¿Cómo leer escritura cuneiforme?
La escritura cuneiforme se pronuncia xiē xíng wén zì.
La escritura cuneiforme fue creada por los sumerios y evolucionó a partir de los jeroglíficos. Llamado cuneiforme por los arqueólogos modernos. Cuando surgieron los rudimentos de la escritura, eran en su mayoría símbolos pictóricos. Entre el 3200 a. C. y el 3000 a. C., fue la etapa inicial de la escritura cuneiforme y solo se usó con moderación.
El uso de la escritura aumentó alrededor del 2600 a.C., y alrededor del 500 a.C. la cuneiforme se convirtió en un medio común de comunicación comercial en la mayor parte de Asia occidental. El cuneiforme se utilizó hasta aproximadamente el siglo I a.C. Se utilizó como el latín hoy en día y luego se perdió. Sólo se descifró gradualmente en el siglo XIX, formándose así la asiriología, una disciplina que estudia la historia antigua de Oriente Medio.
La escritura cuneiforme que se ha descubierto está escrita principalmente en tablillas de arcilla, y algunas están escritas en tablillas de piedra, metal o cera. Los escribas usaban varas de caña afiladas o palos de madera para escribir en las tablillas de arcilla blanda. Las tablillas de arcilla blanda se endurecían después de secarlas al sol o cocerlas y no se deformaban fácilmente.
Dado que en su mayoría están talladas en tablillas de arcilla, las líneas son rectas y en forma de cuña. El cuneiforme fue utilizado por muchas civilizaciones antiguas para escribir sus lenguas, pero estas lenguas no estaban necesariamente relacionadas entre sí.
Características
1. El sistema estructural jurídico es relativamente completo, utilizándose generalmente un silogismo de prefacio, cuerpo principal y conclusión. En el texto principal se integran todas las leyes y no hay distinción entre penas civiles y penales.
2. El contenido jurídico abarca una amplia gama de áreas, abarcando casi todas las áreas básicas del derecho, como el civil, penal, litigioso, etc., pero muchas cuestiones siguen reguladas por el derecho consuetudinario y homomórfico. La venganza se mantiene.
3. Es básicamente una recopilación de precedentes judiciales y no estipula conceptos abstractos generales ni principios legislativos.
4. Aunque las leyes se describen como manifestaciones de la voluntad de Dios, no son “leyes divinas”. No existen normas morales religiosas, se trata enteramente de relaciones jurídicas municipales y seculares reales.