Artículos de la Asociación Yichang Gastrodia elata
Artículo 2: La naturaleza de esta asociación: una organización social sin fines de lucro formada voluntariamente por expertos de la industria, profesores, trabajadores de ciencia y tecnología, técnicos, productores de gastrodia y sus unidades en la ciudad de Yichang que aman la gastrodia elata y hongos comestibles.
Artículo 3 El propósito de esta asociación es cumplir con los principios y políticas formuladas por el partido y el estado, la Constitución de la República Popular China, las leyes y reglamentos, y la ética social.
Artículo 4 La Asociación acepta la orientación, supervisión y gestión empresarial de la Asociación de Ciencia y Tecnología de Yichang y la Oficina de Asuntos Civiles de Yichang.
Artículo 5 Dirección de la asociación: Fábrica de hongos Xinyuan, municipio de Xiabaoping, distrito de Yiling, ciudad de Yichang. Artículo 6 El ámbito empresarial de esta asociación es el siguiente:
(1) Solicitar el registro de marca y ser responsable de la gestión del uso de la marca. Producción estandarizada de Gastrodia elata.
Proporcionar servicios integrales para prenatal, intraparto, posparto y ventas.
(2) Comprar, vender y cultivar semillas híbridas de Gastrodia elata, excelentes cepas comestibles (medicinales) e introducir semillas seleccionadas de Gastrodia elata de otros lugares.
(3) Promover y popularizar la "Tecnología de cultivo híbrida de Gastrodia Gastrodia de Wu Hong", la tecnología de cultivo sincronizado de Armillaria, la tecnología de cría y reproducción sexual de Gastrodia Gastrodia, la tecnología de cultivo de instalación de madera de alta eficiencia de imitación salvaje de Gastrodia Gastrodia, y la tecnología Armillaria Simple Home Propagation.
(4) Grabe la tecnología anterior en un disco VCD y promuévala y transfiérala junto con los datos técnicos.
(5) Establecer un Departamento de Producción y Ventas de Gastrodia, responsable de la compra, venta, almacenamiento y transporte de productos Gastrodia, cepas de Armillaria, cepas de germinación, cápsulas de Gastrodia y materiales de soporte para sus series de producción.
(6) Establecer un grupo de expertos en gastrodia, establecer una base de demostración de gastrodia y llevar a cabo una amplia capacitación técnica, transferencia de tecnología, consultas técnicas y servicios técnicos.
(7) Organizar las visitas de los miembros y realizar intercambios académicos para mejorar su nivel técnico.
(8) Establecer una sucursal, oficina, entidad económica o sucursal en el lugar de los miembros de la unidad beneficiaria o de los miembros individuales. Artículo 7 Los miembros de esta asociación se dividen en miembros unitarios y miembros individuales.
Artículo 8 Los miembros que soliciten unirse a la asociación deben cumplir las siguientes condiciones:
(1) Apoyar los estatutos;
(2) Tener la voluntad de únete a la asociación;
(3) Tiene cierta influencia y popularidad en el campo de Gastrodia elata y hongos comestibles.
Artículo 9 Los procedimientos de membresía son:
(1) Presentar solicitud de membresía
(2) Aprobado por la Junta Directiva
(3) Las tarjetas de membresía deben ser emitidas por la junta directiva o una organización autorizada por la junta directiva.
Artículo 10 Los miembros gozan de los siguientes derechos:
El derecho a elegir, ser elegido y votar;
(2) Participar en las actividades de la asociación;
(3) Obtener prioridad para nuestros servicios;
(4) Tener derecho a hacer sugerencias y supervisar el trabajo de la asociación.
(5)Libertad de afiliarse y retirarse voluntariamente.
Artículo 11 Los miembros deberán cumplir las siguientes obligaciones:
(a) Implementar las resoluciones de la asociación;
(2) Mantener los derechos e intereses legítimos de la asociación;
(3) Completar el trabajo asignado por la asociación;
(4) Pagar las cuotas de membresía de acuerdo con las regulaciones;
(5) Informar la situación a la asociación y facilitarle la información pertinente.
Artículo 12 Si un socio se retira del club, deberá comunicarlo por escrito al club y devolver el carné de socio.
Se considerará que los miembros que no paguen las cuotas de membresía o participen en las actividades de la asociación dentro de un año se han dado de baja automáticamente.
Artículo 13 Si un miembro viola gravemente los Estatutos Sociales, será removido de la membresía mediante votación de la Junta Directiva o la Junta Directiva Permanente. Artículo 14 La máxima autoridad de la Asociación es el Congreso de Socios, cuyas facultades son:
(1) Formular y reformar los Estatutos Sociales;
(2) Elegir y destituir a los directores;
(3) Revisar el informe de trabajo y el informe financiero de la Junta Directiva;
(4) Decidir sobre la terminación y otros asuntos importantes;
Artículo 15 El Congreso de Socios deberá contar con la asistencia de más de las dos terceras partes de los representantes de los socios, y sus resoluciones deberán ser votadas por más de la mitad de los representantes presentes para ser efectivas.
Artículo 16 El Congreso de Socios se celebra cada cinco años. Si es necesario adelantar o posponer las elecciones generales debido a circunstancias especiales, serán votadas por la Junta Directiva, informadas a la Asociación de Ciencia y Tecnología de Yichang para su revisión y a la Oficina Municipal de Asuntos Civiles de Yichang para su aprobación. Sin embargo, la prórroga máxima no excederá de 1 año.
Artículo 17 La Junta Directiva es el órgano ejecutivo de la Asamblea General, dirige la asociación para realizar el trabajo diario durante el período entre sesiones y es responsable ante la Asamblea General.
Artículo 18 Son funciones y atribuciones de la Junta Directiva:
(1) Ejecutar las resoluciones del Congreso Miembro
(2) Elegir o; destituir al presidente, al presidente ejecutivo, al vicepresidente y al secretario general;
(3) prepararse para convocar el congreso de miembros;
(4) informar la situación laboral y financiera al congreso de miembros ;
(5) Decidir reclutar y remover miembros;
(6) Decidir solicitar el establecimiento de oficinas, sucursales, oficinas de representación y entidades;
(7) Decidir sobre los subsecretarios Nombrar a los principales responsables de las oficinas y agencias;
(8) Dirigir el trabajo de las diversas agencias de la asociación;
(9) Formular sistemas internos de gestión;
(10) Decidir sobre otros asuntos importantes.
Artículo 19 La reunión del consejo de administración deberá contar con la asistencia de más de dos tercios de los directores para poder celebrarse, y su resolución deberá contar con la asistencia de más de dos tercios de los directores para poder celebrarse. ser eficaz.
Artículo 20 El Consejo de Administración se reunirá una vez al año.
Artículo 21 La asociación establecerá un consejo permanente. El Consejo Permanente es elegido por el Consejo Directivo y ejercerá las facultades y deberes de los numerales 1, 3, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del artículo 18 cuando el Consejo Directivo no se encuentre reunido, y será responsable ante el Consejo de Administración. El número de directores ejecutivos no excederá de 65438 + 0/3 del número de directores.
Artículo 22 El Consejo Permanente sólo será convocado si están presentes más de dos tercios de los directores ejecutivos, y su resolución sólo será efectiva si están presentes más de dos tercios de los directores ejecutivos.
Artículo 23 El Consejo Permanente se reunirá cada seis meses.
Artículo 24 El presidente honorario, el presidente, el presidente ejecutivo, el vicepresidente y el secretario general de la asociación deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) Adherirse a la línea del partido, principios y políticas, y buena calidad política;
(2) Tener una mayor influencia en el ámbito empresarial de la asociación;
(3) Presidente, presidente ejecutivo, vicepresidente, El la edad máxima para trabajar del secretario general no excederá los 70 años y el secretario general trabajará a tiempo completo;
(4) Debe gozar de buena salud y poder trabajar normalmente.
(5) No haber recibido sanción penal por privación de derechos políticos;
(6) Tener plena capacidad para la conducta civil.
Artículo 25 Si el presidente, presidente ejecutivo, vicepresidente y secretario general de la Asociación exceden la edad máxima para trabajar, serán aprobados por el Consejo Directivo, informado a la Asociación Municipal de Ciencia y Tecnología. Tecnología para revisión y aprobación de la Oficina de Asuntos Civiles. Sólo entonces podrá ocupar el cargo.
Artículo 26 El mandato del presidente, presidente honorario, presidente ejecutivo, vicepresidente y secretario general de la Asociación es de 5 años y puede ser reelegido dos veces. Si es necesario extender el mandato debido a circunstancias especiales, debe ser aprobado por más de dos tercios de los representantes de los miembros en el Congreso de Miembros, reportado a la Asociación Municipal de Ciencia y Tecnología para su revisión y aprobado por la Asamblea Civil. Oficina de Asuntos Exteriores antes de asumir el cargo.
Artículo 27 El presidente de la Asociación es el representante legal de la Asociación; el representante legal de la Asociación no podrá fungir simultáneamente como representante legal de otras organizaciones.
Artículo 28 El Presidente de la Asociación ejercerá las siguientes facultades:
(1) Convocar y presidir el Consejo Permanente y el Consejo;
(2) ) Inspeccionar la implementación de las resoluciones del Congreso de Miembros, el Consejo Permanente y la Junta Directiva;
(3) Firmar documentos importantes y relevantes en nombre de la asociación;
(4 ) Encomendar al Consejero Delegado el ejercicio de las facultades anteriores.
Artículo 29 El Secretario General de la Asociación ejercerá las siguientes facultades:
(1) Presidir el trabajo diario de la oficina y organizar la ejecución del plan anual de trabajo;
(2) )Coordinar el trabajo de las sucursales, oficinas de representación, oficinas y entidades;
(3) Nombrar subsecretarios generales y jefes de sucursales, oficinas de representación, oficinas y unidades y elevarlos al Consejo Permanente para su decisión;
(4) Decidir sobre la contratación de personal de tiempo completo para oficinas, oficinas de representación y entidades
(5) Tramitar otros diarios; negocios. Artículo 30 Las fuentes de financiación de esta asociación son:
(1) Cuotas de membresía;
(2) Donaciones;
(3) Financiación gubernamental;
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(4) Ingresos por la realización de actividades o prestación de servicios dentro del ámbito empresarial aprobado;
(5) Intereses;
(6) Otros ingresos legítimos.
Artículo 31 La asociación recauda las cuotas de membresía de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.
Artículo 32 Los fondos de la asociación deberán utilizarse para el ámbito empresarial y el desarrollo profesional previstos en los estatutos y no se distribuirán entre los miembros.
Artículo 33 La asociación deberá establecer un estricto sistema de gestión financiera para garantizar la legalidad, autenticidad, exactitud e integridad de la información contable.
Artículo 34 La asociación estará dotada de personal contable profesionalmente cualificado. Los contadores no podrán desempeñar simultáneamente la función de cajeros. Los contadores deben realizar cálculos contables e implementar supervisión contable. Cuando el personal contable transfiere puestos de trabajo o deja sus puestos de trabajo, debe pasar por procedimientos de traspaso con el destinatario.
Artículo 35 La gestión de activos de la Asociación debe implementar el sistema de gestión financiera prescrito por el estado y aceptar la supervisión del Congreso de Miembros y el departamento financiero. Si la fuente de los activos es apropiación estatal o donaciones o financiamientos sociales, deben estar sujetos a la supervisión de organismos de auditoría y publicar la información relevante al público de manera adecuada.
Artículo 36 Antes de cambiar el representante legal de la Asociación Municipal de Ciencia y Tecnología, deberá aceptar la auditoría financiera organizada por la Dirección de Asuntos Civiles Municipales y la Asociación Municipal de Ciencia y Tecnología.
Artículo 37 Ninguna unidad o individuo podrá malversar, distribuir privadamente o apropiarse indebidamente de los bienes de la asociación.
Artículo 38 Los salarios, seguros y beneficios sociales del personal de tiempo completo de la Asociación se implementarán de acuerdo con los reglamentos de las instituciones estatales pertinentes. Artículo 39 Las modificaciones a los Estatutos Sociales de la Asociación deberán ser aprobadas por la Junta Directiva y presentadas al Congreso de Socios para su revisión.
Artículo 40 Los Estatutos Sociales revisados de la Asociación entrarán en vigor dentro de los 15 días siguientes a la aprobación del Congreso de Miembros, la aprobación de la Asociación Municipal de Ciencia y Tecnología y la aprobación de la Oficina de Asuntos Civiles. Artículo 41 Si la asociación cumple su objeto, se disuelve o necesita ser revocada por escisión o fusión, la junta directiva o la junta directiva permanente deberá proponer una propuesta de terminación.
Artículo 42: La propuesta de extinción de la asociación deberá ser votada y aprobada por la asamblea de representantes de los socios y presentada a la Asociación Municipal de Ciencia y Tecnología para su aprobación.
Artículo 43 Antes de que se dé por terminada la asociación, se establecerá una organización de liquidación bajo la dirección de la Asociación Municipal de Ciencia y Tecnología y los departamentos competentes pertinentes para liquidar las reclamaciones y deudas y hacer frente a las consecuencias. Durante el período de liquidación no se realizarán actividades distintas a la liquidación.
Artículo 44: La Asociación se extinguirá por la cancelación del registro por parte de la Dirección de Asuntos Civiles.
Artículo 45 La propiedad restante después de la terminación de la asociación se utilizará para desarrollar empresas relacionadas con el objeto de la asociación bajo la supervisión de la Asociación Municipal de Ciencia y Tecnología y la Oficina de Asuntos Civiles Municipales y de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 46 Este estatuto será aprobado por la asamblea general de socios.
Artículo 47 El derecho de interpretación de los presentes estatutos corresponde a la junta directiva de la asociación.
Artículo 48 Este Estatuto entrará en vigor a partir de la fecha de aprobación por la Oficina de Asuntos Civiles.
Nota: Este artículo social fue votado y aprobado por el Tercer Congreso de Miembros el 23 de junio de 2008 y reportado a la Oficina de Asuntos Civiles de Yichang para su aprobación.