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Capítulo 3 de las Disposiciones Provisionales sobre la Reestructuración de Pequeñas Empresas de Préstamos y el Establecimiento de Bancos Comunitarios

Artículo 5 Una pequeña empresa de préstamos deberá establecer un grupo de trabajo preparatorio cuando se reestructure para establecer un banco comunal, y el patrocinador del establecimiento de un banco comunal deberá confiar el grupo de trabajo preparatorio al solicitante. El grupo de trabajo preparatorio está compuesto por el patrocinador principal, pequeñas compañías de préstamos y otras unidades relevantes, y es responsable del trabajo de reestructuración relevante. ?

Artículo 6 El grupo de trabajo preparatorio debe seguir estrictamente los requisitos de la agencia reguladora bancaria, realizar todo el trabajo preparatorio para el establecimiento de bancos comunales mediante la reestructuración y seguir las "Disposiciones provisionales sobre "Directrices para la aprobación del establecimiento de bancos" y "Bancos Comunitarios" y otros requisitos pertinentes para implementar el trabajo pertinente en las etapas de preparación y apertura. ?