Disposiciones provisionales sobre el trabajo de auditoría de juegos deportivos a gran escala
Artículo 1 Con el fin de fortalecer la supervisión de la gestión de fondos y las actividades económicas de los juegos deportivos a gran escala, mantener las leyes y regulaciones financieras y garantizar el uso razonable de diversos fondos para juegos deportivos, de acuerdo con leyes y reglamentos pertinentes. Este reglamento se formula en base a la situación real del encuentro deportivo. Artículo 2 Los juegos de gran escala se refieren a los Juegos Nacionales y los Juegos Urbanos Nacionales patrocinados por la Comisión Nacional de Deportes, los juegos deportivos integrales a nivel continental y superior y las competiciones internacionales individuales de gran escala organizadas por la Comisión Nacional de Deportes (en adelante, los Juegos ). Artículo 3 Instituciones de auditoría y personal
(1) El Comité (Preparatorio) de Organización de Juegos Deportivos (en adelante denominado el Comité Organizador) tendrá una institución de auditoría independiente bajo el liderazgo directo del Comité Organizador, en. de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales y las resoluciones y decisiones del Comité Organizador, ejercer independientemente el poder de supervisión de auditoría interna sobre los departamentos y oficinas del Comité Organizador, cada comité de competición y otras unidades relevantes, y ser responsable e informar al Comité Organizador. Comité.
(2) La agencia de auditoría del comité organizador estará compuesta por personal seleccionado de la Oficina de Auditoría de la Comisión Nacional de Deportes (en adelante denominada la Oficina de Auditoría de la Comisión), la agencia de auditoría gubernamental en el lugar y el departamento de auditoría interna de la comisión de deportes local. Principalmente agencias de auditoría gubernamentales. La Oficina de Auditoría de la Comisión es responsable de orientar y supervisar el trabajo de auditoría de los juegos deportivos.
Los auditores deben tener la experiencia necesaria en auditoría o contabilidad. Artículo 4 Contenido de la auditoría y enfoque de la auditoría
(1) Contenido de la auditoría:
1. Presupuesto de la reunión deportiva, su ejecución y cuentas finales;
2. Ingresos y gastos financieros de actividades de recaudación de fondos como patentes y patrocinios;
3. Cumplimiento del alcance y estándares de gastos
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5. La procedencia, distribución, procesamiento y gestión de los bienes y materiales obtenidos por diversos canales
6. La legalidad y validez de los acuerdos y contratos; El sistema de control interno es sólido y eficaz;
8. Otros asuntos que requieran auditoría.
Los proyectos de construcción de capital y los proyectos de mantenimiento a gran escala para los Juegos serán auditados por la unidad de construcción en consulta con la agencia de auditoría del gobierno local o de otras maneras.
(2) El foco de la auditoría son las actividades económicas y los sistemas de control interno del Departamento de Finanzas, el Departamento de Recaudación de Fondos, el Departamento de Grandes Eventos, el Departamento de Noticias y Propaganda, el Departamento de Tecnología Electrónica y otros departamentos de los Juegos. Comité Organizador. Artículo 5 Los principales poderes del departamento de auditoría
(1) Los departamentos y unidades relevantes que utilizan los fondos y propiedades del comité organizador deben proporcionar rápidamente a la agencia de auditoría del comité organizador los planes, presupuestos, estado de implementación del presupuesto y cuentas finales. Informes, sistemas de gestión pertinentes y documentación de diversas actividades económicas.
(2) Auditar los libros de cuentas, comprobantes, extractos, presupuestos y cuentas finales, bienes y materiales de los departamentos correspondientes.
(3) Participar en reuniones y actividades relevantes del comité organizador y de varios departamentos y oficinas, y mantenerse al tanto de las tendencias laborales.
(4) Investigar los asuntos relevantes involucrados en la auditoría y obtener los documentos relevantes. Documentos y otros materiales de apoyo.
(5) Para aquellos que obstruyan o dificulten el trabajo de auditoría o se nieguen a proporcionar información relevante, con la aprobación del comité organizador, se podrán tomar las medidas temporales necesarias y se deberán tomar sugerencias para responsabilizar al personal relevante. hecho.
(6) Presentar sugerencias para mejorar y revisar el sistema de control interno, mejorar la gestión y mejorar la eficacia y eficiencia, así como opiniones sobre la corrección y tratamiento de violaciones de la normativa pertinente.
(7) Las violaciones de las normas financieras y económicas nacionales, las decisiones y resoluciones del comité organizador, y las pérdidas y despilfarros graves se abordarán dentro del ámbito de las facultades legales y de conformidad con las disposiciones de las leyes y Reglamento administrativo con la aprobación del comité organizador.
(8) Para asuntos importantes durante la auditoría, puede solicitar instrucciones directamente e informar al comité organizador de manera oportuna. Artículo 6 Principales procedimientos para el trabajo de auditoría
(1) De acuerdo con los requisitos del comité organizador y la situación real de la reunión deportiva, formular un plan de proyecto de auditoría e implementarlo después de la aprobación del comité organizador.
(2) Antes de realizar una auditoría, se debe notificar a la unidad auditada.
(3) Verificar y solicitar opiniones de los líderes y personal relevante de la unidad auditada sobre problemas descubiertos durante la auditoría.
(4) Proponer soluciones y sugerencias para la corrección y mejora de los problemas existentes.
(5) Inspeccionar la implementación de las decisiones de manejo y opiniones de corrección y mejora.
(6) Después de la reunión deportiva, presentar un informe de auditoría final completo al comité organizador y enviar una copia a la Oficina de Auditoría del comité. Artículo 7 Los auditores auditarán de conformidad con la ley, serán leales a sus deberes, se adherirán a los principios, serán objetivos y justos, honestos y honestos, guardarán secretos y no abusarán de sus poderes. Participar en malas prácticas para beneficio personal y abandono del deber.
El ejercicio de sus poderes por parte de los auditores de conformidad con la ley está protegido por la ley y ninguna organización o individuo puede tomar represalias. Artículo 8 Para las unidades e individuos que violen este reglamento, el comité organizador recomendará que los departamentos o unidades competentes, dentro del alcance de sus competencias estatutarias y de acuerdo con la gravedad del caso, impongan sanciones administrativas y financieras, o las remitan. a los departamentos pertinentes para su manipulación. Artículo 9 La interpretación del presente reglamento corresponde a la Oficina de Auditoría de la Comisión Nacional de Deportes. Artículo 10 El presente reglamento entrará en vigor en la fecha de su promulgación.