Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas jurídicas - Para una casa que compraron antes de casarse, después de casarse, la pareja redactó un acuerdo sobre la propiedad y la propiedad de la propiedad. ¿Es válido este acuerdo?

Para una casa que compraron antes de casarse, después de casarse, la pareja redactó un acuerdo sobre la propiedad y la propiedad de la propiedad. ¿Es válido este acuerdo?

Interpretación 3 de la Ley de Matrimonio

Artículo 6 Antes del matrimonio o durante la relación matrimonial, si las partes acuerdan donar los bienes de una parte a la otra, el donante deberá revocar la donación antes de que se registre el cambio del bien donado, si la otra parte solicita decreto para continuar con la ejecución, el tribunal popular podrá tramitarla de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Contratos.

Ley de Contratos

Artículo 186 El donante puede revocar la donación antes de que se transfiera el derecho a donar el bien.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no se aplicará a los contratos de donación o contratos de donación notariados que sean de carácter de bienestar social u obligación moral tales como socorro en casos de desastre o alivio de la pobreza.

"Ley de Matrimonio"

Artículo 19: El marido y la mujer podrán pactar que los bienes adquiridos durante la relación matrimonial y los bienes anteriores al matrimonio sean propiedad del otro, en propiedad conjunta o parcial. propiedad de cada uno,** *Igual que todos. El acuerdo debe ser por escrito. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de esta Ley.

El acuerdo entre marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes antes del matrimonio es vinculante para ambas partes.

Si el marido y la mujer convienen en que los bienes adquiridos durante el matrimonio serán propiedad del otro, y la deuda soportada por el marido o la mujer se liquidará con los bienes del marido o la mujer si tercero tenga conocimiento del acuerdo.

En resumen, este acuerdo es válido, pero después de todo, la nueva ley es mejor que la antigua. Si el cambio de propiedad de la vivienda no queda registrado, el donante debería poder revocarlo.