¿Cómo solicitar la designación posterior del registro internacional de marca de Madrid?
Recientemente, algunos clientes han preguntado sobre la designación posterior del registro internacional de marca de Madrid. Generalmente, después del registro internacional de marca de Madrid, el registrante de la marca designa otras partes contratantes para la protección de la marca para la misma solicitud de marca. Requiere la protección de su marca registrada internacionalmente en los países contratantes designados ampliados. Esta designación a menudo se denomina "designación posterior". Por su naturaleza, una solicitud de designación posterior equivale a una solicitud de registro internacional de una marca, y su finalidad también es que el solicitante espere que su marca pueda ser protegida en la parte contratante designada en la solicitud de designación posterior.
Las calificaciones del solicitante para la designación posterior, el registro básico nacional, la relación entre la solicitud básica y la parte contratante para la designación posterior son básicamente las mismas que las de la solicitud de registro internacional de marca, pero el alcance y la categoría de productos o los servicios pueden ser diferentes. Diferenciación significa reducir la gama o reducir la categoría de bienes o servicios.
Si el titular del registro internacional de marca de mi país solicita una designación posterior relacionada con el Arreglo de Madrid, la solicitud debe presentarse a la Oficina Internacional a través de la Oficina de Marcas. Para solicitar una designación posterior relacionada con el Protocolo de Madrid, la solicitud puede presentarse a la Oficina Internacional a través de la Oficina de Marcas, o el solicitante puede presentar la solicitud directamente a la Oficina Internacional. Si se presenta una solicitud a la Oficina Internacional a través de la Oficina de Marcas, se deben completar y enviar el formulario de solicitud en inglés o francés y el formulario de solicitud en chino. Si el solicitante presenta la solicitud directamente a la Oficina Internacional, sólo necesita completar y presentar la solicitud en idioma extranjero. Ya sea que la solicitud se presente a la Oficina Internacional a través de la Oficina de Marcas o no, el solicitante puede decidir si confía a un agente para que lo represente según sus propios deseos. El formulario de solicitud designado posteriormente en inglés es "MM4(E)" y en francés es "MM4F(F)". Los solicitantes pueden descargarlo del sitio web de la Oficina Internacional. La Oficina de Marcas proporcionará el formulario de solicitud chino que se especifica más adelante.
Después de recibir la solicitud de designación en etapa avanzada, la Oficina de Marcas realizará una revisión formal, pero no realizará una revisión sustancial. Los procedimientos de revisión son básicamente los mismos que para las solicitudes de extensión territorial (incluida la revisión de tarifas). Una vez completado el examen, la Oficina de Marcas enviará la solicitud a la Oficina Internacional.
Tras recibir la solicitud de designación posterior, la Oficina Internacional realizará un examen formal, la inscribirá en el registro y la anunciará. Además, la Oficina Internacional envía una solicitud de designación posterior a la Oficina de la Parte Contratante que será designada posteriormente.
Dado que una solicitud de designación posterior equivale a una solicitud de registro internacional de protección de una marca, esto determina que la Oficina de la Parte Contratante que sea designada posteriormente realizará un examen sustantivo de la solicitud de designación posterior. de conformidad con las leyes de esa Parte Contratante. El procedimiento de revisión es esencialmente el mismo que para una solicitud de extensión territorial. Después de la revisión, si se considera que cumple con las disposiciones legales, se otorgará la protección. Dado que la Oficina Internacional anuncia las solicitudes de designación posterior, la parte contratante designada por ésta ya no puede publicar la marca aprobada para su protección. Incluso si se publica, el solicitante no está obligado a pagar la tasa de publicación. Otros organismos no tienen derecho a exigir al solicitante que publique su marca en la Parte Contratante designada posteriormente. Si tras su revisión se determina que la solicitud de designación posterior no cumple con las disposiciones legales, la Oficina de la Parte Contratante designada para la designación posterior rechazará la solicitud y lo notificará por escrito a la Oficina Internacional. El plazo para la denegación depende del hecho de que la Parte designada posteriormente esté obligada por el Arreglo de Madrid o el Protocolo de Madrid. La fecha de rechazo comienza a partir de la fecha de notificación en la solicitud de designación posterior. Después de recibir la notificación de denegación, la Oficina Internacional la enviará al solicitante o a su mandatario. Si el solicitante no está satisfecho con el rechazo, podrá solicitar la revisión a la autoridad de revisión de la Parte Contratante designada posteriormente dentro del plazo legal especificado en la notificación de rechazo, o presentar una demanda ante la autoridad judicial.