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Medidas de gestión del sistema de información de vídeo de seguridad pública de la ciudad de Datong

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de regular la construcción, uso y gestión de los sistemas de información de imágenes de vídeo de seguridad pública, mejorar la capacidad de prevenir y afrontar emergencias, mantener la seguridad pública y el orden social y proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos. , personas jurídicas y otras organizaciones. Estas medidas se formulan de acuerdo con la normativa nacional pertinente y a la luz de la situación real de esta ciudad. Artículo 2 Estas Medidas se aplican a la construcción, uso y gestión de sistemas de información de imágenes de video de seguridad pública dentro de la región administrativa de esta ciudad.

El término "sistema de información de imágenes de video de seguridad pública", como se menciona en estas Medidas, se refiere al sistema de recolección, transmisión y almacenamiento de imágenes de video que utiliza equipos de recolección de imágenes y otros equipos relacionados para monitorear y registrar información en áreas y lugares que involucran seguridad pública. Artículo 3 La construcción, uso y gestión de sistemas de información de imágenes de vídeo de seguridad pública seguirá los principios de planificación general, estándares unificados, integración de recursos y gestión centralizada para lograr el intercambio de recursos. Artículo 4 Los gobiernos populares en todos los niveles incorporarán la construcción, uso y gestión de sistemas de información de imágenes de video de seguridad pública en la gestión de los objetivos integrales de gestión de la seguridad social y fortalecerán el liderazgo organizacional para la gestión de los sistemas de información de imágenes de video de seguridad pública. Los órganos de seguridad pública de todos los niveles son responsables de la supervisión y gestión diaria de la construcción, uso y mantenimiento de los sistemas de información de imágenes de vídeo de seguridad pública.

Los departamentos de desarrollo y reforma, finanzas, planificación, construcción, transporte, cultura, servicios públicos municipales, jardines, reliquias culturales, supervisión de calidad, supervisión bancaria y otros departamentos deben cooperar dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades para Completar el sistema de información de imágenes de vídeo de seguridad pública. Trabajo relacionado. Artículo 5 Si la construcción y el uso de sistemas de información de imágenes de vídeo de seguridad pública involucran secretos de estado o secretos comerciales, se implementarán estrictamente de acuerdo con las leyes y regulaciones nacionales pertinentes.

La construcción y el uso de sistemas de información de imágenes de video de seguridad pública no infringirán la privacidad personal de los ciudadanos, los derechos de imagen y otros derechos e intereses legítimos se tomarán para la información de imágenes de video que involucren la privacidad personal de los ciudadanos; . Artículo 6 Los gobiernos populares en todos los niveles recompensarán a las unidades e individuos que utilicen sistemas de información de imágenes de video de seguridad pública para proporcionar evidencia y pistas clave para detectar casos criminales o de seguridad pública importantes o capturar a sospechosos criminales importantes de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Capítulo 2 Planificación y construcción Artículo 7 Los siguientes lugares y áreas deben construir sistemas de información de imágenes de video de seguridad pública:

(1) Agencias gubernamentales y del partido y otras agencias estatales, estaciones de radio, estaciones de televisión y otras unidades de noticias importantes , telecomunicaciones, lugares de servicios postales, financieros, de seguros y otros, museos, salas de exposiciones, archivos, unidades clave de protección de reliquias culturales, instituciones nacionales clave de investigación científica, lugares de producción, venta y almacenamiento de mercancías peligrosas y otras unidades importantes;

(2) Hoteles, restaurantes, centros comerciales, bazares, supermercados, almacenes, hospitales, escuelas, guarderías y otros lugares, lugares culturales y de entretenimiento, cibercafés, recintos deportivos, zonas residenciales cerradas, parques, plazas, estacionamientos y otros lugares públicos donde se reúne la gente

(3) Carreteras urbanas principales e intersecciones de tráfico importantes, aeropuertos, estaciones de tren, estaciones de autobuses, grandes puentes, túneles, pasos subterráneos, pasos elevados y otros lugares y áreas;

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(4) Ciudades Infraestructura urbana importante, como suministro de agua y drenaje, electricidad, gas, instalaciones de calefacción y proyectos de agua importantes;

(5) Otras unidades, lugares y áreas especificadas por las autoridades nacionales leyes y reglamentos y determinados por el gobierno popular a nivel de condado o superior. Artículo 8 Además de los lugares y áreas especificados en el artículo anterior, otras organizaciones, empresas, instituciones y lugares podrán construir voluntariamente sistemas de información de imágenes de video de seguridad pública basados ​​en la necesidad de mantener la seguridad pública. El artículo 9 prohíbe la instalación de instalaciones y equipos de videovigilancia en aseos, baños, vestuarios, habitaciones de hotel, dormitorios de empleados y otros lugares que afecten a la privacidad de los ciudadanos. Artículo 10 Los sistemas de información de imágenes de vídeo de seguridad pública en vías, plazas, parques y otros lugares públicos del transporte público urbano serán planificados y construidos por el gobierno, y los órganos de seguridad pública serán responsables de su gestión. Ninguna otra unidad o individuo puede instalar un sistema de información de imágenes de video de seguridad pública en esta área sin autorización. Artículo 11 La construcción de sistemas de información de imágenes de vídeo de seguridad pública deberá cumplir con los estándares nacionales, locales y de la industria, y se fomenta la adopción de estándares internacionales avanzados. El sistema de información de imágenes de video de seguridad pública construido y utilizado por la unidad deberá tener una interfaz de salida de imágenes que pueda vincularse con la plataforma de monitoreo del sistema de información de imágenes de video de seguridad pública del órgano de seguridad pública. Artículo 12 Los proyectos de nueva construcción, reconstrucción y ampliación deberán construir un sistema de información de imágenes de video de seguridad pública, y el sistema de información de imágenes de video de seguridad pública se diseñará, construirá y pondrá en uso al mismo tiempo que el proyecto principal. Artículo 13 Las unidades y empresas dedicadas al diseño, construcción y mantenimiento de sistemas de información de imágenes de vídeo de seguridad pública deberán tener las calificaciones correspondientes prescritas por el Estado.

Artículo 14 El plan de diseño del sistema de información de imágenes de video de seguridad pública se demostrará de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. La unidad de construcción trabajará con la agencia de seguridad pública para organizar la unidad de diseño, la unidad de construcción y los expertos técnicos para demostrar el plan.

Una vez completado el sistema de información de imágenes de video de seguridad pública, la agencia de seguridad pública confiará a una agencia de pruebas legal para realizar las pruebas del sistema después de pasar la inspección de aceptación, la unidad de construcción organizará la inspección de aceptación junto con el público; agencia de seguridad.

Si el sistema de información de imágenes de vídeo de seguridad pública no pasa la inspección de aceptación, no se pondrá en uso. Artículo 15 La unidad que construye y utiliza el sistema de información de imágenes de video de seguridad pública deberá, dentro de los 30 días a partir de la fecha de aceptación de finalización, registrar el sistema de información de imágenes de video de seguridad pública en la agencia de seguridad pública responsable del sistema de información de imágenes de video de seguridad pública en de acuerdo con la afiliación del trabajo de seguridad pública, la siguiente información si no hay una afiliación clara con el trabajo de seguridad pública, el archivo del sistema de información de imágenes de video de seguridad pública se presentará ante la agencia de seguridad pública del distrito o condado donde se encuentra:

(1) Plano de diseño;

(2) Contrato;

(3) Documentos de aceptación;

(4) Modelo de equipo; , rendimiento y parámetros técnicos;

(5) Otra información relevante.

Los usuarios que hayan establecido un sistema de información de imágenes de video de seguridad pública antes de la implementación de estas Medidas deberán, dentro de los 60 días a partir de la fecha de implementación de estas Medidas, archivar la información relevante del sistema de información de imágenes de video de seguridad pública ante los órganos de seguridad pública de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.