¿Puede el presidente del comité de propietarios participar en la gestión de la propiedad?
El comité de propietarios es el órgano ejecutivo de la asamblea de propietarios y cumple las siguientes funciones:
(1) Convocar reuniones de la junta de propietarios e informe sobre el estado de implementación de la gestión de la propiedad;
(2) firmar un contrato de servicios inmobiliarios con la empresa de administración de propiedades seleccionada por la junta de propietarios en nombre de los propietarios;
(3) Comprender oportunamente las opiniones y opiniones de los propietarios y usuarios de la propiedad. Sugerir, supervisar y ayudar a las empresas de administración de propiedades en la ejecución de los contratos de servicios de propiedad;
(4) Supervisar la implementación de los propietarios. ' pacto;
(5) Otras responsabilidades que le asigne la asamblea de propietarios.
El director del comité de administración de propiedades es una de las personas que supervisa y asiste principalmente a las empresas administradoras de propiedades en la ejecución de los contratos de servicios inmobiliarios. Si participa en la administración de la propiedad, se convertirá en un interés creado, lo que inevitablemente conducirá al incumplimiento del deber y a la pérdida de justicia para los intereses del propietario, por lo que no podrá participar en la administración de la propiedad.