¿A qué campo técnico pertenece el comercio electrónico en las solicitudes de patentes?
El párrafo 1 del artículo 665438 de la Ley de Patentes estipula que “si una disputa por infracción de patente involucra una patente de invención para un nuevo método de fabricación de un producto, la unidad o individuo que fabrique el mismo producto deberá proporcionar prueba de que su fabricación El método es diferente del método patentado”. Por lo tanto, siempre que el producto obtenido por la patente de método sea un producto nuevo y se pueda probar que el producto producido por el demandado es el mismo producto que el producto obtenido por la patente de método, el demandado tendrá la carga de probar que el método utilizado es diferente del método patentado, de lo contrario correrá el riesgo de perder el caso. Esta cláusula parece reducir la carga de la prueba para los titulares de patentes de comercio electrónico, pero en realidad les resulta útil hacer valer sus derechos de patente. Sin embargo, debido a las características digitales y de red de la tecnología del comercio electrónico, hay muchas cuestiones jurídicas que deben resolverse en la aplicación de la inversión de la carga de la prueba.