Disposiciones sobre poderes durante la etapa de instrucción de causas penales
En la etapa de investigación, las disposiciones sobre poderes para casos penales incluyen el artículo 38 de la Ley de Procedimiento Penal. Los abogados defensores pueden brindar asistencia legal a los sospechosos de delitos durante la etapa de investigación. Actuar en nombre de apelaciones y acusaciones; solicitar cambios en las medidas obligatorias; informar sobre el presunto delito del sospechoso y las circunstancias relevantes del caso a la agencia de investigación, y brindar opiniones.
Objetividad jurídica:
Artículo 38 de la Ley de Procedimiento Penal: Los abogados defensores pueden brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación; representar denuncias y acusaciones; solicitar cambios; la agencia de investigación sobre el delito del que se sospecha que se sospecha y las circunstancias relevantes del caso, y brindar opiniones. Artículo 39 Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los sospechosos de delitos y los acusados bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.