Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas jurídicas - Educación Continua para Personal Profesional y Técnico ¿Por qué no puedo iniciar sesión después de ingresar mi nombre de usuario y contraseña?

Educación Continua para Personal Profesional y Técnico ¿Por qué no puedo iniciar sesión después de ingresar mi nombre de usuario y contraseña?

1. El nombre de usuario o la contraseña son incorrectos. Tanto el nombre de usuario como la contraseña son incorrectos. Fácil de resolver, simplemente elige el correcto.

2. La escuela no te registró, lo cual es problemático. Es posible que no puedas realizar el examen.

3. Los errores del sistema, que son problemas con el sitio web en sí, también son fáciles de resolver.

4. Si hay problemas con el ordenador, informe la situación a la secretaría del colegio y ellos lo solucionarán. Simplemente repare la computadora o reemplácela por una nueva.

Información ampliada

Según las “Disposiciones sobre Educación Continua para el Personal Profesional y Técnico”

Disposiciones

Disposiciones sobre Educación Continua para Personal Profesional y Técnico

Capítulo 2 Contenido y Método

Artículo 7 El contenido de la educación continua incluye materias públicas y materias profesionales. Las materias requeridas públicamente incluyen conocimientos básicos como leyes y reglamentos, políticas teóricas, ética profesional e información técnica que el personal profesional y técnico generalmente debe dominar. Los temas profesionales incluyen nuevas teorías, nuevos conocimientos, nuevas tecnologías, nuevos métodos y otros conocimientos profesionales que el personal profesional y técnico debe dominar para participar en el trabajo profesional.

Artículo 8 El tiempo que el personal profesional y técnico debe participar en la educación continua no debe ser inferior a 90 horas en total cada año, de las cuales las materias profesionales representan generalmente no menos de dos tercios del total de horas. . Si el personal profesional y técnico participa en la educación continua a través de los siguientes métodos, se computarán como horas de educación continua para el año en curso:

(1) Participar en clases de capacitación, seminarios o cursos de actualización

(2) Participar en actividades relevantes de práctica de educación continua;

(3) Participar en educación a distancia;

(4) Participar en conferencias académicas, conferencias académicas, visitas académicas y otras actividades;

(5) Otros métodos que cumplan con la normativa. Los métodos específicos de identificación de los métodos de educación continua y las horas de estudio serán formulados por los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.

Artículo 9 El empleador podrá, de acuerdo con este reglamento y en conjunto con la estrategia de desarrollo de la unidad y los requisitos del trabajo, organizar actividades de educación continua o participar en actividades de educación continua organizadas por la industria, y participar en educación continua. para el personal profesional y técnico de la unidad. Proporcionar comodidad.

Artículo 10 El personal profesional y técnico deberá participar en las actividades de educación continua organizadas por su unidad de acuerdo con los requisitos del puesto y las necesidades de desarrollo profesional. También podrán utilizar su tiempo libre o tiempo de trabajo con el consentimiento del empleador para participar. en actividades ajenas a la organización de su unidad.

Artículo 11 Si el personal profesional y técnico realiza trabajos que requieren calificaciones profesionales de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes, el empleador deberá brindar garantías para su participación en actividades de educación continua.

Artículo 12 Si el personal profesional y técnico participa en actividades de educación continua fuera de servicio o semi-fuera de servicio con el consentimiento del empleador, el empleador deberá pagar salarios, beneficios y otros beneficios de acuerdo con las normas pertinentes. regulaciones nacionales o acuerdos con los trabajadores. Si el empleador organiza que el personal profesional y técnico participe en actividades de educación continua fuera del horario laboral, las dos partes acordarán el método de participación en los costos y los beneficios relacionados.

Artículo 13 Los empleadores podrán realizar actividades de educación continua conjuntamente con unidades de producción, docencia, investigación científica y otras, y establecer un modelo de educación continua que combine producción, docencia, investigación científica, proyectos, fondos y talentos.

Referencia: Enciclopedia Baidu - Reglamento de Educación Continua para Personal Profesional y Técnico