Disposiciones legales aplicables

“Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China” (Modificada en 2012) Capítulo 19 Disposiciones Generales

Artículo 224 Sentencias y fallos civiles con eficacia jurídica, así como la porción patrimonial de Las sentencias y fallos penales serán ejecutados por el tribunal popular de primera instancia o el tribunal popular del mismo nivel que el tribunal popular de primera instancia donde se encuentren los bienes sujetos a ejecución.

Otros documentos legales que la ley estipula que deben ser ejecutados por el tribunal popular serán ejecutados por el tribunal popular donde esté domiciliada la persona sujeta a ejecución o donde se encuentren los bienes sujetos a ejecución.

Artículo 226: Si el tribunal popular no ejecuta la solicitud durante más de seis meses a partir de la fecha de recepción de la solicitud de ejecución, la persona que solicita la ejecución podrá presentar una solicitud al tribunal popular del nivel inmediatamente superior. para su ejecución. Después de la revisión, el tribunal popular del siguiente nivel superior puede ordenar al tribunal popular original que realice la ejecución dentro de un cierto período de tiempo, o puede decidir que este tribunal realice la ejecución o ordenar a otro tribunal popular que realice la ejecución.

< Artículo 229: La persona sujeta a ejecución o si el bien sujeto a ejecución se encuentra en otro lugar, podrá encomendarse la ejecución al tribunal popular local. Una vez que el tribunal popular encargado recibe la carta de encomienda, debe iniciar la ejecución dentro de los quince días y no puede negarse. Una vez completada la ejecución, el tribunal popular encargado será informado de los resultados de la ejecución de manera oportuna; si la ejecución no se ha completado dentro de los treinta días, el estado de la ejecución también se notificará al tribunal popular encargado.

Si el tribunal popular encargado no realiza la ejecución dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la carta de encomienda, el tribunal popular encargado puede solicitar al tribunal popular superior del tribunal popular encargado que ordene la ejecución del tribunal popular encargado. tribunal para implementar

Interpretación del Tribunal Popular Supremo sobre la aplicación de la "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China" (Interpretación Fa [2015] No. 5)

21 Procedimiento de ejecución

Artículo 462 La sentencia con eficacia jurídica sobre la realización de garantías reales, la sentencia sobre la confirmación de un acuerdo de mediación o una orden de pago será ejecutada por el tribunal popular que dictó la sentencia o la orden de pago. o por el tribunal popular del mismo nivel donde se encuentre el bien objeto de ejecución. Cuando se dicta sentencia que la propiedad no tiene dueño, el tribunal popular que dictó la sentencia devolverá la propiedad sin dueño al estado o al colectivo. Capítulo 21 Medidas de ejecución de la "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China" (modificada en 2012)

Artículo 241: La persona sujeta a ejecución no cumple con los documentos legales de conformidad con el aviso de ejecución Obligación de informe vigente y un año anterior a la fecha de recepción del aviso de ejecución. Si la persona sujeta a ejecución se niega a denunciar o hace una denuncia falsa, el tribunal popular podrá multar o detener a la persona sujeta a ejecución o a su representante legal, al responsable principal de la unidad correspondiente o a la persona directamente responsable, según la gravedad. del caso.

Artículo 242 Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de acuerdo con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene derecho a preguntar a las unidades pertinentes sobre los depósitos, bonos, acciones , acciones de fondos y demás bienes de la persona sujeta a la condición de ejecución. El Tribunal Popular tiene la facultad de embargar, congelar, transferir y cambiar el valor de los bienes de la persona sujeta a ejecución en función de diferentes circunstancias. Los bienes investigados, incautados, congelados, transferidos y tasados ​​por el Tribunal Popular no excederán el alcance de las obligaciones que deberá cumplir el sujeto a ejecución.

Cuando el tribunal popular decide incautar, congelar, transferir o alterar bienes, dictará sentencia y emitirá un aviso de asistencia en la ejecución, y las unidades correspondientes deberán tramitarla.

Artículo 243 Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de acuerdo con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene derecho a retener y retirar los ingresos de la persona sujeta a ejecución. que debe cumplir con las obligaciones. Sin embargo, se conservarán los gastos de manutención necesarios de la persona ejecutada y de los miembros de su familia a su cargo.

Cuando el tribunal popular retenga o retire ingresos, dictará sentencia y emitirá un aviso de asistencia en la ejecución, que deberá ser tramitado por la unidad de la persona, los bancos, las cooperativas de crédito y otras unidades con negocios de ahorro.

Artículo 244 Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de acuerdo con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene derecho a embargar, detener, congelar, subastar o vender. los bienes del sujeto ejecutado que se requieren para el cumplimiento de sus obligaciones. Sin embargo, se preservarán las necesidades diarias de la persona sujeta a ejecución y de sus familiares a cargo.

Al adoptar las medidas mencionadas en el párrafo anterior, el Tribunal Popular se pronunciará.

Artículo 245: Cuando el tribunal popular selle o detenga bienes, si el sujeto a ejecución es un ciudadano, notificará al sujeto a ejecución o a sus familiares adultos que estén presentes; sujeto a ejecución sea una persona jurídica u otra organización, se deberá notificar la presencia de su representante legal o responsable principal. La negativa a estar presente no afectará a la ejecución. Si la persona sujeta a ejecución es un ciudadano, su unidad de trabajo o la organización de base donde se encuentra el inmueble deberá enviar personas a participar.

De los bienes que hayan sido precintados o embargados, el ejecutor deberá hacer una lista, firmarla o sellarla por el presente, y entregar copia al sujeto de ejecución. Si la persona sujeta a ejecución es un ciudadano, también se podrá entregar una parte a los miembros adultos de su familia.

Artículo 246: El ejecutor podrá designar al sujeto de ejecución como responsable de la custodia de los bienes embargados. Las pérdidas causadas por culpa del sujeto a ejecución serán soportadas por el sujeto a ejecución.

Artículo 247: Precintado o detenido el bien, el ejecutor ordenará al ejecutado que cumpla las obligaciones señaladas en el documento legal dentro del plazo señalado. Si la persona sujeta a ejecución no cumple con el plazo, el tribunal popular subastará los bienes sellados o incautados, si no es apto para la subasta o ambas partes acuerdan no realizar una subasta, el tribunal popular podrá confiar la unidad correspondiente; venderlo o venderlo solo. Los artículos que el Estado prohíbe comprar y vender libremente se entregarán a las unidades correspondientes para su compra a los precios fijados por el Estado.

Artículo 248: Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal y oculta sus bienes, el tribunal popular tiene derecho a emitir una orden de registro para registrar a la persona sujeta a ejecución y su residencia o el lugar donde se encuentre escondido el bien.

Para tomar las medidas mencionadas en el párrafo anterior, el decano deberá expedir una orden de allanamiento.

Artículo 249: Tratándose de bienes o letras señalados en documento legal para su entrega, el ejecutor citará a ambas partes para que entreguen personalmente los bienes, o el ejecutor los entregará y a la persona a quien se entrega deberá firmar para recibirlo.

Si la unidad correspondiente posee la propiedad o el boleto, se transferirá de acuerdo con el Aviso de asistencia en la ejecución del Tribunal Popular, y la persona a quien se entrega firmará para recibirlo.

Si los ciudadanos interesados ​​poseen la propiedad o las letras, el tribunal popular les notificará que las entreguen. Quienes se nieguen a entregarlo quedarán sujetos a ejecución.

Artículo 250: Para el desalojo forzoso de una casa o el retiro forzoso de un terreno, el decano emitirá un auto ordenando al ejecutado que cumpla dentro del plazo señalado. Si la persona sujeta a ejecución no cumple dentro del plazo, la ejecución será ejecutada por el funcionario de ejecución.

Durante la ejecución forzosa, si el sujeto de ejecución es un ciudadano, se notificará la presencia del sujeto de ejecución o de su familiar adulto si el sujeto de ejecución es una persona jurídica u otra; organización, se dará aviso a su representante legal o responsable principal. La negativa a estar presente no afectará a la ejecución. Si la persona sujeta a ejecución es un ciudadano, su unidad de trabajo o la organización de base donde se ubica la casa o terreno debe enviar personas a participar. El agente de ejecución dejará constancia de la situación de ejecución en un acta, que será firmada o sellada por la persona presente.

Los bienes que hayan sido sacados de la casa por desalojo forzoso serán transportados al lugar designado por personal enviado por el tribunal popular y entregados a la persona sujeta a ejecución. Si la persona sujeta a ejecución es un ciudadano, los bienes también podrán ser entregados a sus familiares adultos. La pérdida causada por la negativa a aceptar será soportada por el sujeto de ejecución.

Artículo 251: Si durante la ejecución es necesario pasar por los procedimientos de transferencia de los certificados de derechos de propiedad pertinentes, el tribunal popular podrá emitir un aviso de asistencia en la ejecución a la unidad correspondiente, y la unidad correspondiente deberá manejarlo.

Artículo 252: Si la persona sujeta a ejecución no realiza los actos previstos en sentencias, resoluciones y demás documentos jurídicos de conformidad con el aviso de ejecución, el tribunal popular podrá ejecutar la ejecución o encomendar a las unidades u otros órganos competentes. personas para completar la ejecución. Los costos serán asumidos por la persona sujeta a la ejecución.

Artículo 253 Si el sujeto ejecutado incumple sus obligaciones de pago dinerario dentro del plazo señalado en la sentencia, fallo u otros documentos legales, deberá pagar el doble de los intereses de la deuda durante el período de demora. actuación. Si el sujeto de ejecución no cumple con otras obligaciones dentro del plazo señalado en la sentencia, fallo u otros documentos legales, deberá pagar una multa por retraso en el cumplimiento.

Artículo 254: Después de que el Tribunal Popular adopte las medidas de ejecución previstas en los artículos 242, 243 y 244 de esta Ley, la persona será ejecutada. Si una persona aún no puede pagar su deuda, deberá continuar para cumplir con sus obligaciones. Si el acreedor descubre que la persona sujeta a ejecución tiene otros bienes, podrá solicitar la ejecución ante el Tribunal Popular en cualquier momento.

Artículo 255: Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal, el tribunal popular podrá tomar medidas contra ella o notificar a las unidades pertinentes para que le ayuden a tomar medidas para restringir a la persona de salir del país, registrar la falla en el sistema de información crediticia, y anunciar la falla a través de los medios de comunicación obligatorios y demás medidas exigidas por la ley.

Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre la Aplicación de la "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China" (Interpretación Fa [2015] No. 5)

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Artículo 484: Si el sujeto a ejecución, el representante legal, responsable o controlador efectivo del sujeto a ejecución que debe aceptar la investigación e interrogatorio se niega a comparecer sin motivos justificables después de haber sido convocado de conformidad con la ley, el Tribunal Popular podrá ser convocado al lugar.

El tribunal popular llevará a cabo con prontitud una investigación e investigación sobre la persona detenida, y el tiempo de investigación e investigación no excederá de ocho horas; si la situación es complicada y se pueden tomar medidas de detención de acuerdo con la ley, el tiempo de investigación e investigación no excederá; veinticuatro horas. Cuando un tribunal popular adopta medidas de citación fuera de su jurisdicción, puede citar a la persona que será citada ante el tribunal popular local, y el tribunal popular local le prestará asistencia. Artículo 485 El tribunal popular tiene derecho a preguntar sobre la identidad y la información patrimonial de la persona sujeta a ejecución y las unidades que tengan información relevante deben manejarla de acuerdo con el aviso de asistencia en la ejecución. Artículo 486: El tribunal popular no podrá disponer de los bienes sujetos a ejecución sin sellarlos, detenerlos o congelarlos. Para diversos tipos de bienes que pueden deducirse directamente, como los depósitos bancarios, la decisión de deducción del tribunal popular también tiene el efecto legal de congelación. Artículo 487 El plazo para que el tribunal popular congele los depósitos bancarios de la persona sujeta a ejecución no excederá de un año, el período para sellar o retener bienes muebles no excederá de dos años, y el período para sellar o congelar bienes inmuebles los demás derechos de propiedad no excederán de tres años. Si la persona que solicita la ejecución solicita una extensión del plazo, el tribunal popular se encargará de los procedimientos de renovación para sellar, incautar o congelar antes de que expire el plazo para sellar, detener o congelar, y el período de renovación no excederá el plazo señalado en el párrafo anterior. El Tribunal Popular también puede ocuparse de la continuación de los procedimientos de sellado, incautación y embargo de conformidad con su autoridad. Artículo 488 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 247 de la Ley de Procedimiento Civil, si el Tribunal Popular necesita subastar los bienes de la persona sujeta a ejecución durante la ejecución, el Tribunal Popular podrá organizar la subasta por sí solo o podrá encomendarla. a un martillero con habilitación correspondiente en Subasta Institucional. Si la propiedad se presenta a una agencia de subastas para su subasta, el Tribunal Popular supervisará las actividades de la subasta. Artículo 489: Si la valoración de la subasta requiere inspección e inspección in situ, el tribunal popular ordenará a la persona sujeta a ejecución y a la persona obligada a asistir a cooperar. Si la persona sujeta a ejecución o la persona con la obligación de ayudar no coopera, el tribunal popular podrá ejecutar la ejecución. Artículo 490: Si el Tribunal Popular necesita vender los bienes de la persona sujeta a ejecución durante la ejecución, podrá entregarlos a la unidad correspondiente para su venta, o el Tribunal Popular podrá venderlos directamente. El Tribunal Popular o su personal no podrán comprar la propiedad vendida. Artículo 491 Con el consentimiento del ejecutante y del sujeto de ejecución, y sin lesionar los derechos e intereses legítimos de los demás acreedores y los intereses del público, el tribunal popular podrá valorar directamente los bienes del sujeto de ejecución. sin remate ni venta presentarlo a la persona que solicita la ejecución para saldar la deuda. El sujeto de ejecución seguirá pagando las deudas restantes. Artículo 492 Si los bienes del ejecutado no pueden ser rematados o vendidos, con el consentimiento del ejecutante y sin lesionar los derechos e intereses legítimos de los demás acreedores y los intereses del público, el tribunal popular podrá fijar el precio de los mismos. propiedad y entregarla la persona que solicita la ejecución pagará la deuda o la entregará a la persona que solicita la ejecución para su administración, si la persona que solicita la ejecución se niega a aceptarla o administrarla, será devuelta a la persona sujeta a la ejecución; ejecución. Artículo 493: Si se concluye una subasta o se ha de saldar una deuda con una cosa conforme a los procedimientos legales, la propiedad de la cosa se transfiere cuando la sentencia de subasta o redención de la deuda se entrega al comprador o al acreedor que aceptó la deuda. Artículo 494 Si el objeto de la ejecución es un objeto determinado, se ejecutará el objeto original. Si efectivamente la cosa original se daña o se pierde, se podrá realizar una indemnización a un precio rebajado con el consentimiento de ambas partes. Si las dos partes no pueden llegar a un acuerdo sobre la compensación descontada, el tribunal popular pondrá fin al procedimiento de ejecución. La persona que solicita la ejecución puede demandar por separado. Artículo 495: Si otra persona posee los bienes o letras señalados en el documento legal para su entrega, y el Tribunal Popular se niega a entregar la notificación después de haber emitido una notificación de asistencia en la ejecución de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 2 y 3 del artículo. 249 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, puede ejecutarse y tramitarse de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Si bienes o documentos se dañan o se pierden estando otros en posesión de ellos, se procederá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 494 de esta Interpretación. Si otros afirman poseer legalmente bienes o letras, podrán oponer objeciones a la ejecución de conformidad con el artículo 227 de la Ley de Procedimiento Civil. Artículo 496 Si durante la ejecución la persona sujeta a ejecución oculta bienes, libros de contabilidad y otra información, el Tribunal Popular podrá tramitar el caso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111, párrafo 1, inciso 6 de la Ley de Procedimiento Civil. A la ejecución también se le debe ordenar la entrega de bienes ocultos, libros de contabilidad y otra información. Si la persona ejecutada se niega a entregarla, el tribunal popular puede tomar medidas de búsqueda. Artículo 497: El personal de búsqueda deberá vestir conforme a los reglamentos y presentar órdenes de búsqueda y certificados de trabajo.

Artículo 498: Durante el registro, el tribunal popular prohíbe la entrada al lugar de registro a personas no relacionadas si el objeto del registro es un ciudadano, se notificará al ejecutado o a sus familiares adultos y a las organizaciones de base para que envíen personal al lugar; en el lugar de los hechos, si el objeto de la búsqueda es una persona jurídica u otra organización, se notificará al representante legal o responsable para que esté presente; Si se niega a aparecer, la búsqueda no se verá afectada. Los registros de los cuerpos de las mujeres deben estar a cargo de agentes encargados de hacer cumplir la ley. Artículo 499: Los bienes descubiertos durante el registro que deban ser sellados o detenidos conforme a la ley, se manejarán conforme a lo dispuesto en el artículo 245, párrafo 2, y en el artículo 247 de la Ley de Procedimiento Civil. Artículo 500 Se levantará un acta de búsqueda, la cual será firmada, sellada o sellada por el personal de búsqueda, la persona buscada y las demás personas presentes. Quien se niegue a firmar, sellar o sellar se hará constar en el acta de búsqueda. Artículo 501: Cuando el tribunal popular haga valer los derechos del acreedor debido de la persona sujeta a ejecución contra otra persona, podrá dictar sentencia para congelar los derechos del acreedor y notificar a la otra persona que realice la prestación a la persona que solicita la ejecución. Si la otra persona tiene objeciones a los derechos del acreedor debido y la persona que solicita la ejecución solicita hacer cumplir la parte de objeción, el Tribunal Popular no la apoyará. Si una parte interesada tiene objeciones a los derechos del acreedor debido, el Tribunal Popular tramitará el asunto de conformidad con el artículo 227 de la Ley de Procedimiento Civil. Si la otra parte niega los derechos del acreedor debido determinados en el documento legal vigente, el tribunal popular no lo admitirá. Artículo 502 Si el tribunal popular necesita manejar los procedimientos de transferencia de certificados de bienes raíces, certificados de tierras, certificados de derechos forestales, certificados de patentes, certificados de marcas, licencias de vehículos y embarcaciones y otros certificados de derechos de propiedad relevantes durante la ejecución, podrá seguir el artículo 251 del Ley de Enjuiciamiento Civil. Se dictan disposiciones para su tramitación. Artículo 503: Si la persona sujeta a ejecución no cumple las obligaciones de conducta especificadas en el documento legal vigente, y la obligación puede ser cumplida por otra persona, el tribunal popular puede seleccionar una persona para que cumpla en su nombre si existen leyes o reglamentos administrativos; restringir las calificaciones para el cumplimiento de las obligaciones de conducta, el tribunal popular seleccionará a las personas calificadas. Si es necesario, el ejecutor podrá determinarse mediante licitación. La persona que solicita la ejecución puede recomendar a un artista entre los que cumplan las condiciones, o puede solicitar realizar la ejecución él mismo. La aprobación o no será decidida por el Tribunal Popular. Artículo 504: El monto de los honorarios de ejecución será determinado por el tribunal popular en función de las circunstancias específicas del caso, y será pagado por adelantado por el sujeto de ejecución dentro del plazo designado. Si la persona sujeta a ejecución no paga por adelantado, el tribunal popular puede exigir la ejecución de la tasa. Una vez finalizada la ejecución, el sujeto de la ejecución puede consultar y copiar la lista de gastos y los comprobantes principales.

Artículo 505: Si el sujeto a ejecución no realiza la conducta especificada en el documento legal, y la conducta sólo puede ser cumplida por el sujeto a ejecución, el Tribunal Popular podrá, de conformidad con el artículo 111 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Se estará a lo dispuesto en el apartado 1, punto 6. Si la persona sujeta a ejecución aún no cumple con el plazo de ejecución determinado por el Tribunal Popular, el Tribunal Popular podrá volver a tramitar el caso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111, párrafo 1, punto 6 de la Ley de Procedimiento Civil. Artículo 506: Si el ejecutado retrasa el cumplimiento, el interés o pago de demora por el período de cumplimiento retrasado se computará a partir de la fecha de vencimiento del plazo de cumplimiento señalado en la sentencia, providencia y demás documentos legales. Artículo 507 Si el sujeto de ejecución no cumple con las obligaciones de pago no dinerarias dentro del plazo señalado en la sentencia, fallo u otros documentos legales, deberá pagar una tasa de cumplimiento por demora independientemente de que se hayan causado pérdidas a la persona que solicita la ejecución. . Si se ha causado una pérdida, la persona que solicita la ejecución será compensada con el doble de la pérdida ya sufrida; si no se ha causado ninguna pérdida, el tribunal popular podrá determinar la demora en el cumplimiento de la multa en función de las circunstancias del caso específico. Artículo 508 Si la persona sujeta a ejecución es un ciudadano u otra organización, una vez iniciado el procedimiento de ejecución, si otros acreedores de la persona sujeta a ejecución que hayan obtenido la base para la ejecución descubren que los bienes de la persona sujeta a ejecución no pueden pagar todas sus reclamaciones, podrán solicitar al Tribunal Popular que participe en la distribución. Los acreedores que tengan prioridad y derechos de garantía sobre bienes sellados, retenidos o congelados por el tribunal popular pueden solicitar directamente participar en la distribución y reclamar prioridad en el pago. Artículo 509 Para solicitar participar en la asignación, el solicitante deberá presentar un formulario de solicitud. La solicitud expresará los hechos y motivos por los que participó en la distribución y la persona sujeta a ejecución no pudo pagar todas las reclamaciones, y se acompañará de las bases de ejecución. La solicitud de participación en la distribución deberá presentarse después de que comience el procedimiento de ejecución y antes de que finalice la ejecución de los bienes de la persona sujeta a ejecución. Artículo 510 Durante la ejecución de la participación en la distribución, una vez deducidos de los honorarios de ejecución el producto de la ejecución y liquidados los créditos que deban pagarse con prioridad, los créditos ordinarios se pagarán, en principio, en proporción a su proporción con el monto total de las reclamaciones solicitadas para participar en la distribución. La persona sujeta a la ejecución seguirá pagando la deuda restante después del reembolso. Si el acreedor descubre que la persona sujeta a ejecución tiene otros bienes, podrá solicitar la ejecución ante el Tribunal Popular en cualquier momento.

Artículo 511: Si varios acreedores solicitan participar en la distribución de los bienes de ejecución, el tribunal de ejecución preparará un plan de distribución de bienes y lo entregará a cada acreedor y al sujeto de ejecución. Si el acreedor o el sujeto de ejecución tuviere alguna objeción al plan de distribución, deberá presentar una objeción por escrito al tribunal de ejecución dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción del plan de distribución. Artículo 512 Si un acreedor o sujeto a ejecución formula objeción por escrito al plan de distribución, el tribunal de ejecución lo notificará al acreedor o sujeto a ejecución que no haya formulado objeción alguna. Si los acreedores o sujetos a ejecución que no hayan formulado objeciones no las formularen dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la notificación, el tribunal de ejecución revisará y modificará el plan de distribución con base en las opiniones de los disidentes y efectuará la distribución; si se presentan objeciones, se notificará a los disidentes. El oponente podrá presentar demanda ante el tribunal de ejecución dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la notificación, teniendo como demandado al acreedor objetante y al sujeto de ejecución si el oponente no presenta la demanda dentro del plazo; El tribunal de ejecución hará la distribución según el plan de distribución original. Si la distribución se realiza durante el litigio, el tribunal de ejecución depositará los fondos correspondientes al importe de las reclamaciones en litigio. Artículo 513 Durante la ejecución, si la empresa persona jurídica como sujeto de ejecución cumple las circunstancias especificadas en el artículo 2, párrafo 1 de la Ley de Quiebras de Empresas, el tribunal de ejecución decidirá suspender la ejecución con el consentimiento de una de las personas que lo soliciten. para la ejecución o la persona sujeta a ejecución Para la ejecución de la persona sujeta a ejecución, los materiales pertinentes del caso de ejecución se trasladarán al Tribunal Popular del lugar donde tenga su domicilio la persona sujeta a ejecución. Artículo 514 El tribunal popular del lugar de domicilio de la persona sujeta a ejecución deberá, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de los materiales pertinentes del caso de ejecución, notificar al tribunal de ejecución su decisión sobre la aceptación del caso de quiebra. Si el caso no es aceptado, los materiales pertinentes del caso se devolverán al tribunal de ejecución. Artículo 515: Si el tribunal popular del lugar del domicilio del sujeto a ejecución decide aceptar el caso de quiebra, el tribunal de ejecución levantará las medidas de preservación de los bienes del sujeto a ejecución. Si el Tribunal Popular del lugar del domicilio del sujeto a ejecución decide declarar en quiebra al sujeto a ejecución, el tribunal de ejecución decidirá poner fin a la ejecución del sujeto a ejecución. Si el tribunal popular del lugar del domicilio de la persona sujeta a ejecución no acepta el caso de quiebra, el tribunal de ejecución reanudará la ejecución. Artículo 516: Si las partes no se ponen de acuerdo en trasladar el caso de quiebra o el tribunal popular del lugar del domicilio del sujeto a ejecución no acepta el caso de quiebra, el tribunal de ejecución, después de deducir los gastos de ejecución y pagar el reclamaciones de prioridad, se pronunciará sobre las reclamaciones ordinarias con respecto a los bienes obtenidos de la ejecución, el reembolso se hará en el orden en que los bienes sean embargados, detenidos y congelados durante la conservación y ejecución de los bienes. Artículo 517 Si un acreedor solicita al tribunal popular que continúe la ejecución de conformidad con el artículo 254 de la Ley de Procedimiento Civil, no está sujeto al plazo de prescripción para solicitar la ejecución conforme al artículo 239 de la Ley de Procedimiento Civil. Artículo 518: Si el sujeto a ejecución incumple las obligaciones especificadas en el documento legal, el tribunal popular, además de sancionar al sujeto a ejecución, también podrá incluir al sujeto a ejecución en la lista de personas deshonestas sujetas a ejecución basada en las circunstancias La información sobre el cumplimiento de las obligaciones deberá ser reportada a la unidad donde trabajan, agencias de informes crediticios y otras agencias relevantes. Artículo 519: Si después de una investigación patrimonial no se encuentra ningún bien apto para la ejecución, el procedimiento de ejecución podrá darse por terminado después de la firma del solicitante de la ejecución o de la confirmación por una junta colegiada formada por el tribunal de ejecución y la aprobación del presidente. Una vez terminada la ejecución de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, si el solicitante de la ejecución comprueba que el sujeto de la ejecución tiene bienes disponibles para la ejecución, podrá solicitar nuevamente la ejecución. La nueva solicitud no está sujeta al período de prescripción para la ejecución de la solicitud.

Artículo 520: Terminada la ejecución por cancelación de la solicitud, si la parte solicita nuevamente la ejecución dentro del plazo de prescripción de la solicitud de ejecución previsto en el artículo 239 de la Ley de Procedimiento Civil, el Pueblo El tribunal aceptará la solicitud. Artículo 521: Dentro de los seis meses siguientes a la finalización de la ejecución, si el sujeto de ejecución u otras personas han obstruido el objeto de la ejecución, el tribunal popular podrá eliminar la obstrucción previa solicitud, y podrá, de conformidad con el artículo 110 del Procedimiento Civil. Ley. Una disposición impone sanciones. Si el comportamiento obstructivo causa pérdidas al acreedor ejecutante o a otras personas, la víctima puede demandar por separado.