Medidas para la Supervisión de las Sociedades Locales de Gestión de Activos
Base jurídica: “Reglamento Provisional sobre Supervisión y Administración de los Activos de las Empresas del Estado”.
Artículo 6 El Consejo de Estado y los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, y los gobiernos populares de las ciudades divididas en distritos y prefecturas autónomas establecerán respectivamente la supervisión de los activos de propiedad estatal y agencias de administracion. Los organismos de supervisión y administración de los activos estatales desempeñarán las responsabilidades de los inversores de conformidad con su autorización y supervisarán y gestionarán los activos estatales de las empresas de conformidad con la ley.
Con la aprobación de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del gobierno central, las ciudades distritales y las prefecturas autónomas con activos empresariales estatales relativamente pequeños no pueden establecer una supervisión separada de los activos estatales. y agencias de gestión.
Artículo 7 Los gobiernos populares en todos los niveles implementarán estrictamente las leyes y regulaciones de gestión de activos de propiedad estatal, insistirán en la separación de las funciones de gestión pública social del gobierno y las funciones de los contribuyentes de activos de propiedad estatal, e insistirán en la separación de gobierno y empresa, y la separación de propiedad y derechos de gestión.
Las agencias de supervisión y administración de activos estatales no desempeñan las funciones de gestión social y pública del gobierno, y otras agencias y departamentos gubernamentales no desempeñan sus deberes como inversionistas de activos estatales.
Artículo 8 Los organismos de supervisión y administración de activos estatales, de conformidad con las disposiciones del presente Reglamento y otras leyes y reglamentos administrativos pertinentes, establecerán y mejorarán un sistema de supervisión interna e implementarán estrictamente las leyes y reglamentos administrativos.
Artículo 9 En caso de guerra, desastres naturales graves u otras situaciones importantes o de emergencia, el Estado podrá movilizar y disponer uniformemente de los activos estatales de las empresas de conformidad con la ley.
Artículo 10 Las empresas invertidas y las empresas que fundaron gozarán de la autonomía de funcionamiento empresarial prevista en las leyes y reglamentos administrativos pertinentes.
Los organismos de supervisión y administración de activos de propiedad estatal apoyarán a las empresas para que operen de forma independiente de conformidad con la ley y no interferirán en las actividades de producción y operación de las empresas, excepto para cumplir con sus deberes como inversionistas.