Reglamento Nacional de Edad de Jubilación 2020
Deben jubilarse quienes cumplan alguna de las siguientes condiciones:
1. Los hombres tienen más de 60 años, las mujeres tienen más de 50 años y el tiempo de servicio acumulado es superior a diez años. .
2. Hombres mayores de cincuenta y cinco años y mujeres mayores de cuarenta y cinco años, con una experiencia laboral acumulada de diez años o más, se dedican a trabajos subterráneos, de gran altitud y de alta temperatura. , en particular trabajos físicos pesados u otros trabajos nocivos para la salud.
Según lo dispuesto en las "Medidas Provisionales del Consejo Estatal sobre la Colocación de Cuadros Ancianos, Débiles, Enfermos y Discapacitados" y las "Medidas Provisionales del Consejo Estatal sobre la Jubilación y Renuncia de Trabajadores" , empresas, instituciones públicas, agencias del partido y del gobierno y organizaciones de masas propiedad de todo el pueblo. Los trabajadores que cumplan una de las siguientes condiciones deben jubilarse:
1. años de edad, y su tiempo de servicio acumulado sea superior a diez años
2. Hombres mayores de cincuenta y cinco años y mujeres mayores de cuarenta y cinco años, con experiencia laboral acumulada de diez años; o más, se dediquen a trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, particularmente pesados, u otros trabajos nocivos para la salud;
3. cuarenta y cinco años de edad, con una vida útil acumulada de diez años o más, certificada por el hospital y confirmada por el comité de evaluación laboral, se debe permitir la jubilación si el empleado ha perdido completamente la capacidad para trabajar.
Información ampliada:
Base legal para la jubilación
Artículo 1 de las "Medidas Provisionales del Consejo Estatal sobre Jubilación y Renuncia de Trabajadores", empresas, instituciones e instituciones propiedad de todo el pueblo Los trabajadores de agencias del partido y del gobierno y organizaciones de masas que cumplan una de las siguientes condiciones deben jubilarse:
(1) Los hombres tienen más de sesenta años, las mujeres tienen más de cincuenta años , y han servido durante diez años consecutivos.
(2) Los hombres mayores de cincuenta y cinco años y las mujeres mayores de cuarenta y cinco años que realicen trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, particularmente pesados u otros trabajos nocivos para la salud, con diez años consecutivos de servicio de. Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones de trabajo sean las mismas que las de los trabajadores.
(3) Los hombres tienen más de 50 años, las mujeres tienen más de 45 años, han trabajado continuamente durante diez años, están certificados por el hospital y confirmados por el Comité de Evaluación Laboral, y han perdido por completo la capacidad. para trabajar.
(4) Incapacidad causada por el trabajo, certificada por el hospital y determinada por el Comité de Evaluación Laboral, como consecuencia de la pérdida total de la capacidad para el trabajo.