¿Se debe presentar una solicitud de invalidación de marca a la Oficina de Marcas o a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas?
El proceso de solicitud de invalidación de derechos de marca
En correspondencia con diferentes situaciones de invalidación de derechos de marca, los procedimientos para invalidar los derechos de marca también son diferentes.
(1) Existen dos procedimientos para invalidar los derechos de marca cuando una marca registrada es obviamente defectuosa:
1 La Oficina de Marcas puede cancelar proactivamente la marca registrada de oficio;
2. Otras unidades o personas podrán solicitar a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas que se pronuncie sobre la revocación de la marca registrada.
(2) Para marcas registradas incorrectamente, el propietario de la marca o la parte interesada puede solicitar a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas que revoque la marca registrada dentro de los cinco años a partir de la fecha de registro de la marca. Para los casos registrados de mala fe, el titular de una marca notoriamente conocida no está sujeto al plazo de cinco años.
(3) Para disputas sobre marcas registradas, el propietario de la marca registrada anteriormente puede solicitar a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas un fallo para revocar la marca registrada posteriormente dentro de los cinco años a partir de la fecha de aprobación. del registro de la marca en litigio.
Para una marca que ha sido objetada y adjudicada antes de que se apruebe el registro, no se puede solicitar la revocación de la marca registrada por los mismos hechos y razones.
Después de que la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas emita un fallo para mantener o cancelar una marca registrada, deberá notificar a las partes pertinentes por escrito. Si la parte interesada no está satisfecha con el fallo de la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas, puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. El tribunal popular notificará a la otra parte en el procedimiento de adjudicación de marcas para que participe en el litigio como tercero.