Experiencias sobre Ley Docente 2018_Texto completo de “Ley Docente de la República Popular China”
Texto completo de la "Ley de Docentes de la República Popular China"
(Aprobada en la Cuarta Reunión del Comité Permanente de la Octava Asamblea Popular Nacional el 31 de octubre de 1993 Orden No. 15 del Presidente de la República Popular China fue anunciado el 31 de septiembre)
Capítulo 1 Disposiciones generales
Artículo 1 Con el fin de proteger los derechos e intereses legítimos de los docentes, Construir una escuela con buen carácter ideológico y moral. Esta ley está formulada para formar un equipo de profesores con buenas cualidades profesionales y educadas y garantizar el desarrollo de la educación socialista.
Artículo 2 La presente Ley se aplica a los docentes especializados en educación y docencia en todo tipo de escuelas de todos los niveles y otras instituciones educativas.
Artículo 3 Los docentes son profesionales que desempeñan funciones educativas y docentes, y tienen a su cargo la misión de enseñar y formar al pueblo, cultivar sucesores para la construcción de las empresas socialistas y mejorar la calidad nacional. Los docentes deben ser leales a la causa de la educación del pueblo.
Artículo 4 Los gobiernos populares en todos los niveles deben tomar medidas para fortalecer la educación ideológica y política y la formación profesional de los docentes, mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los docentes, proteger los derechos e intereses legítimos de los docentes y mejorar las condiciones sociales de los docentes. estado. Toda la sociedad debería respetar a los profesores.
Artículo 5 El departamento administrativo de educación del Consejo de Estado es responsable del trabajo de los docentes en todo el país. Los departamentos pertinentes dependientes del Consejo de Estado son responsables del trabajo docente relevante dentro del alcance de sus respectivos poderes. Las escuelas y otras instituciones educativas realizarán de forma independiente el trabajo de gestión educativa de acuerdo con las regulaciones nacionales.
Artículo 6 El 10 de septiembre de cada año es el Día del Maestro.
Capítulo 2 Derechos y Obligaciones
Artículo 7 Los docentes gozan de los siguientes derechos:
(1) Realizar actividades educativas y docentes, realizar reformas educativas y docentes y experimentos;
(2) Participar en investigaciones científicas, intercambios académicos, participar en grupos académicos profesionales y expresar plenamente opiniones en actividades académicas
(3) Orientar el aprendizaje de los estudiantes y; desarrollo y evaluación de la conducta y desempeño académico de los estudiantes;
(4) Recibir salarios a tiempo, disfrutar de beneficios estipulados por el estado y licencia física remunerada durante las vacaciones de invierno y verano
(5; ) Contribuir a la educación y enseñanza escolar, el trabajo de gestión y el trabajo del departamento de administración educativa, y participar en la democracia y la gobernanza de la escuela a través de la Conferencia de Representantes de la Facultad u otras formas.
(6) Participar en; estudios posteriores u otras formas de formación.
Artículo 8 Los docentes cumplirán con las siguientes obligaciones:
(1) Respetar la Constitución, las leyes y la ética profesional, y ser modelo a seguir;
( 2) Implementar la política educativa del estado, cumplir con las reglas y regulaciones, implementar el plan de enseñanza de la escuela, cumplir con los contratos laborales de los maestros y completar las tareas educativas y docentes.
(3) Educar a los estudiantes sobre los principios básicos determinados por; la Constitución y el patriotismo, el nacionalismo Educación de la unidad, educación jurídica, educación ideológica y moral, cultural, científica y tecnológica, y organización y conducción de los estudiantes para la realización de actividades sociales útiles
(4) Cuidar y cuidar; para todos los estudiantes, respetando la personalidad de los estudiantes y promoviendo la integridad moral, la inteligencia, el desarrollo físico y otros aspectos del desarrollo integral de los estudiantes.
(5) Detener comportamientos que sean perjudiciales para los estudiantes u otros comportamientos que infrinjan; sobre los derechos e intereses legítimos de los estudiantes, criticar y boicotear los fenómenos que son perjudiciales para el crecimiento saludable de los estudiantes.
(6) Mejorar continuamente la conciencia ideológica y política y los estándares profesionales de la educación y la enseñanza;
Artículo 9 Para garantizar que los docentes completen sus tareas educativas y docentes, los gobiernos populares de todos los niveles, los departamentos administrativos de educación, los departamentos pertinentes, las escuelas y otras instituciones educativas deberán desempeñar las siguientes funciones
(1) Proporcionar instalaciones y equipos educativos y didácticos que cumplan con las normas de seguridad nacionales;
(2) Proporcionar los libros, materiales y otros suministros educativos y didácticos necesarios
(3); ) Apoyar a los docentes en la educación y la enseñanza, Fomentar y ayudar al trabajo creativo en la investigación científica;
(4) Apoyar a los docentes para detener conductas que sean perjudiciales para los estudiantes u otras conductas que infrinjan los derechos e intereses legítimos de los estudiantes.
Capítulo 3 Calificaciones y nombramiento
Artículo 10 El estado implementa un sistema de calificación docente.
Ciudadanos chinos que respeten la Constitución y las leyes, amen la educación, tengan buen carácter ideológico y moral, tengan las calificaciones académicas estipuladas en esta ley o hayan aprobado el examen nacional de calificación docente y tengan la capacidad de educar. y enseñar, y se encuentren calificados, podrán obtener la calificación de docente.
Artículo 11 Las calificaciones académicas correspondientes requeridas para obtener la calificación de maestro son:
(1) Para obtener la calificación de maestro de jardín de infantes, uno debe haberse graduado de una escuela de maestro de jardín de infantes o superior ; p >
(2) Para obtener las calificaciones de maestro de escuela primaria, uno debe haberse graduado de una escuela secundaria normal o superior
(3) Para obtener las calificaciones de maestro de escuela secundaria; , o un maestro de escuela vocacional junior de cursos culturales y profesionales, uno debe tener una educación superior Graduados de un colegio normal u otras universidades o superior
(4) Para obtener calificaciones de maestro de escuela media superior y vocacional secundaria; escuelas, escuelas técnicas, escuelas secundarias vocacionales, cursos culturales y calificaciones de docentes de cursos profesionales, uno debe tener las calificaciones de una universidad normal superior Una licenciatura o superior de otras universidades
Las calificaciones académicas requeridas para obtener; las calificaciones de los instructores en prácticas para estudiantes de escuelas secundarias vocacionales, escuelas técnicas y escuelas secundarias vocacionales serán estipuladas por el departamento de administración educativa del Consejo de Estado.
(5) Obtener las calificaciones de los profesores en las universidades y universidades, uno debe tener un título de posgrado o una licenciatura;
(6) Para obtener las calificaciones de un maestro de educación de adultos, uno debe tener calificaciones de educación superior de acuerdo con el nivel y la categoría de educación de adultos. Graduado de escuela secundaria o superior.
Los ciudadanos que no cuenten con las calificaciones académicas para la titulación docente estipuladas en esta ley deberán aprobar el Examen Nacional de Calificación Docente para solicitar la titulación docente. El sistema nacional de exámenes de cualificación docente está estipulado por el Consejo de Estado.
Artículo 12 Para los docentes que hayan enseñado en escuelas u otras instituciones educativas antes de la implementación de esta ley y no tengan las calificaciones académicas estipuladas en esta ley, el departamento administrativo de educación del Consejo de Estado estipulará el período de transición. medidas para las cualificaciones de los docentes.
Artículo 13 Las calificaciones de los maestros de escuela primaria y secundaria serán reconocidas por los departamentos administrativos de educación de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior. Las calificaciones de los docentes de las escuelas secundarias vocacionales y las escuelas técnicas serán reconocidas por los departamentos competentes pertinentes organizados por los departamentos administrativos de educación de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior. Las calificaciones de los docentes de las instituciones ordinarias de educación superior serán reconocidas por el Consejo de Estado o los departamentos administrativos de educación de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, o por las escuelas a su cargo.
Si un ciudadano que tiene las calificaciones académicas estipuladas en esta Ley o ha aprobado el Examen Nacional de Cualificación Docente requiere que los departamentos correspondientes reconozcan sus calificaciones docentes, los departamentos correspondientes confirmarán las calificaciones de conformidad con el condiciones previstas en esta Ley. Cuando una persona que ha obtenido el título de docente enseña por primera vez, debe existir un período de prueba.
Artículo 14: No podrán obtener el título de docente quienes estén privados de derechos políticos o estén sujetos a penas de prisión de duración determinada o más por delitos dolosos;
Aquellos; que ya hayan obtenido el título de docente perderán su título de docente.
Artículo 15 Los graduados de las escuelas normales de todos los niveles ejercerán la educación y la docencia de conformidad con las normas nacionales pertinentes.
El estado alienta a los graduados de colegios y universidades no normales a enseñar en escuelas primarias y secundarias o escuelas vocacionales.
Artículo 16 El Estado implementa un sistema de puestos de docentes, y las medidas específicas serán estipuladas por el Consejo de Estado.
Artículo 17 Las escuelas y otras instituciones educativas deben implementar gradualmente un sistema de nombramiento de docentes.
El nombramiento de los profesores debe seguir el principio de igualdad de condiciones de ambas partes. El centro y el profesor deben firmar un contrato de trabajo, estipulando claramente los derechos, obligaciones y responsabilidades de ambas partes. Los pasos y métodos para implementar el sistema de nombramiento de maestros serán prescritos por el departamento de administración educativa del Consejo de Estado.
Capítulo 4 Cultivo y Capacitación
Artículo 18 Los gobiernos populares de todos los niveles y los departamentos pertinentes administrarán bien la educación normal y tomarán medidas para alentar a los jóvenes destacados a ingresar a las escuelas normales de todos los niveles. . Las escuelas de formación docente de todos los niveles son responsables de la formación de profesores de primaria y secundaria. Las escuelas no normales deben asumir la tarea de formar y formar profesores de escuelas primarias y secundarias. Los estudiantes de escuelas normales de todos los niveles disfrutan de becas profesionales.
Artículo 19: Los departamentos administrativos educativos de los gobiernos populares en todos los niveles, las autoridades escolares y las escuelas deben formular planes de formación docente y llevar a cabo diversas formas de formación ideológica, política y profesional para los docentes.
Artículo 20: Los organismos, empresas, instituciones y demás organizaciones sociales del Estado facilitarán y asistirán a los docentes en sus estudios sociales y prácticas prácticas.
Artículo 21 Los gobiernos populares en todos los niveles tomarán medidas para cultivar y capacitar a maestros para áreas de minorías étnicas y áreas remotas y pobres.
Capítulo 5 Evaluación
Artículo 22 Las escuelas u otras instituciones educativas evaluarán la ideología política, el nivel profesional, la actitud laboral y el desempeño laboral de los docentes.
El departamento de administración educativa brinda orientación y supervisión sobre el trabajo de evaluación docente.
Artículo 23 La evaluación debe ser objetiva, justa y precisa, y escuchar plenamente las opiniones del propio profesor, de otros profesores y de los alumnos.
Artículo 24 Los resultados de la evaluación docente son la base para el nombramiento para la docencia, la promoción salarial y las recompensas y castigos.
Capítulo 6 Salario
Artículo 25 El nivel salarial medio de los docentes no debe ser inferior ni superior al nivel salarial medio de los funcionarios públicos nacionales y debe aumentarse gradualmente. Establecer un sistema normal de ascensos y aumentos salariales, y las medidas específicas serán estipuladas por el Consejo de Estado.
Artículo 26 Los profesores de estudiantes de primaria y secundaria y los profesores de escuelas profesionales disfrutarán de subsidios en función de sus años de enseñanza y otros subsidios serán formulados por el Departamento de Administración de Educación del Estado en colaboración con los departamentos pertinentes.
Artículo 27 Los gobiernos populares locales en todos los niveles proporcionarán subsidios a los maestros y graduados con un título de escuela secundaria técnica o superior que se dediquen a la educación y la enseñanza en áreas minoritarias y áreas remotas y pobres. Artículo 28 Los gobiernos populares locales de todos los niveles y los departamentos pertinentes del Consejo de Estado darán prioridad y trato preferencial a la construcción, arrendamiento y venta de viviendas urbanas para profesores. Los gobiernos populares a nivel de condado y municipio deben brindar comodidad a los maestros de escuelas primarias y secundarias rurales para encontrar alojamiento.
Artículo 29: Los docentes disfrutan del mismo tratamiento médico que los funcionarios públicos nacionales locales;
Se realizan exámenes de salud física periódicos a los docentes y se les organiza el descanso y la recuperación de acuerdo con las condiciones locales. . Las instituciones médicas deberían facilitar el tratamiento médico de los profesores locales.
Artículo 30 Una vez jubilados o jubilados los docentes, gozarán de los beneficios jubilatorios o jubilatorios que establezca el Estado.
Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior pueden aumentar adecuadamente la proporción de pensiones para los maestros jubilados de escuelas primarias y secundarias que han estado involucrados en la educación y la enseñanza durante mucho tiempo.
Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior pueden aumentar adecuadamente la proporción de pensiones para los maestros jubilados de escuelas primarias y secundarias que han estado involucrados en la educación y la enseñanza durante mucho tiempo.
Artículo 31 Los gobiernos populares de todos los niveles tomarán medidas para mejorar la igualdad salarial por el mismo trabajo para los docentes con subsidios estatales y el pago colectivo de salarios. Los gobiernos populares locales de todos los niveles prescribirán medidas específicas en función de las condiciones. condiciones reales de la región.
Artículo 32 El tratamiento del profesorado en las escuelas dirigidas por fuerzas sociales será determinado y garantizado por los propios organizadores.
Capítulo 7 Recompensas
Artículo 33 Docentes que tengan logros destacados en educación y docencia, formación de talentos, investigación científica, reforma docente, construcción de escuelas, servicios sociales, estudio y trabajo, etc. Serán elogiados y recompensados por sus escuelas. El Consejo de Estado, los gobiernos populares locales de todos los niveles y sus departamentos pertinentes elogiarán y recompensarán a los maestros que hayan realizado contribuciones destacadas. Los profesores que hayan realizado contribuciones significativas recibirán títulos honoríficos de conformidad con las normas nacionales pertinentes. Artículo 34 El Estado apoya y alienta a organizaciones sociales o individuos a donar fondos para financiar organizaciones establecidas de conformidad con la ley para recompensar a los docentes y recompensar a los docentes.
Capítulo 8 Responsabilidades Legales
Artículo 35 El que insulte o golpee a los docentes será objeto de sanciones administrativas o penas administrativas según las diferentes circunstancias;
Si la causa de Se causa daño, se condenará a la persona a resarcir el daño si las circunstancias son suficientemente graves para constituir delito, la responsabilidad penal se investigará conforme a la ley;
Artículo 36 Si se toman represalias contra un docente que presente una queja, denuncia o denuncia de conformidad con la ley, la unidad a la que pertenece o la autoridad superior le ordenará corregir <; /p>
Si las circunstancias son graves, se le podrán imponer sanciones administrativas en función de circunstancias específicas.
Si el personal estatal toma represalias contra los docentes, lo que constituye un delito, serán considerados penalmente responsables de conformidad con el artículo 146 de la Ley Penal.
Artículo 37 Si un docente se encuentra en cualquiera de las siguientes circunstancias, se le impondrán sanciones administrativas o podrá ser despedido por la escuela, otras instituciones educativas o el departamento administrativo de educación:
(1) No enseñar deliberadamente Completar las tareas educativas y docentes causa pérdidas en la educación y el trabajo docente
(2) Castigar corporalmente a los estudiantes y negarse a cambiar después de la educación; 3) Tener mala conducta, insultar a los estudiantes y tener mala influencia.
Si un docente comete alguna de las circunstancias enumeradas en los puntos (2) y (3) del párrafo anterior, y las circunstancias son lo suficientemente graves como para constituir un delito, será considerado penalmente responsable de acuerdo con la ley.
Artículo 38 El gobierno popular local ordenará a quienes violen las disposiciones de esta Ley que realicen correcciones dentro de un plazo al no pagar los salarios de los maestros o infringir otros derechos e intereses legítimos de los maestros.
Cualquiera que viole el sistema financiero nacional y el sistema financiero, malversa fondos estatales para la educación, obstaculice gravemente la educación y el trabajo docente, incumpla los salarios de los docentes y dañe los derechos e intereses legítimos de los docentes será ordenado por el autoridad superior para devolver los fondos malversados en un plazo determinado, e imponer sanciones administrativas a los directamente responsables;
Si las circunstancias son graves y constituyen un delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.
Artículo 39 Si un maestro infringe sus derechos e intereses legítimos por parte de una escuela u otra institución educativa, o no está satisfecho con el manejo de una escuela u otra institución educativa, podrá presentar una queja. ante el departamento administrativo de educación, el cual deberá atender la queja dentro de los treinta días siguientes a su recepción.
Si los profesores creen que los departamentos administrativos pertinentes del gobierno popular local han violado sus derechos conforme a esta ley, pueden presentar una queja ante los departamentos pertinentes del gobierno popular del mismo nivel o ante el gobierno popular del mismo nivel. el siguiente nivel superior. Los departamentos pertinentes del gobierno popular en el siguiente nivel se ocuparán del asunto. Capítulo 9 Disposiciones Complementarias
Artículo 40 Son significados de los siguientes términos en esta Ley:
(1) Escuelas de todos los niveles y tipos se refieren a escuelas que implementan educación preescolar, primaria ordinaria educación, escuelas ordinarias de educación secundaria, educación profesional, educación superior general, educación especial y educación de adultos.
(2) Otras instituciones educativas se refieren a palacios infantiles, oficinas locales de enseñanza e investigación, instituciones de educación audiovisual, etc.
(3) Maestros de escuelas primarias y secundarias se refieren a maestros de jardines de infantes, instituciones de educación especial, escuelas primarias y secundarias ordinarias, instituciones de educación primaria y secundaria para adultos, escuelas intermedias vocacionales y otras instituciones educativas.
Artículo 41 Los asistentes de educación y enseñanza en escuelas y otras instituciones educativas, los maestros y los asistentes de educación y enseñanza en otros tipos de escuelas podrán referirse a las disposiciones pertinentes de esta ley según la situación real.
La Comisión Militar Central formulará los reglamentos pertinentes de conformidad con esta ley en relación con los docentes y el personal educativo y de apoyo docente en los colegios y universidades afiliados al ejército.
Artículo 42 Los procedimientos de nombramiento de profesores extranjeros serán estipulados por el departamento de administración educativa del Consejo de Estado.
Artículo 43 La presente Ley entrará en vigor el 1 de enero de 1994.