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Reglamento de protección laboral para empleadas 2022

Subjetividad jurídica: El artículo 1 del Reglamento Especial de Protección Laboral para las Empleadas de 2020 está formulado con el fin de reducir y solucionar las dificultades especiales de las empleadas debido a las características fisiológicas durante el trabajo de parto y proteger la salud de las empleadas. Artículo 2 Estos reglamentos se aplicarán a los empleadores y sus empleadas, como agencias estatales, empresas, instituciones, grupos sociales, organizaciones económicas individuales y otras organizaciones sociales dentro del territorio de la República Popular China y la República Popular China. Artículo 3 Los empleadores fortalecerán la protección laboral de las empleadas, tomarán medidas para mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral de las empleadas y brindarán capacitación en materia de seguridad y salud laboral a las empleadas. Artículo 4 El empleador deberá cumplir con las normas sobre el alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido realizar. El empleador deberá notificar a las empleadas por escrito sobre los puestos en la unidad que están dentro del alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido desempeñar. El alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido realizar se enumera en el apéndice de este reglamento. El departamento de administración y supervisión de la seguridad de la producción del Consejo de Estado, junto con el departamento administrativo de recursos humanos y seguridad social del Consejo de Estado y el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado, ajustarán el alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido realizar. basado en el desarrollo económico y social. Artículo 5 Los empleadores no reducirán los salarios, despedirán ni rescindirán los contratos de trabajo o de empleo de las empleadas por motivo de embarazo, parto o lactancia. Artículo 6 Si una empleada no puede adaptarse al trabajo original durante el embarazo, el empleador, basándose en el certificado de la institución médica, reducirá la carga de trabajo u organizará otro trabajo adaptable. Para las empleadas que estén embarazadas durante más de siete meses, el empleador no ampliará la jornada laboral ni organizará turnos nocturnos, y deberá disponer de un determinado período de descanso durante la jornada laboral. Si una empleada embarazada se somete a un control prenatal durante el horario laboral, el tiempo requerido se incluirá en el tiempo de trabajo. Artículo 7 Las empleadas tienen derecho a 98 días de licencia de maternidad al dar a luz, incluidos 15 días antes del parto; en caso de parto difícil, se concederán 15 días adicionales de licencia de maternidad en caso de parto múltiple; Se proporcionarán días de licencia de maternidad por cada bebé adicional. Si una empleada sufre un aborto antes del cuarto mes de embarazo, disfrutará de 15 días de licencia de maternidad; si tiene un aborto de más de cuatro meses de embarazo, disfrutará de 42 días de licencia de maternidad. Artículo 8 El subsidio de maternidad para las empleadas durante su licencia de maternidad será pagado por la caja del seguro de maternidad de acuerdo con el salario mensual promedio de los empleados del empleador en el año anterior para quienes hayan participado en el seguro de maternidad para quienes no hayan participado; seguro de maternidad, se pagará de acuerdo con el salario de la empleada antes de la licencia de maternidad pagado por el empleador. Los gastos médicos por parto o aborto espontáneo de las empleadas serán pagados por la caja del seguro de maternidad de acuerdo con los elementos y normas estipulados en el seguro de maternidad. Para aquellas que hayan participado en el seguro de maternidad, serán pagados por la caja del seguro de maternidad; las que no hayan participado en el seguro de maternidad, serán pagadas por el empleador. Artículo 9 Para las empleadas que estén amamantando a bebés menores de un año, el empleador no ampliará su jornada laboral ni organizará turnos nocturnos. El empleador deberá disponer de 1 hora de tiempo de lactancia para las empleadas lactantes durante las horas de trabajo diarias; si una empleada da a luz a varios bebés, el tiempo de lactancia se incrementará en 1 hora por día por cada bebé adicional. Artículo 10 Los empleadores con un número relativamente grande de empleadas deberán, en función de las necesidades de las empleadas, establecer instalaciones como salas de salud para empleadas, salas para mujeres embarazadas y salas de lactancia para resolver adecuadamente las dificultades de las empleadas en términos de higiene física. y lactancia. Artículo 11 En el lugar de trabajo, los empleadores deberán prevenir y poner fin al acoso sexual de las empleadas. Artículo 12 Los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social y los departamentos de gestión y supervisión de la seguridad en el trabajo de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables de supervisar e inspeccionar el cumplimiento por parte de los empleadores de estas regulaciones de acuerdo con sus respectivas funciones. Los sindicatos y las organizaciones de mujeres supervisarán el cumplimiento de estas normas por parte de los empleadores de conformidad con la ley. Artículo 13 Si un empleador viola las disposiciones del párrafo 2, el artículo 7 o el párrafo 1 del artículo 9 de estas Disposiciones, el departamento administrativo de recursos humanos y seguridad social del gobierno popular a nivel de condado o superior le ordenará que haga correcciones dentro de un límite de tiempo. Si la cantidad supera los 1.000 yuanes y no supera los 5.000 yuanes por persona, se impondrá una multa. Si un empleador viola las disposiciones de los artículos 1 y 2 del Apéndice de este Reglamento, el departamento de administración y supervisión de la seguridad en el trabajo del gobierno popular a nivel de condado o superior le ordenará que haga correcciones dentro de un plazo e impondrá una multa basada en el estándar de no menos de 1.000 yuanes pero no más de 5.000 yuanes por empleada que haya sido violada. Si un empleador viola las disposiciones de los artículos 3 y 4 del apéndice de este Reglamento, el departamento de administración y supervisión de la seguridad en el trabajo del gobierno popular a nivel de condado o superior ordenará la rectificación dentro de un plazo e impondrá una multa de no menos de 50.000 yuanes pero no más de 300.000 yuanes, si las circunstancias son graves, se ordenará detener las operaciones pertinentes o solicitar al gobierno popular correspondiente que ordene el cierre de conformidad con la autoridad especificada por el Consejo de Estado. Artículo 14 Si un empleador viola estas regulaciones e infringe los derechos e intereses legítimos de las empleadas, las empleadas pueden quejarse, denunciar o apelar de conformidad con la ley y solicitar mediación y arbitraje en la mediación y arbitraje de conflictos laborales y personales. institución de conformidad con la ley. Si no están satisfechos con el laudo arbitral, pueden presentar una demanda ante el Tribunal Popular de conformidad con la ley.

Artículo 15 Si un empleador viola estas regulaciones e infringe los derechos e intereses legítimos de las empleadas, causando daños a las empleadas, se proporcionará compensación de conformidad con la ley si el empleador y su responsable directo y otros directamente responsables; personas constituyan delito, serán penalmente responsables de conformidad con la ley. Artículo 16 El presente reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su promulgación. Al mismo tiempo se derogó el "Reglamento sobre la protección laboral de las empleadas", promulgado por el Consejo de Estado el 21 de julio de 1988. Objetividad jurídica: El Comité Permanente del Congreso Popular Provincial de Fujian promulgó y aplicó el “Reglamento sobre la protección laboral de las empleadas de las empresas en la provincia de Fujian” Min Chang [2004] Nº 19 “Reglamento sobre la protección laboral de las empleadas de las empresas”. Empresas en la provincia de Fujian” fue adoptado por la décima sesión de la provincia de Fujian. La 12.ª reunión del Comité Permanente del Congreso Popular fue adoptada el 3 de diciembre de 2004, se anunció y entrará en vigor el 1 de enero de 2005. El artículo 1 del Reglamento de Protección Laboral para Empleadas de Empresas en la Provincia de Fujian emitido por el Comité Permanente del Congreso Popular Provincial de Fujian el 6 de diciembre de 2004 (adoptado en la 12ª reunión del Comité Permanente del Décimo Congreso Popular de la Provincia de Fujian el 3 de diciembre de 2004) tiene como objetivo salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las empleadas de las empresas (en adelante denominadas colectivamente empleadas) y se fortalece la protección especial de los derechos laborales, la seguridad laboral y la salud física y mental de las empleadas. Estas regulaciones se formulan de acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes y en combinación con las condiciones reales de esta provincia. Artículo 2 Este reglamento se aplicará a la protección laboral de las empleadas de empresas y organizaciones económicas individuales (en adelante denominadas colectivamente empleadores) dentro de la región administrativa de esta provincia. Artículo 3 Los departamentos administrativos de trabajo y seguridad social de los gobiernos populares locales en todos los niveles son responsables de la implementación de este Reglamento. Los departamentos administrativos de salud, población y planificación familiar y supervisión de la seguridad laboral de los gobiernos populares locales en todos los niveles implementarán este Reglamento de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Los sindicatos (industriales) locales y las federaciones de mujeres de todos los niveles supervisarán la aplicación de este reglamento. Artículo 4 Los empleadores no discriminarán a las mujeres por ningún motivo ni de ninguna manera al contratar o despedir trabajadores. Artículo 5 Los empleadores protegerán los derechos laborales de las empleadas de conformidad con la ley, mejorarán las condiciones laborales de las empleadas, incluirán el contenido de protección laboral de las empleadas en el contrato colectivo de la empresa y establecerán los correspondientes sistemas de protección laboral para las empleadas basados ​​en las condiciones reales de la unidad. El representante legal o responsable del empleador será responsable de la protección laboral de las empleadas de la unidad. El sindicato del empleador y el comité de empleadas femeninas ayudarán y supervisarán el trabajo de protección laboral del empleador para las empleadas. Artículo 6 Los empleadores deberán proporcionar a las empleadas condiciones de trabajo y medidas de protección laboral que cumplan con las regulaciones nacionales y hacer un buen trabajo en la prevención y control de enfermedades profesionales de acuerdo con la ley. Cuando un empleador celebre un contrato de trabajo con una empleada, deberá informar verazmente a la empleada de los riesgos y consecuencias laborales que puedan ocurrir en el trabajo, así como de las medidas y beneficios de protección contra enfermedades profesionales, y declararlo en el contrato de trabajo. Artículo 7 El empleador organizará a las empleadas para que se sometan a un examen de enfermedades ginecológicas comunes al menos una vez cada dos años. El costo correrá a cargo del empleador y el tiempo del examen se considerará tiempo de trabajo. Para las empleadas que participan directamente en trabajos tóxicos y nocivos, el empleador organizará exámenes de salud ocupacional antes de comenzar, durante y fuera del trabajo de acuerdo con las leyes y reglamentos nacionales pertinentes, establecerá expedientes de exámenes de salud ocupacional e informará verazmente a las empleadas. de los resultados de la inspección. Artículo 8 Durante los períodos de embarazo, parto y lactancia (refiriéndose al período desde el nacimiento del bebé hasta el año de edad, lo mismo a continuación), el empleador no podrá rescindir la relación laboral, contrato de trabajo, salvo en circunstancias estipulado por las leyes y reglamentos si el período de embarazo, parto o lactancia aún no ha expirado, la duración del contrato de trabajo se extenderá automáticamente hasta la expiración del período de embarazo, parto o lactancia. Artículo 9 Durante la menstruación, el empleador deberá organizar otros trabajos para las empleadas que realicen trabajos a gran altura, bajas temperaturas, agua fría, actividades al aire libre o trabajos con intensidad de trabajo físico de nivel 3 estipulado por el estado. Para las empleadas que trabajan de pie durante más de cuatro horas consecutivas durante la menstruación, el empleador deberá organizar descansos apropiados para ellas cuando lo soliciten en función de circunstancias específicas. Artículo 10 Los empleadores no deberán hacer arreglos para que las empleadas realicen trabajos con una intensidad de trabajo físico de tercer nivel prescrita por el Estado durante el embarazo o la lactancia, o trabajos que sean tabú durante el embarazo o la lactancia. Hay que adaptar lo que se está haciendo. Si una empleada está embarazada por más de siete meses (siete meses inclusive, lo mismo a continuación) o se encuentra en período de lactancia, el empleador deberá disponer que ella tome una hora de descanso o tiempo de lactancia todos los días durante el horario laboral (en el en caso de parto múltiple, se ampliará según corresponda), y no se establecerán jornadas laborales ampliadas ni turnos nocturnos. El tiempo de descanso o lactancia se computa como tiempo de trabajo. Artículo 11 Las unidades con un gran número de empleadas deberán establecer salas de salud para empleadas, salas de descanso para mujeres embarazadas, salas de lactancia y otras instalaciones de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 12 La licencia de maternidad para las empleadas es de noventa días; en caso de parto difícil, la licencia de maternidad se incrementará en 15 días; en el caso de partos múltiples, la licencia de maternidad se incrementará en 15 días por cada bebé adicional.

Si una empleada tiene un hijo retrasado y recibe el "Certificado de honor para padres de un hijo único", la licencia de maternidad para las empleadas es de 135 a 180 días. El número específico de días lo estipula el empleador. Si una empleada sufre un embarazo y un aborto espontáneo, tendrá derecho a licencia de maternidad con base en un certificado de una institución de atención médica o de una institución de servicio técnico de planificación familiar habilitada para practicar la interrupción artificial del embarazo. Si tienes un aborto espontáneo dentro de los tres meses de embarazo, la licencia de maternidad es de 15 a 30 días; si tienes un aborto espontáneo de más de tres meses de embarazo, la licencia de maternidad es de 42 días. Las empleadas que estén embarazadas durante más de siete meses pueden tomar la licencia prenatal previa solicitud de ellas mismas y aprobación del empleador. Cuando una empleada haya completado su licencia de maternidad, podrá solicitar la licencia de lactancia hasta que el bebé cumpla un año, previa aprobación del empleador. Artículo 13 El empleador deberá participar en el seguro de maternidad de conformidad con la ley, declarar verazmente el número de empleadas y los salarios totales de la unidad y pagar la prima del seguro de maternidad en su totalidad mensualmente. Las primas pagadas del seguro de maternidad se transfieren a la cuenta del fondo del seguro de maternidad. El seguro de maternidad recauda fondos sobre la base del principio de ingresos determinados por los gastos y un equilibrio básico entre ingresos y gastos. El fondo del seguro de maternidad lo coordina la ciudad dividida en distritos. Se debe fortalecer la gestión de los fondos del seguro de maternidad y los fondos deben destinarse a usos especiales y no deben malversarse para otros fines. Artículo 14 Durante el período de licencia de maternidad legal para las empleadas, la agencia local de seguro de maternidad a nivel de condado o superior pagará subsidios de maternidad mensualmente con cargo al fondo del seguro de maternidad. El estándar del subsidio de maternidad es el salario mensual per cápita de los empleados de la empresa durante el año anterior y no será inferior al salario mínimo local. Los gastos de examen prenatal, gastos de parto, gastos de cirugía, gastos de hospitalización y gastos de medicamentos por el nacimiento de las empleadas serán pagados por la agencia de seguro de maternidad con cargo al fondo de seguro de maternidad de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos y normas pertinentes. Las personas desempleadas que dan a luz mientras reciben prestaciones del seguro de desempleo, y cuyas unidades han participado en el seguro de maternidad antes de perder su empleo, pueden recibir subsidios de maternidad equivalentes a tres meses de prestaciones del seguro de desempleo de la agencia local de seguro de maternidad. Artículo 15 Si el empleador no ha solicitado el seguro de maternidad, pagará a la empleada el subsidio de maternidad durante la licencia de maternidad legal sobre la base de su salario mensual promedio del año anterior, y pagará los gastos relacionados con el parto de la empleada de acuerdo con las disposiciones. del apartado 2 del artículo 14 de este Reglamento. Artículo 16 Durante la licencia prenatal y la licencia de lactancia para las empleadas, sus salarios serán pagados por el empleador a una tasa no inferior al 60% del subsidio de maternidad y no será inferior al salario mínimo local. Artículo 17 La unidad responsable del envío de mano de obra deberá estipular claramente las responsabilidades de gestión para la protección laboral de las empleadas al firmar un contrato de envío de mano de obra con la unidad receptora. Artículo 18 Los departamentos administrativos, como los de supervisión laboral y de seguridad social, salud y seguridad de la producción, realizarán periódicamente supervisión e inspección de las condiciones de trabajo y las medidas de protección laboral de las empleadas. Si los sindicatos y federaciones de mujeres descubren que un empleador ha violado las disposiciones de este Reglamento, exigirán al empleador que adopte medidas para corregirlas, si el empleador se niega a hacer las correcciones, los sindicatos y federaciones de mujeres deberán quejarse e informar a las autoridades correspondientes; departamentos administrativos, y apoyar y ayudar a las empleadas a salvaguardar sus derechos e intereses legales. Artículo 19 Si un empleador no paga las primas del seguro de maternidad de conformidad con las reglamentaciones, deberá compensar el monto adeudado de conformidad con la ley y pagar las multas por pagos atrasados ​​de conformidad con las reglamentaciones nacionales pertinentes. Si el empleador se niega a pagar las primas del seguro de maternidad, la autoridad recaudadora solicitará al tribunal popular el cobro obligatorio de las primas de conformidad con la ley. Artículo 20 Si un empleador viola las disposiciones de este Reglamento, los departamentos administrativos como el de trabajo y seguridad social, salud, población y planificación familiar y supervisión de seguridad de la producción lo manejarán de acuerdo con sus respectivas facultades y atribuciones de la siguiente manera: ( 1) Ordenarles que hagan correcciones dentro de un plazo, y emitir amonestaciones. Se impondrá multa (2) si causa pérdidas económicas a una empleada, se le ordenará compensar (3) si causa a una mujer; lesión física del empleado, una lesión relacionada con el trabajo se determinará de conformidad con la ley, se ordenará indemnizar y la persona directamente responsable deberá rendir cuentas. Artículo 21 Si una agencia de seguro de maternidad no paga las primas del seguro de maternidad de conformidad con la ley, el departamento administrativo de trabajo y seguridad social ordenará el pago dentro de un plazo si las circunstancias son graves, el responsable directo y otros; El personal directamente responsable será sancionado administrativamente de conformidad con la ley. Artículo 22 Si el personal de los departamentos administrativos como el de trabajo y seguridad social, salud, población y planificación familiar y supervisión de la seguridad en el trabajo no cumple con sus funciones de conformidad con la ley o no investiga y maneja las quejas, acusaciones e informes pertinentes en oportunamente, causando consecuencias graves, serán sancionados por El departamento competente o la autoridad de control impondrá sanciones administrativas de conformidad con la ley; si se constituye un delito, la responsabilidad penal se perseguirá de conformidad con la ley; Artículo 23 Cuando se infringen los derechos e intereses de protección laboral de las empleadas, tienen derecho a presentar una queja ante los departamentos administrativos locales de trabajo y seguridad social, salud, población y planificación familiar y supervisión de seguridad de la producción. La denuncia se tramitará de conformidad con los procedimientos legales. Cuando se infringen los derechos e intereses de protección laboral de las empleadas, pueden solicitar arbitraje e iniciar un litigio de conformidad con la ley. Artículo 24 El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2005.