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Remuneraciones y beneficios de los funcionarios públicos nacionales

1. Disposiciones pertinentes en materia de salarios y prestaciones

"Reglamento de la Administración de los Servidores Públicos Nacionales"

Artículo 73: Los servidores públicos implementarán cargos nacionales unificados y niveles del sistema salarial.

El sistema salarial de los funcionarios implementa el principio de distribución según el trabajo.

El Estado ha establecido un mecanismo normal de aumento salarial para los funcionarios públicos.

Artículo 74: El salario de los funcionarios públicos incluye el salario básico, asignaciones, subsidios y bonificaciones.

Los funcionarios públicos disfrutan de prestaciones adicionales regionales, prestaciones por condiciones de vida difíciles y zonas remotas, prestaciones por funciones y otras prestaciones de conformidad con la normativa nacional.

Los funcionarios públicos disfrutan de subsidios y subsidios de vivienda, médicos y de otro tipo de acuerdo con las regulaciones nacionales.

Los funcionarios públicos que se determine que son sobresalientes y competentes durante las evaluaciones periódicas disfrutarán de bonificaciones de fin de año de acuerdo con la normativa nacional.

Los salarios de los funcionarios públicos deben pagarse íntegramente y a tiempo.

Artículo 75: El nivel salarial de los servidores públicos será coordinado con el desarrollo de la economía nacional y compatible con el progreso social.

El Estado implementa un sistema de encuesta salarial, realiza periódicamente encuestas y comparaciones de los niveles salariales de los funcionarios públicos y empleados equivalentes en las empresas, y utiliza los resultados comparativos de la encuesta salarial como base para ajustar los niveles salariales de los funcionarios públicos. servicio.

2. Disposiciones pertinentes sobre prestaciones sociales.

Reglamento para la Administración de los Servidores Públicos Nacionales

Artículo 76: Los servidores públicos gozarán de prestaciones asistenciales de conformidad con la normativa nacional. El Estado mejora los beneficios sociales de los funcionarios públicos en función del nivel de desarrollo económico y social.

Los funcionarios públicos implementan el sistema de jornada laboral estipulado por el estado y disfrutan de vacaciones de acuerdo con la normativa estatal. Los funcionarios que realicen horas extraordinarias fuera de los días hábiles legales gozarán del correspondiente permiso compensatorio.

Artículo 77: El Estado establece un sistema de seguro para los funcionarios públicos para garantizar que los funcionarios reciban asistencia e indemnización en caso de jubilación, enfermedad, accidente de trabajo, parto, desempleo, etc.

Si un funcionario queda incapacitado en el desempeño de sus funciones, disfrutará de las prestaciones por incapacidad prescritas por el Estado. Si un funcionario fallece en el cumplimiento del deber, muere en el cumplimiento del deber o muere por enfermedad, sus familiares disfrutarán de las pensiones y el trato preferencial estipulados por el Estado.

Artículo 78: Ninguna agencia podrá violar las normas nacionales al cambiar las pólizas de salario, bienestar y seguros de los servidores públicos, o aumentar o disminuir los beneficios de salario, bienestar y seguros de los servidores públicos sin autorización. Ninguna agencia podrá deducir o retrasar los salarios de los funcionarios públicos.

Artículo 79: Los fondos necesarios para salarios, prestaciones, seguros, pensiones, contratación, capacitación, recompensas, despidos, etc. de los servidores públicos, estarán incluidos en el presupuesto fiscal y garantizados.

Los ingresos salariales de los funcionarios públicos se pagan de conformidad con las disposiciones del "Reglamento sobre la Administración de los Funcionarios Públicos Nacionales" y se ajustan de acuerdo con la situación financiera nacional. Las prestaciones del seguro que disfrutan los funcionarios públicos. implementado de conformidad con lo establecido en el "Reglamento de la Administración de los Servidores Públicos Nacionales". Los ingresos salariales del personal de las instituciones públicas generalmente no están estipulados por el Estado y los determina cada institución pública de acuerdo con las condiciones del mercado. Los beneficios del seguro que disfruta el personal de las instituciones públicas se implementan de acuerdo con las normas nacionales de seguridad social pertinentes y, en general, deben serlo. socializado gradualmente. Hay que decirlo: para el mismo puesto y las mismas cualificaciones, los ingresos de los funcionarios públicos son superiores a los de las instituciones públicas.