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¿Cómo determinar el contribuyente del impuesto predial que encomienda el inmueble a administrar?

El artículo 2 del "Reglamento provisional sobre el impuesto sobre la propiedad" estipula que el impuesto sobre la propiedad será pagado por el propietario. Si los derechos de propiedad pertenecen a todo el pueblo, el pago será realizado por la unidad gestora. Si se liberan los derechos de propiedad, el acreedor hipotecario deberá pagar. Si el dueño o acreedor hipotecario no se encuentra donde está ubicada la propiedad, o no se han determinado los derechos de propiedad y la disputa sobre el alquiler no se ha resuelto, el custodio o usuario de la propiedad deberá pagar. Se denominan colectivamente contribuyentes (en adelante, contribuyentes) a los propietarios de inmuebles, unidades gestoras de empresas, acreedores hipotecarios, custodios o usuarios de inmuebles enumerados en el párrafo anterior.

Según la normativa anterior, los impuestos prediales los paga el propietario. Si el dueño del inmueble no está ubicado donde se encuentra el inmueble, el custodio o usuario del inmueble deberá pagar el impuesto predial. Si su empresa está ubicada en bienes raíces, tiene la obligación de pagar impuestos prediales independientemente de lo pactado en el contrato de custodia, si su empresa, como dueña del inmueble, no está ubicada donde se encuentra el inmueble, puede estipularlo en el contrato; acuerdo de custodia en el que el custodio de la propiedad pagará los impuestos sobre la propiedad.