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¿Tiene efecto legal el acuerdo de exención de responsabilidad emitido por la escuela?

La escuela pertenece a la organización de gestión de la industria educativa y tiene poca importancia emitir el acuerdo de exención:

1. El propósito de emitir el acuerdo de exención es evitar responsabilidad. Incluso si la otra parte lo firma, una vez que esté en la escuela, si ocurre el accidente antes mencionado, la escuela aún tiene que asumir las responsabilidades correspondientes. Mientras los estudiantes estén en la escuela, la escuela tiene las obligaciones y responsabilidades de gestionar el. estudiantes y garantizar la seguridad de los estudiantes.

2. El acuerdo de exención de responsabilidad en realidad debe clasificarse como una notificación y emitirse en forma de aviso. Pregunte a los estudiantes a qué asuntos deben prestar atención para evitar daños a sí mismos en emergencias. Las escuelas deben fortalecer la capacitación pertinente sobre el daño que los peligros repentinos causan a los estudiantes, fortalecer la orientación racional y permitir que los niños se den cuenta de lo que no deben hacer y lo que deben prevenir y que no son aconsejables las prácticas rígidas y "coercitivas".

3. Existe una relación contractual de no empleo, no venta, no cooperación, etc. entre la escuela y sus estudiantes. Los padres envían a sus hijos a la escuela solo para permitir que reciban una mejor educación. Educación y aprender más conocimientos. Deje que los padres vayan a trabajar con tranquilidad. Obviamente es inapropiado que la escuela haga esto. Las escuelas deben asumir las responsabilidades correspondientes para la educación obligatoria de nueve años exigida por el estado. Algunas escuelas privadas que pagan dinero para ingresar también deben asumir las obligaciones y responsabilidades correspondientes.

Si un estudiante resulta perjudicado, la escuela seguirá siendo responsable de la compensación.

"Derecho de Contratos":

Artículo 52 Un contrato es nulo si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

(1) Una de las partes comete fraude o coacción A celebrar un contrato por medios y perjudicar los intereses del país.

(2) Colusión maliciosa para perjudicar los intereses del país, del colectivo o de un tercero.

(3) Utilizar formas legales para ocultar fines ilícitos.

(4) Dañar los intereses del público.

(5) Infracción de disposiciones imperativas de leyes y reglamentos administrativos.

Artículo 53 Son nulas las siguientes cláusulas de exención del contrato:

(1) Causar daño personal a la otra parte.

(2) Causar pérdidas patrimoniales a la otra parte por dolo o negligencia grave.