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Cómo distinguir marcas colectivas, marcas de certificación e indicaciones geográficas

Según las normas de examen de marcas, una marca que solo indica el lugar de producción de un producto carece de carácter distintivo y no puede registrarse como marca. Las indicaciones geográficas pueden registrarse como marcas de certificación o marcas colectivas.

Una marca de indicación geográfica es un signo que indica que un producto es originario de una determinada región y que la calidad específica, la reputación u otras características del producto están determinadas principalmente por los factores naturales o humanos de la región. . Solicitar una marca de certificación de indicación geográfica es una práctica común a nivel internacional para proteger productos especiales. Al solicitar una marca de certificación de indicación geográfica, podemos utilizar y preservar de manera racional y plena los recursos naturales, los recursos humanos y el patrimonio geográfico, proteger eficazmente productos especializados de alta calidad y promover el desarrollo de industrias especializadas.

Marca de certificación de indicación geográfica:

La indicación geográfica es una estipulación en la Sección 3 de la Parte II del Acuerdo sobre Propiedad Intelectual de la OMC (Organización Mundial del Comercio) "Aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio". " (ADPIC para abreviar) Obligaciones de los Miembros de proteger las indicaciones geográficas.

El Acuerdo sobre los ADPIC define las indicaciones geográficas: “Las indicaciones geográficas se refieren a signos que prueban que un producto es originario de un determinado país miembro o de una determinada región o de un determinado lugar dentro de la región. Ciertas características del producto. Ciertas cualidades. , reputaciones u otras características son esencialmente atribuibles a ese origen geográfico”.

Una indicación geográfica es una indicación del origen de un producto concreto. Puede ser el nombre de un país, el nombre de una división administrativa y el nombre de una región o región que no cause malentendidos.

Las características básicas de las indicaciones geográficas son tres puntos: (1) Indica la verdadera fuente de los bienes o servicios (es decir, la ubicación geográfica del origen); (2) Los bienes o servicios tienen una calidad única; , reputación u otras características; (3) La calidad o característica es esencialmente atribuible a su especial origen geográfico.

A partir de la definición anterior, no es difícil ver que las indicaciones geográficas que el Acuerdo sobre los ADPIC exige que los estados miembros protejan son en realidad indicaciones geográficas más especiales, que se acercan más a los nombres de origen.

Al igual que las marcas, la función principal de las indicaciones geográficas es distinguir el origen de los productos. Si bien es concebible que las indicaciones geográficas puedan utilizarse para servicios, un ámbito de aplicación tan amplio de las indicaciones geográficas no se utiliza actualmente en los tratados internacionales administrados por la OMPI ni en el Acuerdo sobre los ADPIC. A diferencia de las marcas, las indicaciones geográficas distinguen los productos indicando el lugar de producción en lugar de la fuente de fabricación. La designación del lugar de fabricación o producción es la esencia de una indicación geográfica. Las indicaciones geográficas se diferencian de las marcas en que no se seleccionan al azar y las indicaciones geográficas son insustituibles.

Por lo general, una indicación geográfica se reconoce en el país donde se encuentra el lugar al que se refiere la indicación geográfica. A este país a menudo se le llama el "país de origen". Según el Arreglo de Lisboa, "el país de origen se refiere al país, región o lugar donde el nombre constituye la denominación de origen y confiere reputación al producto".

En principio, todos los fabricantes pueden utilizar un determinado nombre geográfico, siempre que los productos que llevan el nombre geográfico sean originarios del lugar indicado, o cumplan con algunas normas aplicables al producto (si las hay). , dependiendo de la situación.

Los usuarios legítimos de las indicaciones geográficas tienen derecho a impedir que cualquier persona cuyos productos no procedan del lugar indicado por la indicación geográfica utilice la indicación geográfica. Al igual que las marcas, las indicaciones geográficas están sujetas al principio de “particularidad”, es decir, la protección que reciben se limita al tipo de productos en los que efectivamente se utilizan también se aplica el principio de “territorio”, es decir, se aplican; sólo están protegidos dentro de un determinado ámbito territorial y están protegidos por ese territorio limitado por leyes y reglamentos. Las indicaciones geográficas de prestigio son una excepción al principio de particularidad. Actualmente, ni los tratados administrados por la OMPI ni el ADPIC brindan una protección tan ampliada para las indicaciones geográficas.