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Disposiciones provisionales del Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica sobre el castigo de las exportaciones a bajo precio

Artículo 1: Para desarrollar ordenadamente el comercio de exportación de la República Popular China, salvaguardar los derechos e intereses legítimos del país y de las empresas, y evitar las exportaciones a bajo precio, de conformidad con los "Asuntos Exteriores de la República Popular China" Estas regulaciones están especialmente formuladas de acuerdo con la Ley de Comercio de la República Popular China y la Ley Anticompetencia Desleal de la República Popular China. Artículo 2: Este reglamento se aplica a los productos de exportación de bajo precio de las empresas exportadoras.

En estas regulaciones, las empresas exportadoras se refieren a operadores de comercio exterior autorizados por las autoridades económicas y comerciales extranjeras dentro del territorio de la República Popular China. Los productos de exportación se refieren a productos producidos y producidos dentro del territorio de la República Popular China; República de China Fabricación o procesamiento, ensamblaje y de acuerdo con las "Reglas de origen de los bienes exportados de la República Popular China", el origen son los productos de exportación de China. Artículo 3 El Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica de la República Popular China y el Consejo de Estado (en adelante, el Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica) es el departamento competente responsable de sancionar las exportaciones a bajo precio.

El equipo de investigación del Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica para penalizar las exportaciones a bajo precio es responsable de investigar las exportaciones a bajo precio de acuerdo con estas regulaciones y hacer recomendaciones al Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica. Artículo 4: Todas las empresas exportadoras deben realizar cuidadosamente estudios de mercado, fortalecer la contabilidad económica, obedecer la coordinación de varias cámaras de comercio de importación y exportación y formular precios de exportación que estén en línea con el nivel de mercado del país importador. Artículo 5 Si el precio de exportación es inferior al precio de venta del producto de la empresa, se trata de un comportamiento de exportación de bajo precio.

El precio de exportación debe calcularse con base en el monto de divisas a recibir o efectivamente recibidas por la empresa exportadora por el producto.

El precio de venta debe estar compuesto por el costo de producción nacional del producto exportado, los gastos de almacenamiento y transporte, seguros, gestión y demás gastos necesarios para el comercio exterior, más una ganancia razonable. Artículo 6 Si una empresa exportadora realiza una conducta exportadora a bajo precio, el Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica impondrá las siguientes sanciones según las circunstancias:

1. Notificación pública de crítica o advertencia; Empresas exportadoras debido a exportaciones a bajo precio. Si el comportamiento de los precios de exportación causa pérdidas económicas al país y a las empresas pertinentes, se impondrán las multas correspondientes. El monto de la multa no excederá el 60% del monto real de las ventas de productos de exportación de bajo precio.

3 Si una empresa exportadora realiza repetidamente un comportamiento de exportación de bajo precio y causa graves pérdidas económicas al país. país y las empresas pertinentes, será multado de conformidad con el párrafo 2 de este artículo. Si la multa se rechaza dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la notificación de multa, su derecho a solicitar cuotas de exportación y ofertas para productos relacionados o parte de los productos será suspendida o cancelada, y su licencia de exportación para productos relacionados o parte de los productos será suspendida o cancelada hasta que su licencia de comercio exterior sea suspendida o revocada.

4. de las sanciones previstas en los párrafos 1, 2 y 3 anteriores, los departamentos pertinentes también podrán ser considerados responsables o instruidos para exigir responsabilidad al representante legal y a la persona directamente responsable de la responsabilidad administrativa o financiera. Artículo 7 Cualquier unidad o individuo podrá informar al Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica directamente o a través de la Cámara de Comercio de Importación y Exportación o la Asociación de Empresas con Inversión Extranjera sobre hechos contra empresas exportadoras que se dediquen a exportaciones a bajo precio. El contenido del informe puede incluir:

1. Nombre de los productos exportados a bajos precios;

2. Nombres de las empresas exportadas a bajos precios;

3. . Productos exportados a precios bajos Cantidad y cantidad;

4. Documentos relevantes que acrediten el comportamiento de exportación a precios bajos. Artículo 8: Sobre la base de informes u otras pistas, el Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica podrá decidir si inicia una investigación sobre las empresas exportadoras que practican exportaciones a precios bajos. La decisión sobre si se abre un caso para investigación se tomará dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción del informe. Artículo 9 Una vez presentado el caso, el Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica podrá encomendar a la cámara de comercio de importación y exportación competente, a la Asociación de Empresas con Inversión Extranjera o a las autoridades económicas y de comercio exterior locales la investigación de las exportaciones a bajo precio. En caso de que se trate de un caso importante, el Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica podrá realizar su propia investigación. El período de investigación cubre el comportamiento exportador dentro del año anterior a la fecha de presentación de la investigación. Artículo 10: La decisión de abrir un caso a investigación se tomará por escrito, incluyendo los hechos conocidos, el nombre de la unidad investigada y el nombre del organismo competente encargado de la investigación, y será anunciada. Artículo 11 La investigación generalmente concluirá dentro de los 90 días siguientes a la fecha del anuncio de la decisión de archivar el caso para investigación.

La unidad autorizada para investigar deberá informar los resultados de la investigación al Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica dentro de los 10 días siguientes a su finalización y podrá hacer sugerencias para su manejo.

El Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica tomará una decisión por escrito dentro de los 45 días posteriores al final de la investigación con base en los resultados de la investigación y las sugerencias de manejo, y la hará pública. La decisión surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación.

Artículo 12: El Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica mantendrá confidencial el comportamiento de presentación de informes de las unidades o individuos informantes de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales pertinentes.

El Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica recompensará o alentará a las unidades o personas que reporten, que recuperen pérdidas económicas para el país y las empresas. Artículo 13 Si la empresa exportadora sancionada, representante legal o persona directamente responsable no está conforme con la decisión sancionadora del Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica, podrá solicitar reconsideración al Comité Administrativo de Reconsideración del Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica en de acuerdo con el "Reglamento de Reconsideración Administrativa de la República Popular de China" Si no está satisfecho con la reconsideración, puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular de acuerdo con la Ley de Litigios Administrativos de la República Popular de China durante el período de. reconsideración y litigio administrativo, la decisión sancionadora original seguirá siendo válida. Artículo 14: El presente reglamento se aplicará a las exportaciones a bajo precio que se realicen después de su entrada en vigor. Artículo 15 El Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica es responsable de la interpretación de este reglamento. Artículo 16 El presente reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su promulgación.