Interpretación Judicial del Reglamento sobre Expropiación e Indemnización de Viviendas en Terrenos de Propiedad del Estado
En la actualidad, el país no ha emitido ninguna interpretación judicial de las normas sobre expropiación e indemnización de viviendas en terrenos de propiedad estatal. El "Reglamento sobre expropiación e indemnización de viviendas en terrenos de propiedad estatal" fue adoptado en la 141ª reunión ejecutiva del Consejo de Estado el 19 de enero de 2011, y por la presente se promulga y entrará en vigor en la fecha de promulgación. Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Este reglamento se formula con el fin de regular las actividades de expropiación y compensación de viviendas en terrenos de propiedad estatal, salvaguardar los intereses del público y proteger los derechos e intereses legítimos de los propietarios de viviendas expropiadas. Artículo 2 Para satisfacer las necesidades de interés público, si se expropian las casas de entidades o individuos en terrenos de propiedad estatal, se dará una compensación justa a los propietarios de las casas expropiadas (en lo sucesivo, las personas expropiadas). Artículo 3 La expropiación y compensación de la Cámara seguirán los principios de toma de decisiones democrática, procedimientos adecuados y resultados abiertos. Artículo 4 Los gobiernos populares a nivel municipal y distrital son responsables de la expropiación y compensación de viviendas dentro de sus respectivas regiones administrativas. El departamento de expropiación de viviendas (en adelante denominado departamento de expropiación de viviendas) determinado por el gobierno popular a nivel municipal y de condado organizará e implementará el trabajo de expropiación y compensación de viviendas en su propia región administrativa. Los departamentos pertinentes de los gobiernos populares a nivel municipal y distrital cooperarán entre sí de conformidad con las disposiciones de este reglamento y la división de responsabilidades especificada por los gobiernos populares al mismo nivel para garantizar el buen progreso de los trabajos de expropiación y compensación de viviendas. . Artículo 5 El departamento de expropiación de viviendas podrá encomendar a la unidad de ejecución de expropiación de viviendas la tarea específica de expropiación e indemnización de viviendas. La unidad ejecutora de la expropiación de vivienda no tendrá fines lucrativos. El departamento de expropiación de viviendas es responsable de supervisar las acciones de expropiación y compensación de viviendas realizadas por la unidad de ejecución de expropiación de viviendas dentro del alcance de la encomienda, y asumirá la responsabilidad legal por las consecuencias de sus acciones. Artículo 6 El gobierno popular de nivel superior fortalecerá la supervisión de la expropiación de viviendas y el trabajo de compensación del gobierno popular de nivel inferior. El departamento de vivienda y desarrollo urbano-rural del Consejo de Estado y el departamento de vivienda y desarrollo urbano-rural de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central deben trabajar con las finanzas, tierras y recursos, desarrollo y reforma y otros departamentos pertinentes del mismo nivel para fortalecer la orientación sobre la aplicación de la expropiación de viviendas y la compensación. Artículo 7 Cualquier organización o individuo tiene derecho a denunciar cualquier violación de las disposiciones de este Reglamento al gobierno popular correspondiente, al departamento de expropiación de viviendas y otros departamentos pertinentes. Los gobiernos populares pertinentes, los departamentos de expropiación de viviendas y otros departamentos pertinentes que reciban el informe deberán verificarlo y procesarlo de manera oportuna. Las agencias de supervisión deben fortalecer la supervisión del gobierno y los departamentos o unidades relevantes y su personal involucrado en la expropiación e indemnización de viviendas.