¿Cuáles son las dos experiencias más profundas en el estudio del derecho procesal penal?
Mis pensamientos sobre estudiar "Derecho Penal" A través del estudio de cursos legales, aprendí algunos conocimientos básicos de la ley, que sentaron las bases para mi vida y trabajo futuros. Podemos utilizar lo que aprendemos sobre la ley para proteger nuestros propios derechos y los derechos de los demás. El derecho es una disciplina científica. La llamada ciencia es el conocimiento sobre el mundo objetivo. Este conocimiento es el conocimiento sistemático, la ciencia que estudia las leyes y los fenómenos de la vida humana, como la política, la economía, el derecho, etc. El derecho es social, normativo, conceptual, intencional, justo y práctico: 1. El derecho social es ante todo una regla social. Por ejemplo, el derecho penal es el estudio de la criminología y el derecho civil es el estudio de las relaciones entre las personas. la relación entre propiedad y personas. Como ciencia social, el derecho tiene una naturaleza social. Se diferencia de las ciencias naturales en los siguientes aspectos: 1. No se puede medir, probar ni experimentar, mientras que las ciencias naturales se pueden medir, probar y experimentar. Aunque decimos que la práctica es el único criterio para probar la verdad, la práctica no es igual a la experimentación. La práctica es la práctica de toda la sociedad humana en lugar de los experimentos. Por ejemplo, la nueva teoría de la población de Ma Yinchu. La teoría de la población es una especie de verdad. Otro ejemplo es la economía planificada de propiedad pública única. Después de más de 100 años, finalmente se demostró que la economía de propiedad pública única no es viable. 2. El investigador y el objeto de la investigación son inseparables. El nivel educativo, los antecedentes vitales, etc. del investigador son inseparables del objeto de la investigación. En las ciencias naturales, como la química, la física, la biología, etc., los objetos de investigación se ven menos afectados por los factores subjetivos de los investigadores, mientras que los resultados de la investigación jurídica se ven más afectados por los factores subjetivos de los investigadores. Como muchos puntos de vista, las interpretaciones de diferentes disciplinas son válidas y diferentes académicos tienen diferentes puntos de vista sobre el mismo tema. Creo que deberías pensar de forma independiente y emitir juicios independientes. Eso significa no dejarse influenciar por los demás, hay que pensar por uno mismo y emitir sus propios juicios. Cuando se habla de juicio independiente, hay un punto muy importante: el estándar de juicio. Por ejemplo, la justicia, la integridad, etc. son todas experiencias de la vida. Es decir, ¿qué debemos hacer cuando diferentes opiniones jurídicas son razonables? Además de utilizar principios básicos, es más importante utilizar la experiencia de la vida social como criterio de juicio. Por tanto, la experiencia de la vida social puede utilizarse como criterio para juzgar lo correcto y lo incorrecto, lo correcto y lo incorrecto en los fenómenos teóricos jurídicos. Sólo las teorías que sean consistentes con la experiencia de la vida social pueden ser correctas. 2. Normatividad Dado que el derecho es la norma de comportamiento en la vida social, el derecho también tiene normatividad, que es la característica que lo distingue de otras disciplinas. Por ejemplo, la economía habla de eficiencia y maximización de beneficios, mientras que los juristas hablan de legalidad, ilegalidad e irregularidades. Debido al carácter normativo de la ley, cada disposición legal puede desglosarse en sus elementos constitutivos, ámbito de aplicación y efectos jurídicos. Mientras dominemos sus elementos constitutivos, ámbito de aplicación y efectos jurídicos, también dominaremos esta disposición legal. La ciencia jurídica pone especial énfasis en la normatividad, la lógica y la sistematización. La normatividad es lo que llamamos operatividad. Si vamos a formular un código civil, ¿se formulará de manera laxa? ¿O debería hacerse normativo y lógico? El profesor Jiang Ping dijo que se debe formular un sistema de código civil abierto. ¿Cómo abrir el Código Civil? Creo que debe ser lógico y normativo. 3. Conceptualidad La naturaleza conceptual del derecho proviene de normas jurídicas. Por ejemplo, fraude, fraude y comportamiento son dos conceptos respectivamente, y el fraude es un concepto nuevo; otro ejemplo es compensación por daños, compensación por daños directos y compensación por lesiones personales. Son tres conceptos diferentes. Solo dominando los conceptos podemos entenderlos. ley bien. La teoría jurídica es un sistema conceptual. Una vez que dominemos el sistema conceptual, podremos establecer un conjunto de pensamiento jurídico y calificarnos como persona jurídica. Por lo tanto, nuestro método de aprendizaje es comenzar con los conceptos. Debemos dominar los conceptos y comprenderlos. Recuerde no memorizarlos primero y luego comprenderlos. Como el fraude, primero debemos comprender qué es el fraude antes de poder comprenderlo mejor. Este método se denomina interpretación literal en interpretación jurídica. La interpretación literaria significa que toda disposición legal está compuesta de lenguaje y caracteres, por lo que el lenguaje y los caracteres deben aclararse antes de que podamos captar el significado del concepto. Al mismo tiempo, el lenguaje y los caracteres tienen múltiples significados y ambigüedades. Por ejemplo, el término "producto" en la ley es incompatible con el término "producto" en la vida social. Así que no podemos entenderlo literalmente, debería haber muchas otras maneras de entenderlo. Una disposición legal puede tener múltiples interpretaciones, por lo que los abogados son de gran utilidad en la vida real. 4. Objeto El derecho es una regla de conducta, formulada por personas.
En nuestro país, los representantes del pueblo formulan diversas leyes en nombre del pueblo. Dado que fue formulado por humanos, debe tener un propósito. Por supuesto, la jurisprudencia también tiene un propósito, que ha sido ignorado en la historia, especialmente la jurisprudencia conceptual alemana, que prestó demasiada atención a las cuestiones conceptuales e ignoró el propósito. Hasta que el famoso erudito alemán Yelin, que originalmente era un erudito de la facultad de derecho conceptual, se dio cuenta gradualmente de que la facultad de derecho conceptual tenía las desventajas de la rigidez en su mediana edad, por lo que escribió un libro. En este libro, señaló que cada ley tiene un propósito específico. Si queremos comprender, dominar y aplicar una ley, primero debemos comprender su propósito, no solo debemos comprender su constituyente. También hay que pensar en los elementos, el ámbito de aplicación, las consecuencias jurídicas y el propósito de este sistema jurídico y de las normas jurídicas, para que podamos dominarlos verdaderamente. Si sólo hablamos de conceptos, se convertirá en jurisprudencia "conceptual". Yelin dijo que la jurisprudencia que sólo habla de "conceptos" se convertirá en un juego conceptual. Dijo que el propósito del derecho es como la Estrella Polar en el cielo. El propósito de la ley es como la Estrella Polar en el cielo: nos guía para aprender, dominar y aplicar la ley. Para cada sistema y regla jurídica, partimos del propósito, que constituye un nuevo método de investigación jurídica en el derecho actual: el método de interpretación del propósito, es decir, al interpretar y aplicar cada sistema y regla, debemos seguir de cerca el propósito. Hay dos interpretaciones del propósito legislativo, sólo la interpretación que sigue de cerca el propósito legislativo es correcta. 5. Justicia La justicia jurídica proviene de la justicia jurídica. Las normas jurídicas se pueden distinguir de las normas técnicas por su justicia. Al mismo tiempo, las leyes se pueden dividir en leyes buenas y malas. Nuestra evaluación de si la ley es buena, mala, avanzada o atrasada se basa en la justicia de la ley. Al mismo tiempo, todavía existen cuestiones de justicia formal y justicia sustantiva. Hoy en día, muchas personas prestan demasiada atención a la justicia formal e ignoran la justicia sustantiva. Sin embargo, la justicia formal es sólo un medio para obtener justicia sustantiva. Sólo cuando no se puede obtener la justicia sustantiva, pueden conformarse con la justicia procesal. La justicia sustantiva es el fin y la justicia procesal es el medio. Una vez que ponemos demasiado énfasis en la justicia formal, nos desviamos de la justicia de la ley. Los abogados, como los jueces y los abogados, son diferentes de otras personas de la sociedad. Deben salvaguardar la justicia social y son los defensores de la justicia social. Por tanto, el derecho no debe confundirse con otras profesiones. ¡No podemos medirlo con dinero, porque cuando elegimos la ley, elegimos la justicia! 6. Practicidad Estudiamos derecho para utilizarlo para resolver problemas, por lo que no podemos simplemente estudiar a puerta cerrada. También debemos prestar atención a los casos de la vida social, discutir casos reales e hipotéticos y discutir cómo deberían ser. juzgado. Cuando estamos en casa, los vecinos pueden traernos algunos casos y preguntarnos cómo responderlos. Por eso, en nuestro estudio diario, debemos prestar atención a la practicidad de la ley y ejercitar constantemente nuestras habilidades prácticas. es la rendición? ¿Cómo se puede abordar esto con indulgencia? A través del estudio del conocimiento del derecho penal, aprendí que: Según el primer párrafo de la Ley Penal, quien se entrega voluntariamente a la policía después de cometer un delito y confiesa sinceramente sus delitos se está entregando. La entrega voluntaria se refiere a la entrega voluntaria y directa al órgano de seguridad pública, a la Fiscalía Popular o al Tribunal Popular cuando los hechos delictivos o el presunto delincuente no han sido descubiertos por las autoridades judiciales, o incluso aunque el presunto delincuente haya sido descubierto, el delincuente El sospechoso no ha sido interrogado y no se han adoptado medidas obligatorias. El sospechoso de un delito se entrega a su unidad, a organizaciones de base urbanas y rurales u otro personal responsable pertinente, encomienda a otros que se entreguen primero por enfermedad, lesión o para reducir las consecuencias del delito, o se entrega primero por carta o telecomunicaciones; ; el crimen aún no ha sido llevado ante la justicia cuando las autoridades descubren que, solo por un comportamiento sospechoso, son interrogados y educados por organizaciones u órganos judiciales pertinentes, y luego confiesan voluntariamente sus delitos cuando se escapan después de cometer un delito, y mientras sea buscado o perseguido, se entregue voluntariamente cuando se verifique que efectivamente está dispuesto a entregarse, o Se considerará que se entrega voluntariamente quien sea sorprendido por los órganos de seguridad pública; Si el sospechoso de un delito se entrega no por iniciativa propia sino con el consejo y acompañamiento de sus familiares y amigos si el órgano de seguridad pública notifica a los familiares y amigos del sospechoso de un delito, o si los familiares y amigos toman la iniciativa de denunciar el delito y luego; enviar al sospechoso de un delito a entregarse, también se considerará entrega voluntaria. Si un sospechoso de un delito se entrega voluntariamente y luego escapa, no se puede considerar que se haya entregado. Confesar sinceramente el delito significa que el sospechoso de un delito explica con sinceridad los hechos principales de su delito después de entregarse voluntariamente al delito. Si un sospechoso de haber cometido varios delitos confiesa verazmente sólo una parte del delito cometido, se considerará entregado si sólo confiesa verazmente una parte del delito. Un sospechoso criminal en un caso de un coacusado no sólo debe confesar sinceramente el crimen, sino también confesar a los coacusados que conoce. El criminal principal debe confesar los hechos del coacusado que conoce sobre los otros coacusados antes. se puede considerar que se ha rendido.
Si un sospechoso de un delito se entrega voluntariamente y confiesa sinceramente su delito y luego se retracta de su confesión, no se puede considerar que se entregue. Sin embargo, si un sospechoso de un delito puede confesar sinceramente su delito antes de la sentencia de primera instancia, se considerará que se entrega. Según el artículo 67 de la Ley Penal, los presuntos delincuentes, imputados y condenados que hayan sido objeto de medidas coercitivas y que confiesen verazmente delitos que aún no hayan sido comprendidos por las autoridades judiciales, o delitos distintos de los que las autoridades judiciales hayan cometido. han captado o han sido condenados, se entregarán al argumento. Los delincuentes que se rinden pueden recibir un castigo más leve o reducido; aquellos que cometen delitos relativamente menores pueden quedar exentos de castigo. La determinación específica de una pena indulgente, reducida o exenta debe basarse en la gravedad del delito y las circunstancias específicas de la entrega. Si un delincuente sospechoso, acusado o condenado que ha sido sometido a medidas coercitivas confiesa verazmente un delito que aún no ha sido comprendido por las autoridades judiciales, y es el mismo tipo de delito que un delito que ha sido comprendido por las autoridades judiciales. autoridades o ha sido determinado por sentencia, se le puede imponer una pena más leve, según corresponda, si confiesa sinceramente. Quienes cometan el mismo tipo de delito generalmente deberían recibir una pena más leve; De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 68 del Código Penal, si un delincuente denuncia o expone el delito de otra persona después de llegar al caso, incluido un delincuente en un caso de comisión del mismo delito que expone al coacusado por otros delitos distintos del mismo delito, aquellos que se verifican como verdaderos proporcionan pistas importantes para detectar otros casos y se verifica que son verdaderos para evitar que otros realicen actividades delictivas; ayudar a los órganos judiciales a arrestar a otros sospechosos de delitos y tener otras actuaciones destacadas; que sean beneficiosas para el país y la sociedad, se considerarán que han realizado servicios meritorios. Si un delincuente en un caso de comisión de un delito de la misma naturaleza revela los hechos del delito cometido por el cómplice después de su llegada al caso, se le podrá imponer una pena más leve, según corresponda. Según el primer párrafo del artículo 68 del Código Penal, los delincuentes que denuncien o expongan actos delictivos importantes de otros se considerarán verdaderos tras la verificación y proporcionarán pistas para detectar casos importantes, y se considerarán verdaderos para prevenir delitos graves; actividades de otros; y ayudar a las autoridades judiciales a arrestar a otros otros sospechosos importantes que hayan hecho otras contribuciones importantes al país y a la sociedad se considerará que han realizado servicios meritorios importantes. Gracias a mi comprensión de la ley y al estudio diario, comprendo mejor la importancia de la ley. No importa a dónde vaya, no puedo prescindir de la ley. La ley es igual para todos, existe en todas partes y existe en todo momento. Cada uno de nosotros debe conocer la ley, comprenderla y utilizarla.