Es tabú tener a alguien en la familia que esté en la cárcel.
Las personas que han recibido una sanción penal no pueden ejercer como jueces, asesores populares, fiscales, funcionarios públicos, abogados, defensores, peritos judiciales, notarios, policías, diplomáticos, miembros de comités municipales, subastadores, directores de empresas, supervisores, altos directivos, etcétera.
Las personas que están cumpliendo condena en prisión lo pasarán mal dentro, y sus familiares también lo pasarán mal fuera. Es normal que los familiares no estén satisfechos con el prisionero en este momento, pero es mejor que los familiares resuelvan esas emociones ellos mismos. La conmutación y la libertad condicional de los reclusos las determina la unidad de supervisión basándose en el desempeño del recluso en prisión y no tienen nada que ver con los familiares y los llamados conocidos.