¿Cuáles son los estándares de certificación de EUP?
La Directiva EuP estipula que los productos que consumen energía incluidos en las medidas de implementación deben llevar la marca CE antes de que puedan ingresar al mercado de la UE. Antes de obtener la marca CE, el fabricante o su representante autorizado debe tomar medidas para garantizar que el producto haya pasado la evaluación de la conformidad de acuerdo con el contenido y los procedimientos de las especificaciones de las medidas de implementación, preparar documentos técnicos relacionados con la evaluación de la conformidad del producto y emitir un certificado CE. declaración de conformidad.
La Directiva EuP estipula que las medidas de implementación deben permitir a los fabricantes elegir entre los dos modos de evaluación de la conformidad: "control interno del diseño" (Anexo IV de la Directiva) y "sistema de gestión ambiental" (Anexo V de la Directiva). Directiva) según sea necesario 1. Llevar a cabo la evaluación del producto. Sin embargo, los fabricantes deben presentar los documentos técnicos pertinentes y los resultados de las pruebas para verificar la autenticidad de su evaluación de la conformidad. Si un fabricante adopta el modelo de "control interno de diseño", los documentos técnicos relevantes incluyen principalmente siete aspectos: descripción de los productos que consumen energía, resultados de los estudios de evaluación ambiental, resumen ecológico del producto o grupo de productos, elementos de especificación del diseño del producto y correlación. con elementos ambientales, una lista de estándares aplicables u otros estándares armonizados o métodos alternativos utilizados para demostrar el cumplimiento, información y resultados de medición requeridos por los usuarios y agencias de procesamiento si se selecciona "Sistema de Gestión Ambiental", el fabricante está obligado a proporcionar información ambiental del producto; política de desempeño, un marco para formular objetivos e indicadores de desempeño ambiental del producto y un plan para establecer documentos de procedimiento relevantes. En términos de implementación, se deben establecer y mantener los elementos ambientales centrales que expresan el sistema de gestión y la gestión de toda la información documental necesaria. . Los fabricantes deben tomar las medidas necesarias para garantizar que los productos que consumen energía sean consistentes con sus especificaciones de diseño y las medidas de implementación aplicables, algo similar a la certificación del sistema ambiental.
El contenido de la Declaración CE de Conformidad (Anexo VI de la Directiva) debe incluir el nombre y dirección del fabricante o representante autorizado, descripción del modelo, adopción de normas armonizadas, adopción de otras normas o especificaciones técnicas. , y otras normativas europeas relacionadas con la colocación del marcado CE ***Leyes corporativas, etc.
Los documentos relacionados con la evaluación de la conformidad y la declaración CE de conformidad deben conservarse durante 10 años después de que se fabrique el último producto EuP para su inspección por parte de las agencias supervisoras de los estados miembros de la UE. Presentarlos dentro de los 10 días posteriores a la solicitud de la autoridad supervisora. Si el fabricante de PUE no se encuentra en la UE y no tiene un representante autorizado en la UE, su importador debe asumir la responsabilidad legal de garantizar que los productos relevantes pasen la evaluación de conformidad y guarden los documentos relacionados con la evaluación y la declaración CE de conformidad. .
Además de los métodos anteriores, la Directiva PUE también estipula otras condiciones para inferir el cumplimiento de la directiva: es decir, si el producto PUE obtiene la etiqueta ecológica "Flor europea" (el sistema de etiquetado es basado en el Reglamento de la Unión Europea EC No. 1980/2000), se considerará que cumple con las medidas de implementación de la Directiva EuP. Además, también se puede considerar que los productos que han obtenido otras etiquetas ecológicas existentes cumplen los requisitos de la directiva después de haber sido evaluados de acuerdo con las medidas de implementación.
La Directiva PUE estipula que cada estado miembro designará agencias de supervisión para ejercer poderes de supervisión del mercado sobre los productos consumidores de energía que ingresan al mercado. Los organismos de supervisión suelen ejercer su poder en tres aspectos: en primer lugar, pueden inspeccionar los productos que consumen energía dentro de las medidas de implementación e instruir a los fabricantes para que retiren los productos que no cumplan los requisitos; en segundo lugar, exigen a las partes pertinentes que proporcionen la información necesaria; tener la capacidad de tomar muestras del mercado y la autoridad para realizar inspecciones de cumplimiento. Cada estado miembro tiene la obligación de notificar rápidamente a la Comisión Europea y a otros estados miembros la información obtenida. Esto significa que cuando se prohíbe la entrada de un producto que consume energía al mercado de uno o varios estados miembros de la UE, el producto tampoco podrá ingresar al mercado de otros estados miembros de la UE.
La directiva EuP es la Directiva de la UE nº 2005/32/CE sobre "Establecimiento de un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico para productos que utilizan energía". Es otra directiva medioambiental de la Unión Europea siguiendo las directivas WEEE y RoHS. La UE planea formular un marco legal para los productos que consumen energía a través de la Directiva EuP, que los estados miembros de la UE convertirán en leyes nacionales para que los productos que consumen energía que cumplan con los requisitos puedan circular libremente en el mercado de la UE, evitando así la diferencias en las leyes de diseño ecológico de productos que consumen energía en diferentes países y crean barreras comerciales o competencia desleal. Y mediante la formulación de leyes, se alienta a los fabricantes a seguir mejorando el impacto general de los productos que consumen energía en el medio ambiente identificando las principales fuentes de impactos negativos en el medio ambiente y evitando la transferencia de contaminación sin aumentar excesivamente los costos.
La Directiva EuP se publicó oficialmente en la revista oficial de la UE el 22 de julio de 2005, y se requirió que cada estado miembro completara la transformación legislativa interna de la directiva antes del 11 de agosto de 2007.
La Directiva EuP se basa en la actual Política de Integración de Productos (IPP) de la UE, que reduce el daño ambiental en todas las etapas y protege los recursos optimizando el diseño de todas las etapas y adoptando tecnologías respetuosas con el medio ambiente. Dado que más del 80% del impacto ambiental depende de la etapa de diseño del producto, el diseño ecológico surgió como lo requieren los tiempos y se ha convertido en un concepto central del diseño de productos ecológicos. En un sentido estricto, el diseño ecológico se refiere a la incorporación de factores ambientales y medidas de prevención de la contaminación en el diseño del producto durante la etapa de diseño, tomando el desempeño ambiental como objetivo del diseño y punto de partida del producto, y esforzándose por minimizar el impacto del producto en el medio ambiente. . Este es el mismo propósito que la directiva EuP. El diseño ecológico abandona el concepto tradicional de diseño de producto y se centra en considerar los atributos ambientales del producto (uso de recursos naturales, impacto ambiental y desmontaje, desmontaje, etc.) durante todo el ciclo de vida de las materias primas del producto, diseño, fabricación, ventas. , uso y eliminación, embalaje y reutilización, etc.) como objetivos de diseño, otorgando al medio ambiente el mismo estatus en el proceso de diseño que los valores industriales tradicionales como el beneficio, la funcionalidad, la estética, la ergonomía, la imagen y las habilidades generales. y Al mismo tiempo que cumplimos con los requisitos de los objetivos ambientales, también debemos considerar garantizar las funciones básicas, la vida útil, la economía, la seguridad y la calidad del producto en paralelo.
El 31 de octubre de 2009, la Comisión Europea publicó una reescritura de la Directiva EuP (2005/32/CE) en su Diario Oficial DO: "Marco para establecer requisitos de diseño ecológico para productos relacionados con la energía" ( 2009/125/CE).
2009/125/EC revisó la actual Directiva EuP y reemplazará la actual Directiva EuP una vez que entre oficialmente en vigor. Un cambio distintivo en 2009/125/CE es la expansión de los productos que consumen energía en 2005/32/CE a productos relacionados con la energía. Sin embargo, algunos de los contenidos principales de 2005/32/CE, como el establecimiento de medidas de implementación, el establecimiento de requisitos de diseño ecológico generales y especiales, procedimientos de evaluación de la conformidad, planes de trabajo y el establecimiento de foros de consulta, no han cambiado significativamente.
2010-1-14 11:45 Responder
Detección de PFOS
Piso 8
Últimas noticias de EuP
1. En marzo de 2009, se publicó un borrador de medida de implementación para los requisitos de diseño ecológico para motores eléctricos. Para obtener más información, consulte "Requisitos de diseño ecológico de motores eléctricos".
2. El 24 de marzo de 2009, la Comisión Europea publicó el “Reglamento (CE) nº 245/2009 de la Comisión” en las páginas 17 a 44 de su Diario Oficial DO L 76, sin lastre integrado Requisitos de diseño ecológico para lámparas fluorescentes, lámparas de descarga de gas de alta intensidad y los balastos y lámparas que las hacen funcionar, y aplicar la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y al mismo tiempo derogar la Directiva 2000/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. El reglamento entrará oficialmente en vigor a los veinte días de su publicación en el DO. Para obtener más información, consulte "Las medidas de implementación de lámparas fluorescentes de un solo extremo y doble extremo EuP y lámparas de descarga de gas de alta intensidad anunciadas oficialmente por la Unión Europea".
3. El 24 de marzo de 2009, la Comisión Europea publicó el “Reglamento (CE) nº 244/2009 de la Comisión en las páginas 3 a 16 de su Diario Oficial DO L 76, relativo al diseño ecológico de no direccionales. Lámparas domésticas" Requisitos e implementación de la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. El reglamento entrará oficialmente en vigor a los veinte días de su publicación en el DO. Para obtener más información, consulte "Medidas de implementación de iluminación doméstica no direccional EuP de la Unión Europea anunciadas oficialmente".
4. El 5 de febrero de 2009, la Comisión Europea anunció el Reglamento (CE) nº 107/2009 de la Comisión en las páginas 8 a 14 de su Diario Oficial DO L 36, relativo a los requisitos de diseño ecológico para conjuntos simples. -cajas superiores, implementan la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. Para obtener más información, consulte las "Medidas de implementación de requisitos de diseño ecológico para decodificadores simples de la Directiva EuP publicadas oficialmente".
5. El 18 de diciembre de 2008, la Comisión Europea publicó el Reglamento (CE) nº 1275/2008 de la Comisión en las páginas 45 a 52 de su Diario Oficial DO L 339, relativo a la electrónica para uso doméstico y de oficina. Los requisitos de diseño ecológico para el consumo de energía en los modos de espera y apagado de equipos eléctricos implementan la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, que marca la introducción oficial de la primera medida de implementación de la Directiva EuP de la UE. Para obtener más información, consulte "Medidas de implementación de requisitos de diseño ecológico de consumo de energía en espera de apagado de instrucciones EuP publicadas oficialmente".
2010-1-14 11:46 Responder
Detección de PFOS
Piso 9
La directiva EuP no es una directiva para productos requisitos, sino que es sólo una directiva marco. De conformidad con las disposiciones pertinentes de esta directiva, la UE ha formulado otras directivas sobre los requisitos de diseño ecológico que deben cumplir ciertos tipos de productos que consumen energía, denominadas "medidas de implementación".
El artículo 15 de la Directiva EuP estipula los principios de que los productos que consumen energía para los cuales se deben considerar medidas de implementación:
Tener una determinada escala de ventas y comercio en el mercado de la UE (200.000 conjuntos por año y más);
Este producto tiene un impacto significativo en el medio ambiente (como las cuatro áreas principales de impacto significativo en el medio ambiente mencionadas en el VI Plan de Medio Ambiente de la UE: cambio climático, natural y diversidad de especies biológicas, salud ambiental y calidad de vida, recursos naturales y residuos);
Tiene un gran potencial para mejorar el impacto ambiental sin aumentar costos excesivos.
Además, también hay que tener en cuenta las políticas prioritarias medioambientales de la UE (como las emisiones de gases de efecto invernadero).
2010-1-14 11:47 Responder
Prueba de PFOS
Piso 10
La formulación de medidas de implementación comenzará desde la ciclo de vida del producto A partir del ciclo se analizan los factores de impacto ambiental y la viabilidad de mejorar el desempeño ambiental y luego se realizan evaluaciones de aspectos competitivos como innovación, acceso al mercado, costo y beneficio, teniendo en cuenta el impacto ambiental, los consumidores; y el medio ambiente, incluida la influencia de las pequeñas y medianas empresas. Además, la UE exige que la aplicación de medidas que mejoren el rendimiento medioambiental de los productos no tenga un impacto negativo significativo en los consumidores, especialmente en su poder adquisitivo y en el coste del ciclo de vida del producto, y que no tenga un impacto significativo; impacto negativo en los consumidores Debería haber un impacto negativo claro en la competitividad de los fabricantes, incluidos los mercados fuera de la UE.
El artículo 21 de la Directiva EuP adopta la revisión de varias directivas sobre productos consumidores de energía que implican requisitos mínimos de consumo energético, especificando las actuales directivas 92/42/CEE, 96/57/CE y 2000/55/CE. respectivamente, se convierte en una medida de implementación para la eficiencia energética en el uso de calderas de agua caliente residencial, refrigeradores domésticos y balastros de lámparas fluorescentes. Al mismo tiempo, cuando las directivas antes mencionadas como medidas de implementación sean revisadas o abolidas en el futuro, se implementarán de acuerdo con el marco del mecanismo de toma de decisiones especificado en el artículo 19(2) de la Directiva PUE.
Directiva 92/42/CEE sobre requisitos de eficiencia energética para calderas nuevas de agua caliente de gas o combustible líquido
Directiva 2000/55/CE sobre requisitos de eficiencia energética para balastos de lámparas fluorescentes
Directiva 96/57/CE sobre requisitos de eficiencia energética para refrigeradores, congeladores domésticos y sus conjuntos
El artículo 16 de la Directiva EuP estipula que mientras se implemente la directiva, la Comisión Europea A Debería desarrollarse un plan de trabajo para establecer una lista indicativa de grupos de productos para los próximos tres años tras la promulgación de la Directiva, que se considerarán prioritarios para la aprobación de las medidas de aplicación.
Qué tipo de productos o grupos de productos deben incluirse en la lista de instrucciones es el foco de todas las partes. Para ello, la Comisión Europea ha lanzado un proyecto de licitación "Estudio para preparar un primer plan de trabajo". Sobre la base de este estudio, la Comisión Europea emitió un plan de trabajo el 28 de enero de 2008 para desarrollar y adoptar medidas de implementación para los productos que consumen energía este año y el próximo. La Directiva EuP estipula requisitos ecológicos generales para los productos que consumen energía (Anexo I). de la Directiva) y Requisitos ecológicos especiales (Apéndice II de la Directiva), y en base a esto, se formulan características ecológicas específicas y especificaciones de medidas de implementación para productos específicos (Apéndice VII de la Directiva).
Los fabricantes e importadores de la UE ajustan sus productos de acuerdo con esta especificación específica. Si cumplen con los requisitos, pueden comercializarse en todo el mercado de la UE. De lo contrario, sus productos serán prohibidos o sujetos a las sanciones correspondientes.
El documento de requisitos ecológicos generales no establece valores específicos, sino que sólo establece un punto de referencia global. Requiere considerar diferentes etapas del ciclo de vida del producto, como la adquisición de materias primas, procesos de fabricación, embalaje, transporte y distribución, instalación y mantenimiento, uso y etapas de eliminación al final de su vida útil, y realizar una evaluación de las siguientes términos ecológicos básicos:
Consumo previsto de materiales, energía y otros recursos (como agua);
Contaminación prevista del aire, el agua o el suelo; contaminación causada por otros medios como ruido, vibraciones, radiación, campos electromagnéticos, etc. contaminación;
Residuos estimados, etc.
Considerar la posibilidad de reutilización de materiales y energía, reciclaje; y recuperación en conjunto con la directiva WEEE.
Los parámetros de medición específicos incluyen:
El peso y volumen del producto
El uso de materiales reciclados
La totalidad del producto; ciclo de vida Consumo total de energía;
Uso de sustancias peligrosas;
Consumo de uso y mantenimiento;
Facilidad de reciclaje y reutilización (tipo y cantidad de materiales, Estándar). componentes, tiempo de desmontaje);
Compatibilidad con componentes antiguos;
Evitar dificultades en la tecnología de reciclaje
Extensión de la vida útil del producto; >Generación y emisión de residuos peligrosos;
Emisiones contaminantes al aire, agua y suelo;
Para su procesamiento y uso e instrucciones importantes para su reciclaje.
Los requisitos ecológicos especiales se centran más en los requisitos cuantitativos, y el proceso de establecimiento se muestra en la siguiente figura:
Para un producto específico, el comité evalúa varios productos similares actualmente en el mercado. Se analizan los modelos de productos desde los aspectos técnicos y económicos para seleccionar modelos representativos y proponer diversas opciones de mejora ambiental, al mismo tiempo, se determinan las mejores tecnologías existentes, los mejores productos y la referencia a estándares en diversas legislaciones requeridas; Luego se analiza y estudia la viabilidad económica y técnica, se derivan métodos de implementación específicos y se proponen requisitos numéricos específicos, como límites en el consumo de energía y materiales. Por ejemplo, analizando diversas lavadoras del mercado, podemos seleccionar el mejor producto desde el punto de vista técnico y económico, como es la lavadora modelo X (A-X) de la marca A, y luego proponer opciones de mejora ecológica y ambiental del mismo. Luego se estudia si son factibles las mejoras basadas en esta marca y modelo de lavadora, y finalmente se obtiene un valor requerido específico, como los valores límite de consumo de energía, consumo de agua y descarga de aguas residuales, forma, tamaño, peso, etc. Entonces, todas las lavadoras deben cumplir los requisitos del modelo mejorado de esta lavadora A-X antes de poder comercializarse en la UE.
El 18 de diciembre de 2008, la Comisión Europea publicó el "Reglamento (CE) nº 1275/2008 de la Comisión" en las páginas 45 a 52 de su Diario Oficial DO L 339, relativo a aparatos eléctricos y electrónicos para el hogar y uso en oficinas. Los requisitos de diseño ecológico para el consumo de energía en los modos de espera y apagado implementan la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, que marca la introducción oficial de la primera medida de implementación de la directiva EuP de la UE. Este reglamento establece requisitos específicos para el diseño ecológico del consumo de energía eléctrica en modo de espera y apagado para equipos electrónicos y eléctricos domésticos y de oficina.
La normativa exige que sus límites de consumo de energía se implementen en dos etapas:
Fase 1: Un año después de que la normativa entre en vigor, el consumo de energía en el modo de espera de apagado o reactivación no excederá 1 Watt, el consumo de energía en modo de espera con información o visualización de estado no deberá exceder de 2 W
Fase 2: 4 años después de que la regulación entre en vigor, el consumo de energía en modo de espera con apagado; o reactivación no deberá exceder los 0,5 W, mientras que el consumo de energía en modo de espera con información o visualización de estado no deberá exceder de 1 W.
En cuanto a los requisitos de información, los fabricantes deben proporcionar la siguiente información en sus documentos técnicos:
Datos sobre el consumo de energía (con precisión al segundo decimal); p>El método de medición utilizado;
Selección del modo del equipo o descripción del programa;
Instrucciones sobre el proceso de cambio automático de modos del equipo; Instrucciones de operación del equipo;
Parámetros durante las pruebas;
Descripción de las características del equipo con respecto a la evaluación del cumplimiento del modo de espera/apagado.
El 17 de octubre de 2008, el Comité de Ecodiseño y Etiquetado Energético de Productos que Utilizan Energía (EELEP) de la Unión Europea anunció el suministro de energía externo (External Power Supply) en la tercera reunión del EuP Proyecto de medidas de aplicación de la Directiva sobre Suministros Eléctricos (EPS). Este proyecto de medida de implementación reemplazará los materiales pertinentes de la reunión de trabajo en el cuarto foro de consulta celebrado el 22 de febrero de 2008.
Proyecto de medidas de implementación para los requisitos de diseño ecológico relacionados con el consumo de energía sin carga y la eficiencia operativa promedio de las fuentes de alimentación externas
Este borrador de medidas de implementación para las fuentes de alimentación externas *** tiene 10 elementos y 3 El anexo estipula el ámbito de aplicación de las fuentes de alimentación externas, los requisitos de diseño ecológico, los procedimientos de evaluación y verificación de la conformidad, etc. El alcance del producto no incluye convertidores de voltaje, sistemas de alimentación ininterrumpida (UPS), cargadores de energía, inversores de lámparas halógenas, fuentes de alimentación externas para dispositivos médicos, servicio postventa ni repuestos para las mismas fuentes de alimentación externas.
El 26 de septiembre de 2008, el Comité de Ecodiseño y Etiquetado Energético de Productos que Utilizan Energía (EELEP) celebró la segunda reunión de la Directiva PUE (2005/32/CE) Un proyecto de medida de implementación para sistemas simples Se anunció el lanzamiento de decodificadores. Este proyecto de medida de implementación reemplazará los materiales de la reunión de trabajo del cuarto foro de consulta celebrado el 22 de febrero de 2008.
Tabla de clasificación de aparatos eléctricos y electrónicos regida por las directivas RoHS y WEEE
Número de serie
Categoría de producto
Nombre del producto p>
1
Grandes electrodomésticos
Grandes aparatos de refrigeración, refrigeradores, congeladores, otros grandes electrodomésticos utilizados para la refrigeración, conservación y almacenamiento de alimentos, lavadoras, secadoras, lavavajillas, ollas arroceras, estufas eléctricas, placas eléctricas de cocción, hornos microondas, otros aparatos grandes para cocinar y procesar alimentos, calentadores eléctricos, calentadores eléctricos, otros aparatos grandes para calentar habitaciones, camas y asientos, ventiladores eléctricos, aparatos de aire acondicionado, otros sopladores, ventilación y equipos de aire acondicionado
2
Pequeños electrodomésticos
Aspiradoras, barredoras de alfombras, otros aparatos de limpieza, para coser, tejer y otros equipos de procesamiento de tejidos, planchas y planchado de ropa, planchado y otros equipos para el cuidado de la ropa, tostadoras, sartenes eléctricas, molinillos, máquinas de café y equipos para abrir o sellar recipientes o paquetes, cuchillos eléctricos, corte de cabello, secado del cabello, cepillado de dientes, afeitado, masajes y otros cuidados corporales aparatos, relojes eléctricos, relojes electrónicos y otros dispositivos para medir, visualizar o registrar el tiempo, balanzas electrónicas
3
Equipos de información y comunicación
Procesadores centrales de datos, computadoras personales, impresoras, fotocopiadoras, máquinas de escribir eléctricas y electrónicas, calculadoras de escritorio y de bolsillo y otros productos que utilizan medios electrónicos para recopilar, almacenar, procesar, visualizar o transmitir información, terminales y sistemas de usuario; teléfonos; teléfonos inalámbricos; sistemas de contestador automático; productos o equipos que transmiten sonido, imágenes u otra información a través de mensajes eléctricos
4
Productos de consumo
Radios, televisores, grabadoras de vídeo; grabadoras de alta fidelidad; reproductores de audio y vídeo; otros productos que graben o reproduzcan sonidos o imágenes o equipos; Equipos de iluminación (incluidas bombillas y aparatos de iluminación para uso doméstico)
Lámparas fluorescentes (excepto aparatos de iluminación para uso doméstico); lámparas fluorescentes compactas de descarga de alta intensidad, incluidas lámparas de sodio a presión; y lámparas de halogenuros metálicos; lámparas de sodio de baja presión; otros equipos de iluminación utilizados para difundir o controlar la luz (excepto bombillas de incandescencia)
6
Herramientas eléctricas y electrónicas (excepto herramientas industriales estáticas de gran tamaño) )
Taladros eléctricos; sierras eléctricas; máquinas de coser; tornear, fresar, lijar, esmerilar, aserrar, cortar, cizallar, taladrar madera, metal u otros materiales. Equipos para taladrar, perforar, doblar, doblar o similares. herramientas para clavar remaches, clavos o tornillos o para quitar remaches, clavos o tornillos; herramientas para soldar o para fines similares, equipos para esparcir, dispersar u otras herramientas de manipulación; p>7
Juguetes, equipos deportivos y de ocio
Trenes eléctricos o coches de carreras; consolas de juegos electrónicas portátiles; dispositivos de medición para ciclismo, buceo, carrera, remo, etc. .; equipos deportivos con componentes electrónicos o eléctricos; máquinas que funcionan con monedas
8
Equipos médicos (excepto productos implantados o infectados
Equipos de radioterapia; equipos cardíacos equipos de fluoroscopia; ventiladores pulmonares; equipos de medicina nuclear; equipos de laboratorio de diagnóstico en recipientes de vidrio; analizadores; otros equipos utilizados para detectar, prevenir, controlar, tratar y aliviar enfermedades y lesiones; 9
Instrumentos de control y vigilancia
p>
Detectores de humo; reguladores de calefacción; instrumentos de medición, pesaje o regulación para equipos domésticos o de laboratorio; instalaciones (por ejemplo, en paneles de control)
10
Máquinas expendedoras de bebidas calientes
Máquinas expendedoras de bebidas calientes o frías embotelladas o enlatadas; ; máquinas expendedoras de billetes de dinero; Todos los dispositivos que entregan automáticamente varios productos
Explicación: (8) y (9) los números de serie se colocan entre paréntesis, lo que indica que el artículo no está sujeto a la directiva RoHS. "Equipos electrónicos y eléctricos" (AEE) en la Directiva RoHS se refiere a equipos que dependen de campos electromagnéticos o actuales para su funcionamiento normal y a los equipos enumerados en la tabla anterior que pueden generar, transmitir y medir corrientes y campos electromagnéticos, y el voltaje de diseño de estos equipos son de corriente alterna no más de 1000 V, CC no más de 1500 V.
El éster de ftalato es el producto de la reacción del anhídrido ftálico y el alcohol. Es un tipo de producto químico sintético que puede tener un efecto suavizante y es uno de los plastificantes plásticos más utilizados. Se utiliza ampliamente en juguetes, productos infantiles, materiales de embalaje de alimentos, materiales de PVC, adhesivos, tintas, bolsas y mangueras para sangre médica, pisos y papeles pintados de vinilo, limpiadores, lubricantes, productos de cuidado personal (como esmaltes de uñas, lacas para el cabello, jabones y champús) y muchos otros productos. En los productos plásticos, los ftalatos de bajo peso molecular se utilizan principalmente como plastificantes para el acetato de celulosa y también sirven como disolventes; los de peso molecular de transición se utilizan generalmente para el acetato de polivinilo y como plastificantes en el nitrato de celulosa utilizado en; CLORURO DE POLIVINILO.
Los estudios de laboratorio muestran que la ingestión de altas dosis de ftalatos puede provocar daños en el sistema reproductivo de roedores como los ratones, siendo el daño más pronunciado en los roedores machos. Sin embargo, actualmente no hay evidencia de que los ftalatos puedan causar daños similares a los humanos. Aun así, los científicos y legisladores creen que deberían ser más cautelosos con la presencia de dichas sustancias en los juguetes y productos infantiles.
Basado en la teoría de la evaluación de riesgos y la directiva de la UE 67/548/EEC sobre la clasificación, envasado y etiquetado de ingredientes peligrosos, ftalato de di(2-etilhexilo) (DEHP), ftalato de dibutilo (DBP) y ftalato de fenilbutilo. (BBP) están clasificados como sustancias tóxicas para la reproducción de Categoría II.
2010-1-18 11:44 Responder
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Hidrocarburos aromáticos policíclicos (Aromáticos policíclicos hidrocarburos) El hidrocarburo aromático (PAH) es un tipo de hidrocarburo compuesto por múltiples anillos de benceno unidos entre sí y no contiene heteroátomos ni sustituciones de grupos.
La HAP es un tipo de hormona ambiental. Las hormonas ambientales son sustancias sintetizadas químicamente que se acumulan excesivamente en el cuerpo humano durante la vida diaria y la dieta y no se descomponen fácilmente. Cuando se acumulan en los órganos y tejidos del cuerpo durante mucho tiempo, causan trastornos endocrinos en el cuerpo humano y provocan trastornos físicos. retraso del crecimiento, trastornos del desarrollo y reducción de la capacidad de afrontamiento de la tensión y la presión, etc. En casos graves, puede causar daños a las células y órganos reproductivos, lo que provoca malformaciones y cáncer. Esto ha sido incluido en el borrador de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre contaminantes persistentes en órganos y tejidos, y también está incluido en la lista de la UE. sustancias que deben reducir las emisiones anuales.