Cómo entender el artículo 53 de la Ley de Marcas
2) Cuando se produce una infracción, ambas partes pueden negociar cómo manejarla. Si la negociación fracasa, el titular del derecho puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular (normalmente el Tribunal Popular Intermedio donde se encuentra el demandante o el Tribunal Popular Intermedio donde se produjo la infracción o puede solicitar a la Oficina Industrial y Comercial local que investigue y); hacer frente a la infracción.
3) Si el infractor cree que su conducta no es infractora, puede realizar una defensa jurídica ante la demanda del titular de los derechos.
O puede haber sido decidido por el tribunal y tramitado por la Dirección Industrial y Comercial. Si el infractor no está satisfecho, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la sentencia o notificación de disposición.
4) Si el infractor no cumple con el resultado de la compensación, el titular del derecho puede presentar directamente una demanda ante el Tribunal Popular para solicitar la ejecución. (Bienes inmuebles, fondos bancarios, etc. Proponer directamente el derecho de entrega)