¿Cuáles son las formas de emitir un conocimiento de embarque?
La forma de emisión de un conocimiento de embarque es la siguiente:
1. El conocimiento de embarque original es un conocimiento de embarque emitido por el emisor con sello y firma, y con la marca ORIGINAL. Generalmente se realiza por triplicado y es enviado por el remitente al consignatario que recogerá la mercancía en base. en el conocimiento de embarque original. El conocimiento de embarque original se utiliza generalmente para el comercio de cartas de crédito;
2. El conocimiento de embarque de liberación por télex se realiza a petición del expedidor (garantía de liberación telefónica). El emisor del conocimiento de embarque estampa el sello de liberación por télex (RENDIDO o LIBERADO POR TÉLEX) en el conocimiento de embarque. al destinatario, y solo al destinatario. Se puede utilizar una copia del conocimiento de embarque para recoger la mercancía. En este momento, el emisor del conocimiento de embarque notifica al agente en el puerto de destino mediante telegrama, fax o correo electrónico que la mercancía puede ser liberada simplemente mostrando la identidad del destinatario. Debido a su conveniencia y rapidez, la emisión por télex de conocimientos de embarque se ha convertido en el principal documento en el negocio naviero actual, especialmente en rutas cercanas al océano (el tiempo de envío es relativamente corto y el tiempo para enviar el conocimiento de embarque original es muy ajustado);
3. Una carta de porte marítimo es un documento de envío de carga emitido por una compañía naviera. Generalmente, solo se firma una copia original y no requiere una liberación por télex. El destinatario puede recoger la mercancía con prueba de identidad. riesgo. Algunas compañías navieras proporcionan este tipo de carta de porte en algunas rutas.
Base jurídica:
Artículo 71 de la Ley Marítima y Comercial de la República Popular China
El conocimiento de embarque se refiere al documento utilizado para acreditar el transporte de mercancías por mar. El contrato y el documento de que las mercancías han sido aceptadas o enviadas por el transportista, y que el transportista garantiza la entrega de las mismas. Los términos especificados en el conocimiento de embarque para la entrega de las mercancías a la persona nombrada, o la entrega de las mercancías de acuerdo con las instrucciones de la persona ordenante, o la entrega de las mercancías al titular del conocimiento de embarque, constituyen la garantía del transportista para la entrega de la mercancía.