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¿La tasación emitida por el titular de la marca es jurídicamente vinculante?

Según las reglas generales de la vida diaria, los propietarios de marcas tienen derecho a hablar y tienen cierta capacidad para distinguir a quién han autorizado para utilizar las marcas correspondientes, qué características tienen los productores de sus productos y si los productos en cuestión son producidos. por sí mismos.

Por lo tanto, la respuesta de la antigua Administración Estatal de Industria y Comercio sobre si el certificado de identificación del producto emitido por la empresa de producción puede utilizarse como base para manejar el caso (Gongshang Gongzi [1998] No. 254 ) y la Oficina de Marcas de la antigua Administración Estatal de Industria y Comercio Respuesta sobre productos de marcas registradas falsificadas y cuestiones relacionadas con la identificación (Caso de Marcas [2005] Nº 172), la Respuesta de la antigua Oficina de Marcas de la antigua Administración Estatal de Industria y Comercio a la Marca Autorización del propietario para determinar la autenticidad de los productos de marca registrada (Oficina de Marcas [2008] Nº 46) El artículo 10 está condicionado a las "opiniones sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la Ley de Calidad de los Productos del Pueblo" de la antigua Administración Estatal de Calidad y Supervisión Técnica. República de China" (Oficina de Supervisión Técnica y de Calidad [2006] Nº 43+0). El artículo 82 del Reglamento de Implementación de la Ley de Marcas de 2014 aclara además que “en el proceso de investigación y tramitación de casos de infracción de marcas, los departamentos administrativos industriales y comerciales podrán exigir al titular del derecho que identifique si los productos en cuestión son producidos por el titular del derecho o productos bajo licencia. por el titular del derecho.”

Obviamente, cuando el propietario de una marca emite un certificado de tasación o un dictamen de tasación sobre si los productos involucrados en el caso son falsificados e infractores, el alcance de la evidencia debe limitarse a los siguientes asuntos: : primero, si los productos involucrados en el caso son producidos por ellos mismos; segundo, si las marcas comerciales relevantes o las marcas registradas en los productos involucrados en el caso son Si el logotipo se usa con su permiso. Las opiniones emitidas por el titular de la marca sobre estos dos tipos de asuntos tienen como objetivo confirmar si el titular de la marca ha realizado acciones relevantes y las consecuencias de sus acciones. Siempre que pueda probarse más allá de toda duda razonable, tiene efecto de prueba.

Si la marca comercial o el logotipo relevante marcado en los productos involucrados en el caso constituye la misma marca comercial o una marca similar a la marca registrada del propietario de la marca, las autoridades industriales y comerciales tomarán un juicio y una determinación basada sobre la evidencia relevante y la consideración integral de los factores relacionados con el caso. Tales cuestiones no entran dentro del alcance de la prueba legal y válida del certificado de identificación o del dictamen del titular de la marca. La opinión del titular de la marca sobre lo que constituye una marca similar no es una declaración objetiva de los hechos que conoce, sino una presunción subjetiva de hechos relevantes, que no tiene ningún efecto probatorio o tiene un efecto probatorio bajo.