La subordinación de patentes es una restricción adicional a los derechos exclusivos, por lo que mi método excede las restricciones de la subordinación, pero ¿no infringe si cae dentro de los derechos exclusivos?
Porque el reclamo de la otra parte adopta generalización = calentamiento:
1. Entonces 200 grados caen en la generalización superior de calentamiento = infringe.
2. Pero si puedes demostrar que 200 grados es conocimiento común o tecnología existente, puedes invalidar la patente de la otra parte y no infringirás la patente.
3. Además, si 200 grados no pertenece a la tecnología existente, puede solicitar una patente separada, porque el alcance de la protección debe entenderse en combinación con las instrucciones = 80-150 grados. . En este caso, la otra parte utilizó 200 grados para cometer la infracción.
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