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Es ilegal para niñas menores de 16 años incluso si son voluntarias.

No es ilegal. No constituye delito si es voluntario. Que constituya un delito depende de la edad y la voluntariedad de la niña: las relaciones sexuales con una niña mayor de 14 años o menor de 16 años, siempre que la niña sea completamente voluntaria, no constituye violación, no viola la ley, y no exige responsabilidad civil. Obligar a una mujer a tener relaciones sexuales con violencia, coacción u otros medios constituye el delito de violación. La clave depende de si tienes más de 14 años en el momento de tener relaciones sexuales. Si tienes más de 14 años, no es necesario que asumas responsabilidad penal por las relaciones sexuales. Por supuesto, la mujer debe ser voluntaria, entonces no es ilegal y no es necesario que asumas responsabilidad penal. Obligar a una mujer a tener relaciones sexuales con violencia, coacción u otros medios constituye el delito de violación. Si ambas partes mantienen relaciones sexuales voluntarias, no constituye violación, en caso contrario constituye delito de violación y se investigará responsabilidad penal conforme a la ley si un adulto tiene relaciones sexuales con una niña menor de 16 años. y menores de 18 años, su responsabilidad legal dependerá de si Análisis específico, si ambas partes son completamente voluntarias, no constituye un delito y no necesita asumir responsabilidad penal, pero será criticado moralmente; si las relaciones sexuales voluntarias causan daño físico a la mujer, como aborto espontáneo, etc., provocando que la mujer no pueda En casos de parto y otras circunstancias, usted debe asumir la responsabilidad civil por la compensación si tiene relaciones sexuales con una mujer por la fuerza; su testamento, usted es sospechoso de haber cometido un delito y debe asumir responsabilidad penal. El delito de violación se refiere al delito de obligar a una víctima a realizar actos sexuales en contra de su voluntad mediante el uso de violencia, amenazas o lesiones, y se determina conforme a la ley. El objeto de este delito son los derechos sexuales inviolables de las mujeres, es decir, el derecho de las mujeres a decidir sobre su comportamiento sexual legítimo según su propia voluntad. El crimen apunta a todas las mujeres. Objetivamente hablando, el delito de violación debe implicar el uso de violencia, coerción u otros medios para poner a la mujer en un estado en el que no pueda resistir, no se atreva a resistir, o no sepa cómo resistir, o no se aproveche de la situación de la mujer. Estado de inconsciencia o incapacidad de resistir y aprovechar la situación para cometer adulterio. Los llamados medios violentos se refieren a los medios de ejercer ilegalmente una fuerza tangible sobre el cuerpo de la víctima, es decir, golpear directamente, atar, amordazar, asfixiar, derribar, etc. para poner en peligro la seguridad personal o la libertad personal de la víctima y evitar la mujer se resista. Las mujeres de dieciséis años ya tienen capacidad de juzgar, y si es consentido no constituye violación.

Base jurídica: Artículo 236 de la "Ley Penal de la República Popular China" Quien viole a una mujer mediante violencia, coerción u otros medios será condenado a pena privativa de libertad de no menos de tres años, pero no más de diez años. Cualquiera que cometa adulterio con una niña menor de catorce años será tratado como violación y será severamente castigado. Cualquiera que viole a una mujer o viole a una joven en cualquiera de las siguientes circunstancias será condenado a pena de prisión de no menos de diez años, cadena perpetua o pena de muerte: (1) Las circunstancias de la violación de una mujer o de la violación una niña es atroz; (2) Violar a una mujer o violar a una niña por varias personas (3) Violar a mujeres en público en lugares públicos (4) Violación en grupo por dos o más personas; muerte a la víctima o causar otras consecuencias graves. Artículo 236-1 del Código Penal: La persona que tenga responsabilidades especiales tales como tutela, adopción, cuidado, educación, atención médica, etc., respecto de una menor de edad que haya cumplido catorce años pero no haya cumplido dieciséis, tendrá derechos sexuales. relaciones sexuales con la menor si el caso está relacionado, será condenado a pena privativa de libertad no mayor de tres años; si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años; no más de 10 años. El que cometa los hechos mencionados en el párrafo anterior y además constituya un delito previsto en el artículo 236 de esta Ley, será condenado y castigado conforme a las disposiciones de la pena más grave.