Red de conocimiento del abogados - Cuestiones jurídicas del divorcio - ¿El plazo de prórroga de la marca estipulado en la Ley de Marcas es de 6 meses o 12 meses? Vi en el video que 2015 se cambió a 12 meses. ¿Cuál tiene razón?

¿El plazo de prórroga de la marca estipulado en la Ley de Marcas es de 6 meses o 12 meses? Vi en el video que 2015 se cambió a 12 meses. ¿Cuál tiene razón?

De acuerdo con las disposiciones pertinentes del artículo 40 de la nueva Ley de Marcas: Si es necesario continuar utilizando una marca registrada después de que expire su período de validez, el solicitante del registro de la marca deberá pasar por los procedimientos de renovación de acuerdo con las regulaciones dentro de los doce meses anteriores a la caducidad, si no se ha cumplido durante este plazo, sí, podrá prorrogarse por seis meses; El período de vigencia de cada registro de renovación se computará a partir del día siguiente al vencimiento del último período de vigencia de la marca.

En comparación con la ley anterior, la Oficina de Marcas ha ampliado el tiempo de renovación de la marca para los solicitantes de registro de la marca de los 6 meses originales a 12 meses. El período de gracia después del vencimiento sigue siendo de 6 meses.