Red de conocimiento del abogados - Cuestiones jurídicas del divorcio - Solicitud de marca: Dentro de un año a partir de la fecha de revocación, invalidación o cancelación, la Oficina de Marcas no aprobará ninguna solicitud de registro de marca que sea idéntica o similar a la marca.

Solicitud de marca: Dentro de un año a partir de la fecha de revocación, invalidación o cancelación, la Oficina de Marcas no aprobará ninguna solicitud de registro de marca que sea idéntica o similar a la marca.

Este es el artículo 50 de la Ley de Marcas. Si una marca registrada es revocada, declarada inválida o caduca y no será renovada, la Oficina de Marcas no aprobará ninguna solicitud de registro de una marca idéntica o similar dentro de un año a partir de la fecha de cancelación, invalidación o cancelación.

Esta disposición de la Ley Nacional de Marcas se propone para mantener el orden del mercado y evitar el caos en el mismo.