Red de conocimiento del abogados - Cuestiones jurídicas del divorcio - ¿Qué impacto tendrá la reforma de los procedimientos previos al juicio (siempre que se trate del establecimiento de plazos para la producción de pruebas) en el sistema de prueba?

¿Qué impacto tendrá la reforma de los procedimientos previos al juicio (siempre que se trate del establecimiento de plazos para la producción de pruebas) en el sistema de prueba?

Prestar igual atención al castigo de los crímenes y a la protección de los derechos humanos.

Autor: Guo Hengzhong, Xie Qing, Zhang Zhong, Mao Lihua Hora de publicación: 29 de julio de 2004 14:20:12

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Actualmente, The La construcción de procedimientos penales previos al juicio todavía existe a nivel de investigación teórica y no se ha formado ningún sistema teórico sistemático. La forma de establecer procedimientos penales previos al juicio no sólo está relacionada con el establecimiento de los debidos procedimientos legales, sino también con la protección de los derechos legítimos de los sospechosos y litigantes, con la regulación de los poderes del público, los fiscales y los tribunales, y más aún a la revisión en curso de la Ley de Procedimiento Penal y la reforma del sistema judicial.

1. Plantear cuestiones de procedimiento previo al juicio

El procedimiento previo al juicio es un concepto que se basa en el juicio. En los países occidentales, generalmente se refiere a la etapa desde el procesamiento del fiscal hasta el juicio del juez. La mayoría de los académicos creen que el procedimiento previo al juicio de mi país debería ser un concepto amplio, es decir, "procedimiento previo al juicio", que incluya todas las etapas de presentación, investigación, revisión y procesamiento del caso antes de que el Tribunal Popular abra un juicio.

Durante mucho tiempo, el proceso penal en nuestro país ha estado centrado en la sanción y lucha contra la delincuencia. Cuando se revisó la Ley de Procedimiento Penal en 1996, se reforzaron hasta cierto punto las disposiciones sobre protección de los derechos humanos, como el fortalecimiento de la supervisión y la restricción de las actividades de investigación por parte de la fiscalía, la cancelación de la revisión de la detención, la abolición del sistema de inmunidad procesal y la el momento de que los abogados intervengan en un litigio con mucha antelación. Pero, en general, la protección de los derechos de los presuntos delincuentes todavía se basa en el castigo correcto de los delitos. Para cambiar esta situación y mejorar el estatus procesal de los sospechosos de delitos, el objetivo de valor de los procedimientos previos al juicio, es decir, la reforma de los procedimientos penales previos al juicio de mi país debe adherirse al principio de "igual énfasis en castigar los delitos y proteger los derechos humanos".

En segundo lugar, La cuestión de las medidas coercitivas

La reforma de las medidas coercitivas es una parte importante de la actual construcción del procedimiento penal previo al juicio en nuestro país. A juzgar por la legislación actual, los principales problemas que existen en el sistema de medidas coercitivas de mi país son: En primer lugar, la ausencia de control judicial, salvo algunas medidas coercitivas (detenciones) aprobadas por la fiscalía, y la aplicación de un gran número de medidas coercitivas. Las medidas las decide el organismo de investigación. En segundo lugar, el sistema de medidas obligatorias está incompleto. Por ejemplo, la disposición obligatoria de la propiedad y los derechos de privacidad aún no se han incluido en el sistema de medidas obligatorias.

Los académicos creen que garantizar el buen desarrollo de los procesos penales no puede ser el único propósito de las medidas coercitivas, porque la detención puede lograr mejor este propósito. Otro objetivo importante de las medidas coercitivas debería ser fortalecer la protección de los derechos humanos, especialmente cuando los derechos humanos están consagrados en la Constitución. Esto requiere reformas en los siguientes aspectos: primero, principios legales estrictos, legitimar medidas coercitivas, controlar estrictamente la aplicación de la detención, estipular el intervalo entre dos citaciones, cancelar la vigilancia residencial y establecer medidas coercitivas científicas. El segundo es mejorar el sistema de medidas obligatorias y realizar la naturaleza jerárquica de las medidas obligatorias, como incorporar la eliminación obligatoria de objetos y el derecho a la privacidad en el sistema de medidas obligatorias. El tercero es establecer un sistema de detención independiente y realizar excepciones a las medidas de detención. El cuarto es establecer un sistema de fianzas y normalizarlas. El quinto es establecer un mecanismo de revisión judicial e implementar la legalización de medidas obligatorias.

En cuanto a la cuestión de la detención, las manifestaciones más destacadas actuales son la detención prolongada y la detención abusiva. Para resolver esta "enfermedad persistente", no podemos confiar simplemente en el autoexamen y la autocorrección. En particular, debemos referirnos a los estándares internacionales para la prisión preventiva en los procesos penales y adoptar contramedidas: primero, mejorar el sistema de litigio, como mantener la independencia judicial y evitar la interferencia indebida de los comités del partido y los departamentos gubernamentales en casos específicos que separan la investigación de la detención; y separar las detenciones pendientes Transferir el poder de los delincuentes a órganos administrativos judiciales neutrales simplificar o incluso cancelar el sistema de aprobación interna de los órganos judiciales y de seguridad pública; El segundo es implementar un diseño de sistema que se centre en la libertad bajo fianza en espera de juicio y complemente la detención, haciendo de las medidas de detención una excepción y convirtiéndolas en un último recurso para resolver fundamentalmente el problema de la detención prolongada. El tercero es reformar el límite del juicio, separar el período de detención del período de tramitación del caso y limitar estrictamente el período de detención. El cuarto es establecer un mecanismo de juicio procesal para la detención, incluido el establecimiento estricto de un mecanismo de revisión judicial de la detención y un mecanismo de objeción para la detención inadecuada. El quinto es establecer un mecanismo de sanciones procesales para la detención prolongada, incluida la exclusión de confesiones durante la detención prolongada y la investigación de la responsabilidad legal por delitos ilegales.

En tercer lugar, reformar el sistema de investigación

Durante la etapa de investigación, es más probable que los derechos legales de los sospechosos de delitos sean violados debido a su ubicación. La enmienda constitucional aprobada por la Segunda Sesión del Décimo Congreso Nacional del Pueblo incluía "el Estado respeta y protege los derechos humanos", "la propiedad privada de los ciudadanos es inviolable" y "el Estado protege los derechos de propiedad privada y de herencia de los ciudadanos de conformidad con la ley" en la constitución. Por lo tanto, la reforma de los procedimientos de investigación de nuestro país debe reformarse y mejorarse de acuerdo con el espíritu de la Constitución.

Los estudiosos creen que los procedimientos de investigación en nuestro país son más administrativos, por lo que abogan por la introducción de un modelo de litigio. Sobre la reforma de los procedimientos de interrogatorio de sospechosos de delitos. Partiendo del entendimiento de que el procedimiento de interrogatorio de sospechosos de delitos es el "punto débil" de la protección de los derechos humanos, algunos académicos creen que promover la reforma de los procedimientos de investigación e interrogatorio es una opción inevitable y requiere una revisión cuidadosa y una revisión de la naturaleza científica. y viabilidad del sistema legal actual, y revisar activamente los procedimientos que violan la ley de interrogatorios y son disposiciones legales inapropiadas que limitan adecuadamente la efectividad de los interrogatorios de investigación, mejoran la eficiencia de los interrogatorios y maximizan la protección de los derechos humanos y la adquisición de confesiones verdaderas. .

En la reforma de los procedimientos de investigación, los académicos abogan por la introducción de un mecanismo de revisión judicial en los procedimientos de investigación de mi país para lograr el control judicial de las actividades de investigación. Sin embargo, los académicos presentes en la reunión discreparon sobre qué tipo de mecanismo de revisión judicial debería introducirse, pero todos creían que el estado ideal debería ser que los jueces ejercieran el poder de revisión judicial.

Cuarto, el papel de los abogados en la investigación

La discusión sobre la participación de los abogados en los procedimientos de investigación es la parte más importante de este seminario. Aunque la Ley de Procedimiento Penal estipula claramente que los abogados intervienen en las investigaciones, todavía es necesario mejorar algunas cuestiones teóricas en la práctica judicial.

La participación de los abogados en el proceso de investigación debe quedar clarificada y protegida en la legislación. Según la legislación actual, los abogados que participan en procedimientos de investigación tienen la condición de participantes independientes en el litigio, pero aún no son defensores. La mayoría de los académicos creen que los abogados en los procedimientos de investigación deberían definirse como defensores y no como abogados testigos. Algunos estudiosos señalaron además que la defensa en un sentido estricto se limita a la etapa del juicio y que la defensa debe entenderse en un sentido más amplio. Aunque existen diferencias entre los abogados en el juicio y los abogados antes del juicio, en general ambos desempeñan funciones de defensa. Por lo tanto, para implementar las disposiciones de la Ley de Procedimiento Penal relativas a la intervención de los abogados en las diligencias previas al juicio, debemos pasar de la defensa formal a la defensa sustantiva. Algunos estudiosos analizan el derecho de defensa desde una perspectiva antropológica y consideran el derecho de defensa como un derecho humano natural. Se señala claramente que el ejercicio del derecho de defensa es una reacción instintiva humana. La función de defensa en los procedimientos previos al juicio debe fortalecerse mediante la introducción de un mecanismo de revisión judicial para controlar razonablemente los poderes de investigación y fortaleciendo los derechos de defensa de los abogados, a fin de descubrir la verdad y proteger los derechos humanos.

Al hablar del papel de los abogados en los procedimientos previos al juicio, algunos académicos señalaron que en la relación entre el Estado y los individuos, el Estado debe garantizar que los individuos disfruten de ciertos derechos de defensa, y que los individuos tengan el derecho de defenderse. obligación de mantener el orden nacional, pero esta obligación es limitada, es decir, el cumplimiento de las obligaciones personales no afecta la dignidad del individuo. En otras palabras, durante las diligencias previas al juicio, el Estado debe garantizar los derechos e intereses legítimos de todos los ciudadanos, incluidos los sospechosos de haber cometido delitos, cuando persigan delitos.

En quinto lugar, construir una relación científica policía-inspección.

Los estudiosos creen en general que la relación entre los fiscales y la policía en nuestro país debe reformarse para adaptarse a las necesidades de la práctica y lograr un litigio científico y racional. Sin embargo, los delegados estaban divididos sobre cómo reformar la relación entre la policía y los fiscales en China. Algunos representantes creen que la "investigación de orientación fiscal" que se está implementando actualmente en la práctica judicial de China no puede resolver fundamentalmente la relación entre la policía y los fiscales chinos. La salida fundamental para la relación entre policías y fiscales en nuestro país reside en la integración de policías y fiscales, enfatizando el control del ejercicio de la potestad procesal por parte de los órganos de la procuraduría sobre el ejercicio de las facultades de investigación de los órganos de seguridad pública, y la introducción de un mecanismo de revisión judicial. Algunos académicos creen que la dirección reformista de la relación entre fiscales y policía en nuestro país debería ser fortalecer los factores restrictivos en la relación entre fiscales y policía. Algunos representantes se opusieron claramente a la integración de la policía y los fiscales, considerando que problemas como la tortura y las confesiones existentes en los procedimientos previos al juicio actuales son causados ​​por conceptos tradicionales y no por procesos. Por lo tanto, no abogamos por hablar de reformas fácilmente sin identificar el meollo de la cuestión. Algunos académicos creen que la integración de la policía y la inspección es más una relación de trabajo, mientras que el enfoque anterior en la supervisión y la restricción es defectuoso. Por lo tanto, debemos enfatizar la cooperación y fortalecer la cooperación entre la policía y los fiscales.

Algunos académicos señalaron que no importa qué modelo se utilice para construir una relación científica policía-inspección, se debe considerar el mismo objetivo: cómo mejorar la calidad y eficiencia de los procedimientos previos al juicio para servir en juicios posteriores. . Algunas personas también creen que para construir una relación razonable entre la policía y la inspección, debemos centrarnos en los conceptos y principios de los procedimientos penales, ser realistas e innovadores y considerar la introducción de mecanismos de control legal y mecanismos de restricción de responsabilidad basados ​​en las condiciones nacionales.

Sexto, la cuestión de la discreción del fiscal

En cuanto al posicionamiento del poder del Ministerio Público, en vista de la situación real en nuestro país, algunos académicos creen que el Ministerio Público de nuestro país El sistema debería implementar un modelo de procesamiento sobre esta base. La reforma de la revisión previa al juicio también debería adaptarse a esto, seguir la dirección de la reforma de superar el "prejuicio previo al juicio" y realizar juicios sustantivos, y debilitar la participación de los jueces en el proceso. actividades de procesamiento y avanzar hacia un modelo de procesamiento puro.

Algunos estudiosos señalaron que la Ley de Procedimiento Penal de 1996 abolió el sistema de inmunidad procesal y otorgó a la fiscalía el derecho de no procesar.

A juzgar por la situación actual del ejercicio de la discreción de la fiscalía en nuestro país, debido a la influencia de muchos factores, como las restricciones artificiales en la tasa de no procesamiento, en comparación con la aplicación del sistema de inmunidad de procesamiento, la proporción de órganos de la fiscalía que aplican La discrecionalidad para no enjuiciar es obviamente menor, lo que obstaculiza el espíritu de la legislación y la implementación integral de las políticas criminales pertinentes.

En vista de los problemas existentes en el ejercicio de la discreción procesal en la práctica judicial, los académicos han prestado más atención a cómo ejercer y estandarizar efectivamente la discreción procesal. La mayoría de los académicos creen que desde la perspectiva del espíritu de procesamiento barato, desvío de litigios y ahorro de recursos judiciales, es una tendencia natural para mi país ampliar significativamente la discreción procesal en el futuro, es decir, ampliar el alcance de la discreción procesal. Algunos académicos sostienen la opinión contraria, creyendo que algunos fiscales ejercen su discreción de manera inadecuada y abusan de ella, lo que resulta en una aplicación de la ley injusta y conflictos sociales. Por lo tanto, la atención actual debería centrarse en cómo regular y limitar el uso de la discrecionalidad y prevenir su abuso y uso indebido, en lugar de ampliar su alcance.

Fuente: Diario Legal