Red de conocimiento del abogados - Cuestiones jurídicas del divorcio - ¿Qué debo hacer si mi marca comercial es cuestionada?

¿Qué debo hacer si mi marca comercial es cuestionada?

Subjetividad jurídica:

Tanto los titulares de derechos anteriores como los interesados ​​pueden presentar objeciones de marca. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Marcas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha del anuncio, el titular del derecho anterior o el interesado considera que la marca viola los párrafos 2, 3 y 3 del artículo 13, párrafo 15 de esta Ley. 1 del artículo 16, artículo 30, artículo 31 y artículo 32, o quien considere que viola los artículos 4, 10 y 11 de esta Ley, artículo 12.

Objetividad jurídica:

Artículo 33 de la “Ley de Marcas” Dentro de los tres meses siguientes a la fecha del anuncio, si el titular del derecho anterior o el interesado considera que la marca viola estas disposiciones. del párrafo 2 y el párrafo 3 del artículo 13, el párrafo 15 del artículo 16, el párrafo 1 del artículo 16, el artículo 30, el artículo 31 y el artículo 32 de la Ley, o cualquier persona que considere que hay una violación de los artículos 4, 10, 11, 12 y 19 de esta Ley, y si no hubiere objeción al vencimiento del plazo de convocatoria, se aprobará el registro, se expedirá un certificado de registro de marca y se anunciará la marca.