del estado.

Artículo 11 Si no está claro si el asunto es un secreto de estado y a qué nivel de confidencialidad pertenece, y la agencia o unidad que causó el asunto no tiene el derecho correspondiente a determinar el nivel de confidencialidad , el nivel de confidencialidad se elaborará de manera oportuna y, una vez elaborado el nivel de confidencialidad, solicitará determinar el nivel de confidencialidad dentro de los diez días de conformidad con las siguientes disposiciones:

(1) Los asuntos que estén a cargo de asuntos comerciales se informarán paso a paso a la autoridad de nivel superior que tiene la autoridad para determinar el nivel de confidencialidad del asunto para su revisión y aprobación por parte del departamento nacional de confidencialidad;

( 2) Otros asuntos se informarán paso a paso al departamento de confidencialidad que tiene la autoridad para determinar el nivel de confidencialidad del asunto.

La agencia o departamento de confidencialidad que reciba la solicitud deberá emitir una respuesta en el plazo de treinta días.

Artículo 12 Los departamentos de trabajo de confidencialidad y otras agencias que ejerzan el derecho a determinar los niveles de confidencialidad de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de estas Medidas deberán informar su ejercicio del derecho a determinar los niveles de confidencialidad a la departamento de alcance de confidencialidad prescrito.

Artículo 13 Los documentos, materiales y demás objetos pertenecientes a secretos de Estado serán designados por el organismo o unidad que determine el nivel de clasificación si el nivel de clasificación se determina de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de; estas Medidas, el nivel de clasificación será determinado por La agencia o unidad que presentó la solicitud deberá indicar el nivel de confidencialidad.

Si los asuntos que son secretos de estado no pueden marcarse con un nivel de confidencialidad, la agencia o unidad donde ocurrió el asunto será responsable de notificar al personal dentro del rango de contacto.

Artículo 14 El nivel de clasificación de los asuntos secretos de Estado será modificado oportunamente por la agencia o unidad que determine el nivel de clasificación de acuerdo con una de las siguientes circunstancias:

(1 ) La fuga del asunto tendrá un impacto negativo en el estado. El grado de daño a la seguridad y los intereses ha cambiado significativamente;

(2) Debido a las necesidades del trabajo, el alcance original del contacto debe ser cambiado mucho.

En casos de emergencia, la autoridad superior puede cambiar directamente el nivel de clasificación.

Artículo 15: Los asuntos secretos de Estado dentro del período de confidencialidad serán desclasificados oportunamente por la agencia o unidad que determine el nivel de confidencialidad de acuerdo con cambios en las circunstancias y una de las siguientes circunstancias:

(1) La divulgación del asunto no dañará la seguridad ni los intereses del país;

(2) La divulgación será más beneficiosa para el país desde una perspectiva general.

En caso de emergencia, la autoridad superior puede descifrar directamente la información.

Artículo 16 Los asuntos que deban permanecer confidenciales por las autoridades superiores o los departamentos de confidencialidad pertinentes no serán desclasificados dentro del plazo requerido.

Artículo 17 Cuando cada agencia o unidad determine el nivel de clasificación, cambie el nivel de clasificación o decida desclasificar, el responsable deberá presentar opiniones específicas al líder de la agencia o unidad para su revisión y aprobación; y las unidades con una gran carga de trabajo deberán ser autorizadas por el líder a cargo para manejar el trabajo de revisión previa a la aprobación por parte de la agencia, la organización de confidencialidad de la unidad o la persona designada a cargo.

La ejecución de lo dispuesto en el párrafo anterior deberá hacerse constar por escrito.

Artículo 18: Después de que se cambie la clasificación o desclasifican asuntos secretos de Estado, se notificará con prontitud a las agencias y unidades pertinentes, excepto en el caso de asuntos desclasificados por vencimiento del período de confidencialidad.

Después de cambiar la clasificación o desclasificar los secretos de estado, los documentos, materiales y otros elementos relevantes se marcarán de manera oportuna; si no se pueden marcar, la decisión de cambiar la clasificación o ser desclasificados se tomará de inmediato; notificado a las personas dentro del rango de contacto.

Artículo 19: Si se revoca o fusiona una agencia o unidad que determina el nivel de clasificación, la agencia o unidad encargada de cambiar el nivel de clasificación y desclasificación será responsable de las funciones originales si no existiera la correspondiente; agencia o unidad responsable, la agencia o unidad responsable del cambio de nivel de clasificación y descifrado será responsable de La autoridad superior pertinente o la autoridad designada por el departamento de confidencialidad será responsable.

Capítulo 3 Sistema de Secreto

Artículo 20 El alcance del personal o agencias y unidades que tienen acceso a asuntos secretos de estado estará limitado por las agencias y unidades que determinan el nivel de confidencialidad. Las agencias y unidades dentro del alcance del contacto deberán tener sus líderes a cargo limitando el alcance específico del contacto dentro de la agencia o unidad.

Cuando sea necesario para el trabajo, las agencias y unidades superiores pueden cambiar el alcance del acceso a los secretos de estado limitado por las agencias y unidades de nivel inferior.

Artículo 21 Al copiar documentos, materiales y otros elementos pertenecientes a secretos de estado, o al extraer, citar o compilar su contenido que sea secreto de estado, el nivel de confidencialidad de los originales no se modificará sin autorización.

Artículo 22: En los intercambios y la cooperación exterior, cuando la otra parte solicite el suministro de secretos de Estado por razones y canales legítimos, deberá informarlo a la autoridad competente de conformidad con los principios de igualdad y beneficio mutuo y de conformidad con las normas del departamento estatal competente, y exigir a la otra parte que asuma obligaciones de confidencialidad a través de determinadas formas.

Si la divulgación de secretos de Estado al mundo exterior involucra a varios departamentos, los departamentos de confidencialidad pertinentes pueden organizar y coordinar el trabajo.

Cuando se proporcionen secretos de estado que impliquen desarrollo económico, tecnológico y social al mundo exterior, la autoridad aprobadora deberá notificar la situación relevante al departamento de confidencialidad del gobierno en el mismo nivel.

Artículo 23: Para reuniones con contenido de secreto de estado, el organizador deberá tomar las siguientes medidas de confidencialidad:

(1) Seleccionar un lugar de reunión que cumpla con las condiciones de confidencialidad;

(2) Según las necesidades laborales, limitar el número de participantes en las reuniones y designar a quienes participan en reuniones que involucran asuntos ultrasecretos;

(3) Usar equipos para reuniones y gestionar documentos de reuniones de acuerdo con la confidencialidad Reglamento. Información;

(4) Determinar si se comunica el contenido de la reunión y el alcance de la comunicación.

Artículo 24 Para actividades importantes que involucren secretos de estado, la unidad patrocinadora podrá formular un plan especial de confidencialidad y organizar su implementación cuando sea necesario, el departamento de trabajo de confidencialidad correspondiente trabajará en conjunto con la unidad patrocinadora;

Artículo 25: Las medidas de seguridad para lugares y ubicaciones que son secretos de estado y no están abiertos al público serán formuladas por agencias y unidades relevantes o acordadas en consulta con el departamento de seguridad.

Artículo 26 Las agencias y unidades donde se produzcan filtraciones de secretos identificarán rápidamente el contenido y el nivel de clasificación de los secretos de Estado filtrados, el alcance y la gravedad del daño causado o que pueda causarse, las principales circunstancias de la incidente y Los responsables tomarán medidas correctivas de manera oportuna e informarán a los departamentos de confidencialidad pertinentes y a las autoridades superiores.

Capítulo 4 Premios y Castigos

Artículo 27: Cualquier individuo o colectivo que exhiba una de las siguientes conductas será recompensado por la agencia, unidad, agencia superior o gobierno local de conformidad con regulaciones:

(1) Para proteger la seguridad de los secretos de estado en situaciones críticas;

(2) Para informar con prontitud la filtración o adquisición ilegal de secretos de estado;

(3) Al descubrir que otros han filtrado o pueden filtrar secretos de estado, tome medidas correctivas inmediatas para evitar o mitigar las consecuencias del daño;

(4) En actividades especiales que involucren secretos de estado, guarde estrictamente secretos de Estado y hacer contribuciones importantes a la salvaguardia de la seguridad y los intereses del país;

Artículo 30 Si la divulgación de secretos de Estado no es suficiente para el castigo penal, y se produce una de las siguientes circunstancias, se impondrán sanciones administrativas severas. imponerse:

(1) La filtración de secretos de Estado ha causado consecuencias perjudiciales;

(2) La filtración de secretos de Estado con el fin de buscar beneficio personal;

(3) La filtración de secretos de Estado no causa gran daño pero sí con mayor frecuencia o en mayores cantidades;

(4) Aprovecharse de la propia autoridad para obligar a otros a violar las disposiciones de confidencialidad.

Artículo 31: Cualquiera que haya filtrado secretos de Estado y haya sido condenado a una pena por el Tribunal Popular y que esté exento de procesamiento o castigo penal de conformidad con la ley recibirá sanciones administrativas severas.

Artículo 32 Si las circunstancias de la filtración de secretos de estado a nivel secreto son menores, las sanciones administrativas se pueden renunciar o imponer a la ligera; si las circunstancias de la filtración de secretos de estado a nivel confidencial son menores, las sanciones administrativas se pueden imponer a la ligera; cuando proceda, también podrá estar exento de sanciones administrativas si las circunstancias de la filtración de secretos de estado ultrasecretos son particularmente menores, las sanciones administrativas podrán imponerse a la ligera, según corresponda;

Artículo 33: Los departamentos de trabajo de confidencialidad en todos los niveles y otras agencias de trabajo de confidencialidad relevantes podrán exigir a las agencias y unidades relevantes que impongan sanciones o penas administrativas a los responsables de la filtración de secretos a quienes tengan objeciones a las sanciones administrativas o; Decisiones punitivas Al hacerlo, podrá solicitar la reconsideración de las sanciones o penas administrativas impuestas.

Artículo 34 Los ingresos ilegales obtenidos mediante la filtración de secretos de Estado serán confiscados y entregados al tesoro nacional.

Capítulo 5 Disposiciones Complementarias

El artículo 35 “Filtración de secretos de Estado” de la “Ley de Secreto” y estas Medidas se refiere a las siguientes conductas que violan las leyes, reglamentos y normas de confidencialidad Primera:

(1) Dar a conocer secretos de estado a personas que no deberían conocerlos;

(2) Hacer que los secretos de estado excedan el alcance limitado de acceso y no se pueda probar que existan. No han sido expuestos. Los que deberían saberlo lo saben.

El artículo 36 "Elementos que no están claros si son secretos de Estado y qué nivel de confidencialidad" de la "Ley de Secreto" y estas Medidas se refieren a materias que no están claramente definidas en el ámbito de confidencialidad correspondiente. , y cumplir con lo dispuesto en el artículo 4 de las presentes Medidas.

Artículo 37 La Ley de Secretos y estas Medidas no se aplican a otros secretos que no sean secretos de Estado o asuntos internos de agencias y unidades.

Artículo 38 Todos los documentos, materiales y otros elementos secretos de estado determinados antes de la implementación de la "Ley de Secreto" se clasificarán de acuerdo con la "Ley de Secreto" y estas Medidas, y el nivel de confidencialidad y confidencialidad. El período se volverá a determinar. O descifrar.

Las cosas que no se han aclarado aún deben gestionarse de acuerdo con el nivel de clasificación original cuando se produzcan o se descubran filtraciones, si los asuntos involucrados son secretos de estado y se reconfirma a qué nivel de clasificación pertenece.

Artículo 39: Los organismos estatales centrales y los gobiernos provinciales, regionales autónomos y municipales podrán formular detalles de implementación de acuerdo con la "Ley de Confidencialidad" y estas Medidas con base en las condiciones reales del sistema y la región.

Artículo 40 El departamento nacional de confidencialidad es responsable de la interpretación de estas Medidas.

Artículo 41 Las presentes Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación.

(5) Lograr logros importantes o logros sobresalientes en el desarrollo e investigación de tecnología secreta de estado.

(6) Guardar de manera consistente y estricta los secretos de estado o participar en la gestión del trabajo confidencial durante un largo periodo de tiempo; tiempo, con hechos destacados

(7) Personal de tiempo completo que tiene una gestión a largo plazo de los secretos de estado y siempre ha sido leal a sus deberes para garantizar la seguridad de los secretos de estado.

Artículo 28 Para las personas o colectivos que hayan realizado contribuciones destacadas a la salvaguardia de secretos de estado, los departamentos de seguridad de todos los niveles y otras agencias de seguridad relevantes harán recomendaciones de recompensas a las agencias, unidades o gobiernos relevantes. Las recompensas también se pueden dar directamente.

Artículo 29: Cuando la filtración de secretos de Estado no sea suficiente para sancionar penalmente, los organismos y unidades pertinentes impondrán sanciones administrativas de conformidad con las reglamentaciones y en función del nivel de confidencialidad del asunto filtrado y las circunstancias específicas de el comportamiento.

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