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Reglamento contra la competencia desleal de la provincia de Anhui

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de garantizar el sano desarrollo de la economía de mercado socialista, fomentar y proteger la competencia leal, prevenir la competencia desleal y proteger los derechos e intereses legítimos de los operadores y consumidores, de conformidad con la Ley contra la competencia desleal. de la República Popular China y otros Estos reglamentos se formulan de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes y a la luz de las condiciones reales de la provincia. Artículo 2 Los operadores que se dediquen a negocios de productos básicos o servicios con fines de lucro (en adelante, productos básicos incluidos los servicios) dentro de la región administrativa de esta provincia deben cumplir con estas regulaciones. Artículo 3 Los operadores deberán respetar los principios de voluntariedad, igualdad, equidad, honestidad y crédito en las transacciones de mercado, y respetar la ética empresarial generalmente reconocida. Artículo 4 Los departamentos administrativos industriales y comerciales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables de supervisar e inspeccionar la competencia desleal, si las leyes y reglamentos administrativos prevén la supervisión e inspección por parte de otros departamentos, dichas disposiciones prevalecerán. Artículo 5 Los gobiernos populares en todos los niveles alentarán, apoyarán y protegerán a todas las organizaciones e individuos para que lleven a cabo una supervisión social de la competencia desleal.

Cualquier organización o particular tiene derecho a denunciar competencia desleal ante el departamento de supervisión e inspección. Los departamentos de supervisión e inspección mantendrán la confidencialidad de quienes denuncien y ayuden en la investigación y el tratamiento de la competencia desleal, y los recompensarán de conformidad con las normas pertinentes.

Los funcionarios del Estado no participarán, apoyarán ni cubrirán la competencia desleal. Capítulo 2 Ley de Competencia Desleal Artículo 6 Los operadores no utilizarán los siguientes medios para falsificar la marca registrada de otros: (1) Usar productos iguales o similares con la marca registrada sin el permiso del propietario de la marca registrada Marcas comerciales que sean idénticas o similares a otros;

(2) Forjar o fabricar marcas registradas de otros sin autorización o vender marcas registradas de terceros falsificadas o de fabricación no autorizada.

(3) Vender productos que falsifiquen conscientemente marcas registradas de otras personas. Artículo 7 Los operadores no utilizarán nombres, embalajes y decoraciones exclusivos de productos conocidos sin autorización, ni utilizarán nombres, embalajes y Decoraciones similares a productos conocidos. Decoración que cause confusión con productos conocidos de otras personas, de modo que los consumidores puedan confundirlos con los productos conocidos.

Los productos notorios mencionados en el párrafo anterior se refieren a:

(1) Marcas notoriamente reconocidas reconocidas por la autoridad estatal de autorización o productos con marcas notoriamente conocidas;

(2) Productos que tienen cierta reputación en el mercado y son conocidos por los consumidores relevantes. Artículo 8 Los operadores no podrán utilizar nombres comerciales, nombres comerciales o símbolos, gráficos, palabras y códigos que representen sus nombres sin autorización para hacer que otros piensen erróneamente que son bienes ajenos. Artículo 9 Los operadores no deberán hacer representaciones falsas y engañosas sobre la calidad del producto por los siguientes medios:

(1) falsificar, suplantar o utilizar marcas de certificación canceladas, marcas famosas y otras marcas de calidad;

(2) Falsificar, suplantar o utilizar certificados de inspección de calidad cancelados, licencias, números de patente o nombres de productores;

(3) Falsificar o suplantar nombres de empresas, direcciones, o falsificar o utilizar falsamente el lugar de origen de los productos;

(4) Representación falsa de las especificaciones, grados, ingredientes, nombres y contenidos del producto;

(5) Etiquetado de producción falsificado o vago Fecha, período de uso seguro o fecha de vencimiento , etc.

El lugar de origen mencionado en el párrafo anterior se refiere al lugar donde se producen, fabrican y procesan los productos básicos (incluido el lugar donde se cultivan o cultivan productos agrícolas y secundarios). Artículo 10 Los operadores no harán propaganda falsa sobre el precio, la calidad, el desempeño, el uso, el fabricante, los ingredientes, el período de validez, el origen, el servicio postventa y el tipo y cantidad de obsequios que acompañan a la venta de bienes y la prestación de servicios en el de las siguientes maneras:

(1) Publicidad

(2) Emplear o coludir con otros para realizar incentivos de ventas engañosos

(3) Falso en el sitio; demostraciones e instrucciones;

(4) Publicar, distribuir y enviar por correo instrucciones falsas de productos y otros materiales promocionales;

(5) Usar medios de comunicación para realizar propaganda falsa;

Los operadores publicitarios serán responsables de la autenticidad de los anuncios y no actuarán como agentes, diseñarán, producirán ni publicarán anuncios falsos que conozcan o debieran haber conocido. Artículo 11 Los operadores no fabricarán ni difundirán hechos falsos para dañar la reputación comercial y la reputación de los productos de los competidores.

Los operadores no utilizarán anuncios para menospreciar los productos de otros operadores.

Artículo 12 Los operadores no venderán bienes a un precio inferior al costo con el fin de eliminar a los competidores.

Cualquiera de las siguientes circunstancias no constituye competencia desleal según lo establecido en el párrafo anterior:

(1) Vender productos frescos;

(2) Enajenar bienes vencidos u otros bienes con exceso de existencias;

(3) Reducciones de precios estacionales

(4) Ventas de bienes a precios reducidos debido al pago de deudas, cambios de producción o cierre de negocios; . Artículo 13 Al vender bienes, los operadores no vincularán los bienes contra los deseos de los consumidores ni impondrán otras condiciones irrazonables. Artículo 14 Los operadores no realizarán las siguientes transacciones forzadas:

(1) Coaccionar a otros a realizar transacciones con ellos mismos o con otros

(2) Coaccionar a los competidores para evitar o abandonar transacciones con; ellos mismos u otros competir con otros;

(3) obstaculizar el establecimiento de transacciones normales entre otros;

(4) perturbar o dificultar las actividades comerciales normales de los competidores. Artículo 15 Los operadores no realizarán las siguientes actividades de venta con premios:

(1) Afirmar falsamente tener premios o hacer publicidad falsa sobre el tipo, probabilidad, monto, método y fecha de los premios;

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(2) Permitir deliberadamente que la persona incumplidora gane el premio;

(3) No comercializar deliberadamente los productos y billetes de lotería con el logotipo ganador o no colocarlos en el comercializar al mismo tiempo que los productos y los billetes de lotería, o no comercializar deliberadamente los productos y los billetes de lotería al mismo tiempo. Los productos y los billetes de lotería con diferentes cantidades o logotipos ganadores se comercializan en diferentes momentos;

(4) Para la venta de billetes de lotería, el importe máximo del premio no excederá los 5.000 yuanes. Si las recompensas se otorgan en forma de productos básicos u otros medios, la cantidad no excederá los 5.000 yuanes, calculados según el precio de mercado de productos similares en el mismo período.

(5) Otras ventas fraudulentas con premios.

Los operadores no pueden utilizar métodos de venta de premios para promocionar productos de alta calidad y bajo precio.