Primero hablemos de si las personas de instituciones públicas pueden ser abogados a tiempo parcial.
Si quieres trabajar a tiempo parcial, solicítalo según el artículo 6 de la Ley de Abogados.
¡Buena suerte!
Anexo: Disposiciones relevantes de la Ley de Abogados
Artículo 11 Los funcionarios públicos no podrán ejercer simultáneamente la profesión de abogado.
Los abogados que se desempeñan como miembros de los comités permanentes de los congresos populares en todos los niveles no deberán participar en litigios ni negocios de defensa durante su mandato.
Artículo 12 El personal dedicado a la enseñanza e investigación jurídica en colegios y universidades e instituciones de investigación científica que cumplan las condiciones previstas en el artículo 5 de esta Ley podrá, con el consentimiento de sus unidades, ser empleado de conformidad con el lo dispuesto en el artículo 6 de esta Ley de Procedimiento se aplicará al ejercicio de la profesión de abogado a tiempo parcial.
Artículo 6 Para postularse para ejercer la abogacía, se debe presentar una solicitud al departamento administrativo judicial del gobierno popular de una ciudad dividida en distritos o un municipio directamente dependiente del Gobierno Central, y los siguientes materiales deben ser presentado:
(1) Certificado de calificación del Examen Judicial Unificado Nacional;
(2) Materiales emitidos por el Colegio de Abogados que indiquen que el solicitante ha aprobado la evaluación de la pasantía;
(3) Prueba de identidad del solicitante;
(4) ) Un certificado emitido por una firma de abogados que se compromete a aceptar al solicitante.
Si solicita ejercer como abogado a tiempo parcial, también debe presentar prueba de que su empleador acepta la ocupación de abogado a tiempo parcial del solicitante.
El departamento que acepte la solicitud deberá realizar un examen dentro de los 20 días siguientes a la fecha de aceptación y presentar las opiniones del examen y todos los materiales de la solicitud al departamento administrativo judicial del gobierno popular de la provincia, región autónoma, o municipio directamente dependiente del Gobierno Central. El departamento administrativo judicial del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central revisará los materiales presentados dentro de los diez días siguientes a la fecha de recepción y tomará una decisión sobre si permite la práctica. Si al solicitante se le permite ejercer la abogacía, se le expedirá un certificado de ejercicio de la abogacía; si no se le permite ejercer la abogacía, se le dará una explicación por escrito de los motivos.
Artículo 7 Si el solicitante concurre alguna de las siguientes circunstancias, no se expedirá el título de abogado en ejercicio:
(1) Falta de capacidad para la conducta civil o capacidad limitada para la conducta civil;
(2) Los que hayan sido sancionados penalmente, salvo por delitos de negligencia;
(3) Los que hayan sido destituidos de cargos públicos o se les haya revocado el título de abogado para ejercer.