Normas de Ejecución del Artículo 57 de la Ley de Marcas
Subjetividad jurídica:
Todos sabemos que el derecho marcario tiene un manejo estricto sobre el uso de las marcas. Uno es prevenir el abuso de derechos y evitar vulnerar los derechos legítimos de otros sujetos; el otro es Uno es castigar las actividades ilegales durante el uso de los derechos de marca. Así es el artículo 44 de la Ley de Marcas. 1. El que utilice una marca registrada en el contenido previsto en el artículo 44 de la Ley de Marcas y cometa cualquiera de los siguientes actos será ordenado por la Oficina de Marcas para corregir o cancelar la marca registrada dentro de un plazo: (1) Cambiar la marca registrada por iniciativa propia; (2) Modificación del registro de la marca registrada por iniciativa propia (3) Transferencia de una marca registrada por iniciativa propia (4) Cese de su uso durante tres años consecutivos; 2. El artículo 44 de la Ley de Marcas trata sobre el tratamiento administrativo de actos ilegales de uso de marcas registradas. 1. Las marcas registradas no pueden modificarse por iniciativa propia. El registro de una marca es la base jurídica y el procedimiento legal necesario para obtener el derecho exclusivo de uso de una marca. De acuerdo con lo dispuesto en esta Ley, si el uso de una marca registrada requiere cambios en las palabras, gráficos, letras, números, logotipos tridimensionales y combinaciones de colores de la marca registrada, así como la combinación de los elementos anteriores, se Se produce un cambio en el objeto del derecho de marca, debiendo presentarse una nueva solicitud de registro de marca. No presentar una solicitud de reinscripción es un acto prohibido por esta ley. En el proceso de uso y gestión de una marca registrada específica, la marca registrada no es completamente inmutable, pero dichos cambios no pueden cambiar sustancialmente los elementos constitutivos de la marca registrada, ni pueden infringir los derechos exclusivos de otros para usar la marca. Asimismo, si hay un cambio en el objeto del derecho de marca, se deberá presentar una nueva solicitud de registro de marca, de lo contrario se asumirá la responsabilidad legal correspondiente. 2. Si cambia el nombre, la dirección u otra información de registro del propietario de la marca registrada por su cuenta, debe presentar una solicitud de cambio de registro de marca. No presentar una solicitud de cambio de registro no permitirá que la autoridad de marcas comprenda oportunamente la situación real del propietario de la marca. Al mismo tiempo, los cambios en el nombre, la dirección u otros asuntos de registro del propietario de los derechos también afectarán la situación. validez del derecho de marca. En algunos casos, una empresa ha realizado los trámites para cambiar su nombre, dirección, etc. ante la autoridad de registro empresarial, pero no ha acudido rápidamente a la autoridad de marcas para realizar los trámites para cambiar el nombre o la dirección del registrante de la marca. Una vez que otros lo falsifiquen e infrinjan, será difícil recibir protección legal. 3. No está permitido transferir marcas registradas por su cuenta. Si una persona jurídica, persona física u otra organización necesita transferir una marca registrada, debe presentar una solicitud de transferencia del registro de marca a la Oficina de Marcas junto con el cesionario ***. Una vez aprobada la transferencia de una marca registrada, se anunciará y el cesionario disfrutará del derecho exclusivo de utilizar la marca a partir de la fecha del anuncio. Quien viole estas normas y realice transferencias por su propia cuenta será tratado de conformidad con este artículo. La transferencia de una marca registrada es un acto de cambio de una marca registrada en un sentido amplio, es decir, el tema del derecho de marca ha cambiado fundamentalmente. Aunque la transferencia de derechos de marca pertenece a la categoría de derechos civiles y las partes de la transferencia pueden lograrla mediante acuerdo, la Ley de Marcas de mi país estipula los procedimientos pertinentes y la autotransferencia es ilegal. 4. Dejado de utilizar durante tres años consecutivos. Si una marca registrada no se utiliza durante mucho tiempo, la marca no solo no generará valor ni ejercerá sus funciones y funciones, sino que también afectará el registro o uso de otros. De hecho, impedirá que otros soliciten el registro. de marcas idénticas o similares Leyes de marcas El mecanismo también pierde su sentido de existencia. En cuanto a cómo entender el uso de marcas, de acuerdo con las regulaciones pertinentes de nuestro país, el uso de una marca en bienes, empaques o contenedores de productos y documentos de transacciones de productos básicos, su uso para publicidad, exposiciones y otros negocios puede considerarse uso, y permitir que otros lo utilicen también puede considerarse uso. En las circunstancias previstas en esta Ley, también podrá considerarse como uso la transferencia a otra persona para su uso. Si la suspensión de uso se debe a fuerza mayor u otros motivos legítimos y aprobados por la Oficina de Marcas, no estará sujeta a lo dispuesto en este artículo. El artículo 44 de la Ley de Marcas prevé el tratamiento administrativo de actividades ilegales que impliquen el uso de marcas registradas. Independientemente de si usted es propietario exclusivo o cesionario de una marca registrada, debe cumplir con las normas sobre uso y gestión de marcas, y al tiempo que disfruta de los derechos que le confiere la ley, también debe cumplir con las obligaciones pertinentes que le confiere la ley. Si la parte incumpliera las obligaciones que le impone este artículo, la Oficina de Marcas podrá ordenarle que dentro de un plazo haga correcciones o cancele su marca registrada. Objetividad jurídica:
De la expresión de este artículo, se forman al menos cuatro relaciones de infracción marcaria entre los cuatro elementos de una misma clase de productos, de una misma marca, de productos similares y de marcas similares: se aplica una marca comercial al mismo tipo de productos; se aplica una marca comercial similar al mismo tipo de productos sin permiso; se aplica la misma marca comercial a productos similares sin permiso; Cabe señalar que estas cuatro relaciones no son tipos de infracción de marca. La clave para juzgar la infracción de marca sigue estando en si constituye "confusión" o "riesgo de confusión".
Por lo tanto, la lógica correcta para aplicar el artículo 57 de la Ley de Marcas es: "Se presume que el uso de la misma marca en los mismos productos sin permiso es suficiente para causar confusión y constituir infracción, salvo prueba en contrario"; Se presume que "usar la misma marca en productos similares" es suficiente para causar confusión y constituir una infracción. "Usar la misma marca o una similar en productos similares" no necesariamente conduce a confusión "usar la misma o similar marca en productos similares sin; permiso" sólo constituirá una infracción de marca registrada si es suficiente para causar confusión. Al mismo tiempo, al identificar "mercancías del mismo tipo" y "mercancías similares", la Clasificación de Niza y la "Lista de clasificación" pueden utilizarse efectivamente como base para una presunción objetiva: si las mercancías son del mismo tipo en la Clasificación de Niza y la "Lista de Clasificación", se presume que constituyen "el mismo tipo de mercancías", a menos que exista prueba en contrario; se presume que productos que son similares en la Clasificación de Niza y la "Lista de Clasificación"; constituyen "bienes similares", excepto cuando exista evidencia en contrario que indique que la marca en disputa involucra evidencia de que los bienes se consideran constituyen "el mismo tipo de bienes" o "bienes similares" debido a sus funciones, usos, producción; departamentos, canales de venta, objetivos de consumo, relaciones de competencia o sustitución, etc. El artículo 57 de la Ley de Marcas de mi país estipula que "sin el permiso del titular de la marca, se utiliza una marca idéntica a su marca registrada en el mismo tipo de productos", "una marca similar a su marca registrada se utiliza en el mismo tipo de productos". tipo de productos, o productos similares se utilizan en productos similares. "El uso de una marca que es igual o similar a su marca registrada y que puede causar confusión" constituye una infracción de marca. El artículo 57 de la Ley de Marcas de mi país estipula que "sin el permiso del titular de la marca, se utiliza una marca idéntica a su marca registrada en el mismo tipo de productos", "una marca similar a su marca registrada se utiliza en el mismo tipo de productos". tipo de productos, o productos similares se utilizan en productos similares. "El uso de una marca que es igual o similar a su marca registrada y que puede causar confusión" constituye una infracción de marca. Entre ellos, siempre hay problemas lógicos en la identificación de "bienes similares" y la teoría de la "confusión" de la infracción de marcas. Este artículo no será superficial y discutirá la lógica correcta para identificar "bienes similares" (incluidos los servicios). para buscar consejo de la familia Fang. En la teoría de la "confusión" de la infracción de marcas, la "confusión" se refiere específicamente a los malentendidos de los consumidores sobre la fuente o los aspectos relacionados de los bienes o servicios. El artículo 11 de las "Interpretaciones sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en los juicios de casos civiles de marcas" del Tribunal Supremo Popular (Interpretación Fa [2002] Nº 32) define "bienes similares" como "bienes similares en función, uso y producción". departamento, canal de ventas, objeto de consumo" "Bienes que son idénticos en otros aspectos, o que el público relevante generalmente cree que tienen una conexión específica y pueden causar confusión". Por lo tanto, la "confusión" ha surgido como el estándar para identificar " marcas similares" y se cree que "la confusión es el principio básico para identificar 'bienes similares'". Hay muchas sentencias en la práctica judicial que apoyan el uso de la "confusión" como estándar para determinar si se constituyen "bienes similares". Sin embargo, utilizar la "confusión" como criterio para determinar "bienes similares" implica graves bucles lógicos y una inversión de causa y efecto: la determinación de la confusión depende de si los productos o servicios son similares; la confusión es también un criterio para medir si los productos son similares; o servicios son similares. Algunos estudiosos intentan resolver este problema lógico distinguiendo los objetos de "confusión". Creen que "'confusión' al identificar 'productos similares' se refiere a confusión sobre el origen de los productos, mientras que 'confusión' al identificar una infracción de marca se refiere a la "Confusión sobre el valor", pero el problema es que a veces es difícil distinguir entre "confusión sobre el origen" y "confusión sobre el valor de uso de los bienes". Además, es fácil utilizar únicamente la confusión sobre el "origen". " como criterio único para "bienes similares". Ignora las funciones, usos, departamentos de producción, canales de venta y objetos de consumo de los bienes que pueden afectar la similitud de las marcas. La clave para resolver el problema lógico anterior es considerar los "bienes similares" y la "confusión" como factores a considerar al determinar la infracción de una marca, y dejar claro que el criterio para determinar la infracción de una marca es la "confusión", no los "bienes similares". . De hecho, "la similitud de marcas y la similitud de productos no es un concepto de sí o no, sino una cuestión de grado". En la identificación de "productos similares", si "similares" o no es una cuestión de "sí" o "no", entonces el juicio de "productos similares" a la infracción de marca es una cuestión de objetividad y tipificación, es decir, como siempre que no exista el uso de la misma marca o una similar en productos similares con permiso constituye una infracción. Si los "bienes similares" son sólo uno de los factores para determinar la infracción de una marca, entonces los "bienes similares" entre productos sólo aumentan la posibilidad de confusión, pero no conducen definitivamente a confusión y no establecerán necesariamente una infracción de marca. Que constituya una infracción de marca depende en última instancia de si hay pruebas que demuestren que existe "confusión real" o "riesgo de confusión". En la práctica judicial de los Estados Unidos, en muchos casos se ha considerado la “confusión” como criterio para la infracción de marcas en lugar de los “productos similares”.
De conformidad con el artículo 12 de la Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de la ley en los litigios civiles sobre marcas, la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de Marcas (en adelante, la Clasificación de Niza) y la Clasificación de Bienes y Servicios Similares (en adelante, la "Tabla de Distinción") es una "referencia" para identificar "bienes similares", no una base. Otro significado de "referencia" es que en procedimientos judiciales, la Clasificación de Niza y la "Lista de Distinción" pueden considerarse estándares objetivos para inferir que los productos son similares, es decir, si los productos involucrados en la marca en disputa pertenecen a marcas similares. grupos de la Clasificación de Niza y la "Lista de Distinción", se presume que constituyen productos similares, a menos que exista otra evidencia que demuestre que los productos involucrados en la marca en disputa no son productos similares. El valor de aclarar este punto en los procedimientos judiciales es: primero, aumenta la certeza y previsibilidad de las sentencias por infracción de marcas y mejora la credibilidad judicial. Si el juicio sobre "productos similares" se basa exclusivamente en estándares subjetivos, diferentes jueces tendrán diferentes perspectivas, lo que hace que el juicio sobre "productos similares" esté lleno de subjetividad, y los "productos similares" son uno de los factores importantes para determinar la infracción de una marca. La subjetividad del juicio sobre "bienes similares" aumentará la certeza y previsibilidad de los juicios por infracción de marcas, haciendo que los juicios judiciales por infracción de marcas sean un "camaleón" a los ojos del público, afectando así la credibilidad judicial. En segundo lugar, mejorar la eficiencia judicial. Para basarse enteramente en estándares subjetivos para identificar "bienes similares", el juez debe juzgar uno por uno los muchos factores que afectan la determinación de "bienes similares" durante el proceso de juicio, sin embargo, si se aplican la Clasificación de Niza y el "Lista de Distinción". "se consideran mercancías presuntamente similares, la Norma objetiva, a falta de otras pruebas, el juez puede hacer directamente una inferencia basada en la Clasificación de Niza y la "Lista de Clasificación". Tratar la Clasificación de Niza y la "Lista de Clasificación" como normas objetivas para presumir "bienes similares" y negar las normas subjetivas para identificar "bienes similares". Por el contrario, la determinación de "bienes similares" depende en última instancia de normas subjetivas multifacéticas y amplias. En la práctica judicial de nuestro país, muchas sentencias se han centrado en el "carácter auxiliar o complementario funcional", "la relación entre uso coincidente o soporte", "la relación entre productos y piezas", "la relación entre materias primas o herramientas", " la relación entre productos básicos", la "relación competitiva entre productos" y otros aspectos para determinar "bienes similares", estos son estándares subjetivos de los que vale la pena aprender. Al mismo tiempo, la aplicación de normas subjetivas para identificar "bienes similares" también puede referirse a los siguientes puntos: En primer lugar, cuanto mayor sea el grado de similitud de los productos, más fácil será causar confusión entre los consumidores. Cuanto mayor sea la similitud entre los productos en litigio, mayor será la posibilidad de confusión entre los consumidores y, en consecuencia, aumentará la probabilidad de determinar que se establece la infracción. Al mismo tiempo, cuanto mayor sea la similitud entre los productos en disputa, la prueba del demandante de otros factores que afectan el juicio subjetivo de "la posibilidad de causar confusión al consumidor" se reducirá en consecuencia. En segundo lugar, la propia determinación de “productos similares” no debe tener en cuenta el grado de notoriedad de la marca en litigio. Los "bienes similares" son uno de los factores considerados en la determinación de la infracción de marca, y el grado de notoriedad de la marca en disputa también es uno de los factores considerados en la determinación de la infracción de marca. Los dos factores afectan simultáneamente la determinación de. infracción de marca registrada, y no existe relación causal. Cuanto mayor sea la fama de la marca en disputa, mayor será la posibilidad de confusión entre los consumidores. Esto no tiene nada que ver con la similitud de los productos en disputa. No es apropiado utilizar la fama de la marca en disputa para ampliar el alcance de productos similares. . Además, mi país adopta protección interclase para las marcas registradas conocidas. Si el alcance de los "productos similares" puede ampliarse en función de la popularidad de la marca, entonces la protección interclase de las marcas conocidas no tendrá sentido.