¿Es legal no tener plazas de aparcamiento público en la comunidad?
Es ilegal no disponer de plazas de aparcamiento público en la comunidad. Generalmente existen plazas de aparcamiento públicas en la comunidad. Las plazas de aparcamiento que ocupan las vías u otros lugares propiedad de los propietarios para aparcar coches son plazas de aparcamiento públicas. La propiedad pertenece a todos los propietarios y no tiene carácter de venta o cesión.
Es ilegal no disponer de plazas de aparcamiento público en una comunidad. En circunstancias normales, las políticas, leyes, reglamentos y planos durante el período de construcción de la comunidad deben aclarar la ubicación y el número de espacios de estacionamiento. Si los espacios de estacionamiento públicos en la comunidad no cumplen con los estándares prescritos, el propietario puede presentar una queja. los departamentos pertinentes.
Estándares de plazas de aparcamiento en zonas residenciales
1. Según la normativa nacional, la proporción de plazas de aparcamiento en zonas residenciales suele estar entre 1:0,4 y 1:0,8. Este rango es razonable si es demasiado bajo, causará problemas de estacionamiento a los propietarios.
2. La denominada proporción de espacios de estacionamiento se basa en la proporción entre el número total de unidades residenciales en la comunidad y los espacios de estacionamiento dispuestos en la comunidad. Algunas comunidades se basarán en 1:1. y un mínimo de tres hogares en la comunidad proporcionarán un espacio de estacionamiento. Si se trata de una zona residencial en el centro de la ciudad, la proporción de plazas de aparcamiento generalmente se configura según 1:0,8.
Espero que el contenido anterior le resulte útil. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.
Base jurídica: artículo 275 del Código Civil
La propiedad de las plazas de aparcamiento y garajes previstos para aparcar coches dentro del recinto del edificio será determinada por las partes mediante contrato de compraventa y embargo. en forma de donación o arrendamiento. Las plazas de aparcamiento que ocupan vías u otros sitios de propiedad del propietario para el estacionamiento de vehículos son de propiedad exclusiva del propietario.
Artículo 276
Dentro de la zona de edificación, las plazas de aparcamiento y los garajes previstos para el estacionamiento de vehículos deberán satisfacer en primer lugar las necesidades de los propietarios.
Artículo 345
El derecho de uso de terrenos edificables podrá establecerse en la superficie, sobre el suelo o bajo tierra del terreno.