Red de conocimiento del abogados - Cuestiones jurídicas del divorcio - Evitar una investigación o un juicio después de que la Fiscalía Popular, la Oficina de Seguridad Pública o la Oficina de Seguridad Nacional hayan presentado un caso para investigación o después de que el Tribunal Popular haya aceptado el caso.
Evitar una investigación o un juicio después de que la Fiscalía Popular, la Oficina de Seguridad Pública o la Oficina de Seguridad Nacional hayan presentado un caso para investigación o después de que el Tribunal Popular haya aceptado el caso.
El artículo 88 del Código Penal establece que el plazo de prescripción del procesamiento es una excepción. Si el autor evade la investigación o el juicio, no importa cuánto tiempo lleve, por ejemplo 20 o 30 años, seguirá siendo objeto de procesamiento penal y no está sujeto a la limitación del período de procesamiento, por ejemplo 20 o 30 años. En teoría, esto efectivamente infringe el plazo de prescripción de manera retroactiva.
Artículo 88 de la "Ley Penal": Cualquier persona que eluda la investigación o el juicio después de que la Fiscalía Popular, la Oficina de Seguridad Pública o la Oficina de Seguridad Nacional hayan presentado un caso para investigación o el Tribunal Popular haya aceptado el caso. no estará sujeto a la limitación del plazo de procesamiento.
Si la víctima presenta una denuncia dentro del plazo para el procesamiento y el tribunal popular, la fiscalía popular o el órgano de seguridad pública deben presentar un caso pero no lo hacen, el plazo para el procesamiento no se aplicará.