¿Cuáles son los dos tipos de impuesto al valor agregado?
El Impuesto sobre el Valor Añadido se puede dividir en tres tipos:
1.
2. Impuesto sobre el valor añadido basado en la renta.
3. Impuesto sobre el valor añadido basado en el consumo.
Características
Como impuesto sobre el volumen de negocios, el impuesto al valor agregado no solo conserva las ventajas de gravar en función del volumen de negocios, sino que también evita las desventajas de gravar en función del valor total de el importe de la facturación sus características son:
1. El alcance de la tributación es muy amplio.
El alcance de la tributación del IVA puede abarcar ampliamente muchos campos, como la producción de productos básicos, el comercio mayorista y minorista, diversas industrias de servicios y la agricultura. Cualquiera que se dedique a la venta de bienes o servicios sujetos a impuestos y obtenga valor agregado debe pagar el impuesto al valor agregado.
2. Si bien la tributación se basa en las ventas, se permite deducir el impuesto soportado sobre los bienes y servicios adquiridos.
El IVA se calcula en función de la carga fiscal global sobre bienes o servicios, y también se implementa un sistema de deducción de impuestos. Es decir, cuando un contribuyente vende bienes o proporciona servicios sujetos a impuestos, el impuesto se calcula de acuerdo con la tasa impositiva prescrita con base en el volumen de ventas de los bienes o servicios sujetos a impuestos, y luego el impuesto al valor agregado pagado en el paso anterior se deduce de y el saldo es el monto a pagar del impuesto al valor agregado.
3. Se puede evitar la doble imposición.
El impuesto al valor agregado se aplica sobre el monto del valor agregado. Solo grava el valor recién creado de la empresa que aún no ha sido gravado, mientras que el impuesto al valor agregado se aplica al monto de las ventas. creado por enlaces anteriores, el valor de transferencia que ya ha sido gravado ya no estará gravado, por lo que en teoría no hay problema de doble imposición. Sin embargo, debido a los diferentes tipos de impuesto al valor agregado adoptados, algunos todavía tienen el problema de la doble imposición parcial (como el impuesto al valor agregado basado en la producción implementado en nuestro país).
Existen dos tipos de contribuyentes del IVA: los contribuyentes generales, con un tipo impositivo del 17 (el tipo impositivo para industrias especiales es 13; los contribuyentes de pequeña escala, con un tipo impositivo del 3
<). p>Tasa del IVA1. Ventas o importaciones de bienes distintos de los enumerados: 17
2. Servicios de transformación, reparación y reparación: 17
3. Productos agrícolas: 13
4. Cereales y aceites vegetales comestibles: 13
5. Otros bienes: 13
6. >
Descripción:
1. Los contribuyentes generales que produzcan los siguientes bienes pueden pagar el impuesto al valor agregado de acuerdo con un método simple y una tasa de recaudación de 6.
(1) Electricidad producida por pequeñas unidades hidroeléctricas por debajo del nivel del condado;
(2) Arena, tierra y piedra utilizadas en la construcción y producción de materiales de construcción; p >(3) Ladrillos, tejas y cal producidos continuamente a partir de arena, tierra, piedra u otros minerales autoexcavados;
(4) Las materias primas se mezclan con ganga de carbón, carbón de piedra, cenizas volantes, Materiales de pared quemados producidos a partir de escoria de fondo de calderas de carbón y otros residuos (excluyendo escoria de agua de alto horno);
(5) Hechos de microorganismos, metabolitos microbianos, toxinas animales, sangre humana o animal o productos biológicos de tejidos.
II. A partir del 1 de enero de 2009, la tasa del impuesto al valor agregado para los productos de extracción y procesamiento de minerales metálicos y los productos de extracción y procesamiento de minerales no metálicos se restableció del 13 al 17.
III. Impuesto al valor agregado Las ventas de agua del grifo por parte de los contribuyentes generales pueden gravarse con una tasa impositiva de 6
4. Las ventas de bienes por parte de tiendas de reliquias culturales y casas de subastas se gravan en una tasa impositiva de 6.