¿En qué circunstancias los órganos de seguridad pública generalmente no permiten que los abogados se reúnan con los clientes?
¿Según el artículo 49 del “Reglamento Procesal para la Tramitación de Causas Penales por los Órganos de Seguridad Pública”?
Para los casos penales que pongan en peligro la seguridad nacional y actividades terroristas, el departamento de manejo de casos notificará al centro de detención por escrito cuando envíe al sospechoso criminal al centro de detención para su custodia cuando los sospechosos criminales bajo vigilancia residencial sean entregados; ejecución, deberán notificarlo por escrito al centro de detención.
Durante el proceso de investigación, el abogado defensor deberá solicitar reunirse con el sospechoso de delito que se encuentre detenido o bajo vigilancia domiciliaria según lo establecido en el párrafo anterior.
La solicitud de reunión con un abogado defensor se informará a la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel del condado o superior para su aprobación dentro de las 48 horas posteriores a la recepción de la solicitud, y se emitirá una decisión de aprobación o se procederá a la desaprobación. Excepto en los casos en que se obstaculice la investigación o se puedan filtrar secretos de Estado, se tomará una decisión sobre la concesión de licencia.
¿Según el artículo 50 del “Reglamento Procesal para la Tramitación de Causas Penales por los Órganos de Seguridad Pública”?
Si el abogado defensor solicita reunirse con el sospechoso de un delito bajo custodia, el centro de detención hará arreglos para que el abogado se reúna con el sospechoso de un delito dentro de las 48 horas posteriores a la verificación del certificado de ejercicio del abogado, la certificación del bufete de abogados y el poder. de abogado o carta de asistencia jurídica, y notificar al departamento de manejo del caso al mismo tiempo.
Datos ampliados:
Con el fin de garantizar la implementación de la “Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China”, garantizar que los órganos de seguridad pública ejerzan correctamente sus competencias en los procesos penales. , estandarizar los procedimientos de tramitación de casos, garantizar la calidad de la tramitación de casos y mejorar Para mejorar la eficiencia de la tramitación de casos, se han formulado especialmente los "Procedimientos para la tramitación de casos penales por los órganos de seguridad pública". El Ministerio de Seguridad Pública lo emitió el 13 de diciembre de 2012 y entró en vigor en enero de 2013.
Artículo 42: Los sospechosos de delitos podrán contratar sus propios abogados defensores. Si un sospechoso de un delito está detenido, su tutor o un pariente cercano también puede confiarle a un abogado que lo defienda en su nombre.
La solicitud de un abogado defensor por parte de un sospechoso de un delito puede realizarse por escrito o verbalmente. Si la denuncia se hace oralmente, el órgano de seguridad pública hará una transcripción, la cual será firmada y se le tomarán las huellas digitales al sospechoso del delito.
Artículo 43: Si un sospechoso de un delito detenido solicita al centro de detención que le confíe un abogado defensor, el centro de detención transmitirá de inmediato la solicitud al departamento de manejo de casos, y el departamento de manejo de casos transmitirá de inmediato la solicitud al abogado defensor o despacho de abogados encargado por el sospechoso del delito.
Si un sospechoso de un delito detenido solo solicita nombrar un abogado defensor y no puede mencionar el objetivo específico, el departamento de manejo del caso notificará de inmediato al tutor del sospechoso de un delito y a sus familiares cercanos para que nombren un abogado defensor en su nombre. Si un sospechoso de un delito no tiene tutor ni parientes cercanos, el departamento de manejo de casos notificará de inmediato al colegio de abogados local o a la agencia administrativa judicial para que recomiende un abogado defensor.
Artículo 44: Si un presunto delincuente en cualquiera de las siguientes circunstancias no contrata un defensor, el órgano de seguridad pública deberá notificar prontamente a la agencia de asistencia jurídica para que designe un abogado defensor del presunto delincuente:
( 1) El sospechoso criminal es ciego, sordo, mudo o un paciente mental que no ha perdido por completo la capacidad de reconocer o controlar su propio comportamiento;
(2) El sospechoso criminal puede ser condenado a cadena perpetua o a muerte.
Artículo 45: Después de recibir una solicitud de asistencia jurídica de un sospechoso de delito detenido, el órgano de seguridad pública transferirá la solicitud a la agencia local de asistencia jurídica dentro de las 24 horas y notificará al tutor del solicitante, a sus familiares cercanos u otras personas. Otro personal encargado ayudará a proporcionar los documentos, certificados y otros materiales pertinentes.
Si se desconoce la dirección del tutor, pariente cercano u otra persona confiada por él o ella del sospechoso de un delito y no se puede notificar, se notificará a la agencia de asistencia jurídica junto con la solicitud.
Si un sospechoso de delito rechaza al abogado designado por la agencia de asistencia jurídica para que actúe como defensor o designa un defensor por su cuenta, el órgano de seguridad pública deberá notificar a la agencia de asistencia jurídica dentro de los tres días.
Artículo 46: Después de aceptar la encomienda de un presunto delincuente o la asignación de una agencia de asistencia jurídica, el abogado defensor deberá notificarlo sin demora al órgano de seguridad pública y presentar el certificado de ejercicio del abogado, la certificación de despacho de abogados y el poder de Carta oficial de abogado o asistencia jurídica.
Artículo 47: Cuando el abogado defensor indague sobre la situación del caso ante el órgano de seguridad pública, el órgano de seguridad pública informará los cargos formulados contra el presunto delincuente y los principales hechos delictivos que en ese momento se hayan constatado, las acciones del sospechoso y las circunstancias del caso, notificar al abogado defensor encargado o designado las circunstancias relevantes del caso, tales como cambios o levantamiento de las medidas obligatorias, extensión del período de investigación y detención, y registrarlas.
Artículo 48: Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los presuntos delincuentes que se encuentren detenidos o bajo vigilancia domiciliaria.
Artículo 49: En los casos de delitos que pongan en peligro la seguridad nacional y actividades terroristas, el departamento de manejo del caso notificará al centro de detención por escrito cuando el sospechoso de un delito sea enviado al centro de detención para su custodia; Se entrega la vigilancia residencial para su ejecución, deberá notificarlo por escrito a la agencia de aplicación de la ley.
Durante el proceso de investigación, el abogado defensor deberá solicitar reunirse con el sospechoso de delito que se encuentre detenido o bajo vigilancia domiciliaria según lo establecido en el párrafo anterior.
La solicitud de reunión con un abogado defensor se informará a la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel del condado o superior para su aprobación dentro de las 48 horas posteriores a la recepción de la solicitud, y se emitirá una decisión de aprobación o se procederá a la desaprobación. Excepto en los casos en que se obstaculice la investigación o se puedan filtrar secretos de Estado, se tomará una decisión sobre la concesión de licencia.
Si el órgano de seguridad pública no permite la entrevista, lo notificará por escrito al abogado defensor y explicará los motivos. Una vez desaparecidas las circunstancias que obstaculizan la investigación o potencialmente filtran secretos de Estado, los órganos de seguridad pública permitirán la entrevista.
Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, cae dentro de la "obstrucción de la investigación" estipulada en este artículo:
(1) Puede destruir o falsificar pruebas, interferir con el testimonio de los testigos. o confabularse con confesiones;
(2) Puede hacer que el sospechoso de un delito se lastime, se suicide o escape;
(3) Puede hacer que el coacusado evada u obstaculice la acción; investigación;
(4) Sospechoso delictivo Familiares involucrados en el delito.
Artículo 50: Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito detenido, el centro de detención, después de examinar el certificado de ejercicio del abogado del sospechoso, la certificación del bufete de abogados y el poder o carta de asistencia jurídica, dentro de las 48 horas siguientes, concertará una reunión con un abogado con el sospechoso de un delito y notificará al mismo tiempo al departamento de tramitación del caso.
Durante el proceso de investigación, cuando los abogados defensores se reúnen con sospechosos de delitos que están detenidos o bajo vigilancia residencial en casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, actividades terroristas o delitos de soborno particularmente graves, el centro de detención o las autoridades de vigilancia residencial La agencia también deberá realizar inspecciones e investigaciones en el documento de decisión de concesión de licencia de la agencia.
Enciclopedia Baidu - Procedimientos para que los órganos de seguridad pública manejen casos penales